Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 122
CORDOBA, R.A. VIERNES 18 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD DE

VILLA DEL ROSARIO

ORDENANZA 1578-A-2021

VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN

FUNDAMENTOS
La Municipalidad de Villa del Rosario con fecha 12/03/1971 celebró un Boleto de Venta por el cual vendió, cedió y transfirió al Señor Aristóbulo Mercedes Ortiz, D.N.I Nº 6.379.683 y a su Señora esposa Selsa Rincón, D.N.I. Nº 710.428, un lote de terreno propiedad de esta Municipalidad de Villa del Rosario, ubicado en la intersección de calle Santa Fe y Pasaje Fátima actual Pasaje Guamacha, en la Manzana Nº 54 B, lote designado como C: 01, S: 03, M. 25 Parc. 012, que consta de 6,10 mts. de frente por 29,50 mts. de fondo, haciendo una Superficie total 179,95 m2.
Que mediante Ordenanza 665-A-02, de fecha 06/08/2002, promulgada mediante Decreto Nº 092/2002 de fecha 09/08/2002, se autorizó al D.E.M.
a donar a cada uno de los tenedores de los lotes que no poseían dominio pertenecientes a la Manzana C:01; S:03; M: 25 Manzana Oficial Nº 54 B
el lote ocupado en tenencia por cada uno de ellos, o por sus sucesores que también ocupen el inmueble, dentro de los cuales el señor Ortiz, Aristóbulo Mercedes era uno de los beneficiarios. Que tras el fallecimiento del señor Ortiz, hecho acontecido el 01/10/2008, la Señora Selsa Rincón inició la Declaratoria de Herederos de su esposo ante el Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia 2 Nominación Ex Sec. 2 de la Ciudad de Río Segundo, el cual mediante Auto Número 401 de fecha 06/11/202, en autos caratulados ORTIZ, ARISTÓBULO MERCEDES-DECLARATORIA DE HEREDEROS, Expte. Nº 8928875, declara única y universal heredera del Aristóbulo Mercedes Ortiz a la señora Rincón reconociéndole la posesión de la herencia que ya tiene por el solo ministerio de la ley o lo que resulte equivalente, calidad que inviste desde el día de la muerte del causante sin ninguna formalidad o intervención judicial, conforme a lo prescripto por el Art. 2337 del C.C.C.N. Que en razón de lo expuesto corresponde proceder a autorizar al Departamento Ejecutivo a proceder a escriturar dicho inmueble a nombre de la única heredera, esto es a la señora Selsa Rincón, D.N.I. Nº 710.428. Por ello y lo dispuesto por el artículo 30 inciso 20 de la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba, 8102;
POR TODO ELLO

Ciudad de Villa del Rosario, 15 de junio de 2021.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
VILLA DEL ROSARIO
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA

1 día - Nº 319101 - s/c - 18/06/2021 - BOE

ORDENANZA 1579-A-2021
VISTO: La adhesión de nuestra Municipalidad al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS
GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA creado por la unidad de trabajo Provincia-Municipio en el Marco del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba, mediante Ordenanza Nº 759-A-2004, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra Ciudad el día 21 de diciembre de 2004.Y CONSIDERANDO:
Que la unidad de trabajo Provincia-Municipio ha dispuesto designar a la Municipalidad de Villa del Rosario el importe de Pesos Dos Millones Doscientos Cincuenta Mil $ 2.250.000 para el otorgamiento de un crédito, en el marco de la cuadragésima, cuadragésima primera y cuadragésima segunda etapa del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA.POR TODO ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
VILLA DEL ROSARIO
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en el marco de la cuadragésima, cuadragésima primera y cuadragésima segunda etapa, gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA
LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, un préstamo de hasta Pesos Dos Millones Doscientos Cincuenta Mil $ 2.250.000, con destino al pago de aguinaldo de Junio del año 2021.-

Artículo 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a realizar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio del inmueble ubicado en Pasaje Guamacha Nº 1202, Mz. Of. 54 B, lote designado como C: 01, S: 03, M: 25, P: 012, que consta de 6,10 mts. de frente por 29,50 mts. de fondo, haciendo una Superficie total 179,95 m2, a la señora
Artículo 2º.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago del crédito que obtenga en ejercicio de la facultad que se le confiere por el artículo anterior, ceda, al Fondo que le otorgue el préstamo, la garantía de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales conforme a la Ley 8663, o la que en el futuro la sustituya o modifique, hasta la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos $ 62.500,00.- mensuales, durante el término máximo de Selsa Rincón, DNI Nº 710.428.-

treinta y seis 36 meses.-

Artículo 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-

Artículo 3º.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, notifique formalmente a la Provincia de la cesión que efectúe en ejercicio de la facultad que se le confiere por el artículo anterior, anoticiándola de que, en mérito de la cesión, deberá mensualmente pagar la suma cedida directamente al cesionario.-

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la ciudad de Villa del Rosario, a los quince días del mes de junio de dos mil veintiuno.
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Acerca de esta edición

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PaysArgentine

Date18/06/2021

Page count9

Edition count1469

Première édition31/07/2018

Dernière édition24/07/2024

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