Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/04/2023 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 65
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Art. 11º Regira en el proceso electoral, la Ordenanza Nº 657/98, y Ordenanza Nro. 1591/2015 y como legislación supletoria lo dispuesto por el artículo 219 de la Ley 8102 modificada por Ley 10.407.
Art. 12 º Refrenda el presente Decreto la Secretaría de Economía y Administración Municipal.

Art. 13º COMUNÍQUESE, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba, a la Junta Electoral Municipal de Luque, al Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba, publíquese, hágase saber, dese al Registro Municipal y archívese.
Luque, Departamento Ejecutivo Municipal, 03 de Abril de 2023.
1 día - Nº 445962 - s/c - 05/04/2023 - BOE

MUNICIPALIDAD

BALLESTEROS SUD

DECRETO N 13/2023
VISTO: Que el día 02 de mayo de 2023 vence el plazo de oficialización de boletas para la elección de autoridades municipales en la localidad de Ballesteros Sud Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto N 10/2023 de fecha 13 de marzo de 2023 que hace expresa la convocatoria a elecciones Municipales para el día domingo 11
de junio del corriente año no refiere el tipo de Boleta con el que emitirá el sufragio cada uno de los electores.
POR TODO ELLO
LA INTENDENTE MUNICIPAL
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES
DECRETA
Art. 1 La boleta de sufragio que se utilizará en las elecciones municipales de fecha 11 de junio de 2023 será la BOLETA SABANA.

Art. 2 CONFECCIÓN DE BOLETA

ILas boletas deberán tener idénticas dimensiones para todas las agrupaciones y ser de papel común blanco de 80 ochenta gramos como mínimo y 100 cien como máximo. Impresas en colores. Serán de 12 por 19 12
x 19 centímetros para cada categoría de candidatos. Las boletas contendrán tantas secciones como categorías de candidatos comprenda la elección, las que irán separadas entre sí por medio de líneas negras que
MUNICIPALIDAD

posibiliten el doblez de papel y la separación inmediata por parte del elector o de los funcionarios encargados del escrutinio.
Para una más notoria diferenciación, se podrán utilizar distintas tipografías en cada sección de la boleta que distinga los candidatos a votar.
IIEn las boletas se incluirán la nómina de candidatos y designación de la agrupación política. La categoría de campos se imprimirá en letras destacadas y de cinco milímetros 5 mm como mínimo. Se admitirá la sigla, monograma o logotipo, escudo, símbolo o emblema, fotografía y número de identificación de la agrupación política.
IIICada agrupación política participante de la elección municipal del 11
de junio de 2023 arbitrará los recursos económicos y materiales para la confección de la boleta.
IVLos ejemplares de Boletas a oficializar se entregarán ante la Junta Electoral Municipal el día 02 de mayo de 2023. Aprobados los modelos presentados, la agrupación política depositará dos 2 ejemplares por mesa electoral. Las boletas oficializadas que se envíen a los presidentes de mesa serán autenticadas por la Junta Electoral Municipal con la siguiente leyenda Oficializada por la Junta Electoral Municipal para la elección del día 11 de junio de 2023 y rubricada con la firma de las/os integrantes de las mismas.
Art. 3 Comuníquese a la Junta Electoral Municipal, Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y archívese.
Ballesteros Sud, 04 de abril de 2023
3 días - Nº 446185 - s/c - 11/04/2023 - BOE

MORRISON

DECRETO N 18/2023
VISTO: Que el día 02 de mayo de 2023 vence el plazo de oficialización de boletas para la elección de autoridades municipales en la localidad de Morrison.

EL INTENDENTE MUNICIPAL
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES
DECRETA

Art. 1 La boleta de sufragio que se utilizará en las elecciones munici-

pales de fecha 11 de junio de 2023 será la BOLETA SABANA.
Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto N 07/2023 de fecha 13 de marzo de 2023 que hace expresa la convocatoria a elecciones Municipales para el día domingo 11
de junio del corriente año no refiere el tipo de Boleta con el que emitirá el sufragio cada uno de los electores.
POR TODO ELLO:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Art. 2 CONFECCIÓN DE BOLETA

ILas boletas deberán tener idénticas dimensiones para todas las agrupaciones y ser de papel común blanco de 80 ochenta gramos como mínimo y 100 cien como máximo. Impresas en colores. Serán de 12 por 19 12

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/04/2023 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date05/04/2023

Page count17

Edition count1462

Première édition31/07/2018

Dernière édition11/07/2024

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