Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2018 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO

AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 154
CORDOBA, R.A. JUEVES 16 DE AGOSTO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Córdoba, 3 de agosto del 2018. VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 7006677, en los autos caratulados DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
C/ ALBERTO PAPINI SA - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL
ADMINISTRATIVA - han resultado todo infructuosas. Y CONSIDERANDO:

ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 1574/08 y Res. De la S.I.P.
15/16. LA DIRECCION DE JURISDICCIÓN DE GESTIÓN DE DEUDA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS RESUELVE: ARTÍCULO
1º.-NOTIFICAR al contribuyente del Impuesto que administra este organismo, personas física o jurídicas, o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INGRESOS BRUTOS Y AUTOMOTOR, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 9042326367;
JKW249, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 200010102018, por la suma de pesos TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS $369.994,77
por los períodos 2017/20-30 JKW249; 2017/03-04 9042326367 para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO2º.-SE HACE SABER al Contribuyente ALBERTO PAPINI SA
que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO
2 de la ciudad de CORDOBA SECRETARIA FEDERICO MASCHIETTO se ha dictado la siguiente resolución: DECRETO: CORDOBA, 01/03/2018. Al punto I: Atento a los documentos adjuntos a la petición de fecha 11/07/2017: Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Al punto II: Admítase la petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10 5 de la Ley N 9024 y sus modificatorias. Al punto III: Atento lo peticionado y bajo la responsabilidad de la institución actora, trábese embargo general sobre fondos y valores depositados en entidades financieras, cuentas corrientes, cajas de ahorro, inversiones a plazo fijo, cuentas, títulos y/o activos financieros del demandado ALBERTO PAPINI S.A. CUIT
N 30-65524842-7 de los que resulte titular, hasta cubrir la suma de pesos CUATROCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y TRES CON VIENTE CENTAVOS $480.993,20 a cuyo fin ofíciese al Banco Central de la República Argentina. Hágase saber a la entidad bancaria oficiada que a los fines de evitar que la medida cautelar dis-

Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006
T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ser válido el proceso judicial. Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conforme sus modificatorias, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el artículo 63 del Código Tributario Provincial
puesta afecte potencialmente a la totalidad de las cuentas bancarias que los ejecutados tengan abiertas en el sistema financiero, deberá arbitrar las medidas necesarias para que una vez cubierto el importe del embargo, cesen sus efectos. Procédase a la apertura de cuenta judicial a la vista haciéndole saber a la entidad oficiada que los fondos deberán ser depositados en dicha cuenta y a la orden de este Tribunal.-Seguidamente procedió a la apertura de la cuenta judicial n 922 /

EXP. 1018127 RES A N 102/18
En el marco de las actuaciones administrativas identificadas como EXP.
1018127, el tribunal de Conducta Policial y Penitenciario resuelve: CORDOBA 07 DE JUNIO DEL 2018. Y VISTO Y CONSIDERANDO TRIBUNAL
DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO RESUELVE: Articulo 1:
DISPONER la Baja por Cesantia del Cabo 1 JOSE MARCELO GUZMÁN, MI. N 28.829.765, a partir de la fecha del presente instrumento legal, por su participación en el responsable en el hecho nominado, el cual configura falta de naturaleza gravisima previstas en el Articulo 15 incs. 7, 20 en función del Art. 15 Inciso i de la Ley 9728y 27 del Régimen Disciplinario Policial, habiéndose considerado las circunstancias previstas en el Art. 8 inciso 2 y Art. 10 inc. 2 del citado cuerpo normativo. Articulo 2:
PROTOCOLICESE, dese intervención a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subjefatura de Policía de la Provincia, notifiquese, publiquese en el Boletín Oficial y Archivese. Fdo. Dra. Ana Maria Becerra. Presidente del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, Leg.
Carlos Mercado, Vocal.
5 días - Nº 166705 - s/c - 17/08/2018 - BOE

TRIBUNAL DE CONCUTA POLICIAL y PENITENCIARIO
EXPTE. N 1017601 RES. B N 18/18
En el marco de las actuaciones administrativas identificadas como expte. n 1017601, el Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, Resuelve:
CORDOBA, 26 DE JUNIO DE 2018. VISTO Y CONSIDERANDO EL
TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO, RESUELVE: 1 RECHAZAR por sustancialmente improcedente el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el Cabo Primero Gabriel Ali Assef, DNI
30.528.472, por intermedio de su abogado defensor -Dr. Anibal Oscar Boero-confirmando en todos sus términos la Resolución A 66/18, dictada con fecha 26 de abril de 2018, mediante la cual se dispuso la baja por Cesantia del nombrado. 2 PROTOCOLICESE, notifiquese, comuniquese y archivese cuando corresponda. Fdo. Dra. Ana Maria Becerra, Presidente del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, Leg. Carlos Mercado y Ab.
Carlos Escudero, vocales.
5 días - Nº 166716 - s/c - 17/08/2018 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS.
RESOLUCIÓN DJGD 000566/2018.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2018 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date16/08/2018

Page count62

Edition count4009

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

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