Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2017 - 4º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

4

a
2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 56
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 22 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

el Anexo II, teniendo lugar la inscripción de Aspirantes en el período comprendido entre el 28 de Marzo de 2017 y el 03 de Abril de 2017
inclusive ante la Comisión Permanente de Concursos.
Artículo 3º: Los aspirantes se inscribirán para las vacantes, debiendo optar por una sola escuela y un solo cargo en el ámbito geográfico de la inspección a la que pertenece, según el Anexo I y el Anexo II de esta convocatoria, de acuerdo a lo preceptuado por el Artículo 6 del Decreto N 930/15 reglamentario del Artículo 10 de la Ley 10237/14.
Artículo 4º: Podrán acceder al concurso previsto en el Artículo 2 ut supra aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en el Artículo 15 y 16 de la Ley 10.237 modificatorio del Art. 62 y 63 del Decreto Ley 214/E/63 y que a la fecha, se desempeñen en el nivel secundario de la modalidad de Jovenes y Adultos, revistiendo en situación de servicio activo, ampliándose en aquellos once 11 cargos de Director y dos 2
cargos de Vice Director que fueron declarados desiertos por Resolucion N024/2017 de la D.G.E.J.yA según el siguiente detalle:
A. PRIMERA CONVOCATORIA: podrán inscribirse aquellos docentes que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados y que se desempeñen en centros educativos de la misma zona de inspección.
B. SEGUNDA CONVOCATORIA conforme Resolucion N024/2017 de la D.G.E.J.yA: podrán inscribirse aquellos docentes que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados y que se desempeñen en de centros educativos de las zonas de inspección 1, 2, 3 y 9.
No debiendo encontrarse incursos en las causales de inhabilitación previstas en el Artículo 11 del Decreto N 930/15.
Artículo 5º: Los Aspirantes deberán inscribirse ante la Comisión Permanente de Concursos que funcionará en las instalaciones del Instituto de Enseñanza Superior Simón Bolívar-Instituto Superior del Profesorado Tecnológico sito en Agustín Garzón 1225 Barrio San Vicente de Córdoba Capital en el horario de 09.00 a 17.00 y presentarán su legajo docente al momento de la inscripción ante la Junta de Clasificación, la que se constituirá en el mismo domicilio de inscripción, conteniendo documentación de antecedentes que considere pertinente a los efectos del concurso.
Los Aspirantes recibirán al momento de la inscripción, un instructivo a fin de presentarse ante la Junta Médica constituida ad hoc para determinar su aptitud psicofísica para el cargo al que se presenta, Artículo 14 del Decreto N 930/15.
Artículo 6: Los Aspirantes se notificarán, al momento de la inscripción, de la presente resolución de convocatoria, del Reglamento de títulos y puntajes, Resolución Ministerial de designación del jurado y certificado de acreditación para asistir a la Junta Médica, normativa que declarará conocer y aceptar, Artículo 14 del Decreto N 930/15.
Artículo 7: El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición se realizará en dos etapas Artículo 24 del Decreto 930/15:
A. Etapa de Verificación de Títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación.
B. Etapa de Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con Presentación de Proyecto Institucional y Entrevista ante el Jurado. Cada prueba será eliminatoria y su NO aprobación producirá la automática exclusión del Concurso.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 8: INCORPORAR el Programa de Concurso y la Bibliografía como Anexo III integrado por catorce 14 fojas, como Anexo IV documentación necesaria al momento de la Inscripción integrado por dos 2
folios y como Anexo V Cronograma general integrado por un único folio y que forman parte de la presente resolución.
Artículo 9: PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente de Concursos, a las Inspecciones de esta Direccion General y por su intermedio a los centros educativos, a los interesados, a la Junta de Clasificacion; publíquese en la Página Oficial de Gobierno de la Provincia, en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: Carlos O. Brene, Director Gral de Educación de Jóvenes y Adultos ANEXO: https goo.gl/jGffJU

4 días - Nº 92205 - s/c - 27/03/2017 - BOE

Resolución N 50
Córdoba, 09 de Marzo de 2017
VISTO: La Ley N 10237, el Decreto N 930/15, Decreto Ley 214/E/63 y la Resolución N 049/17 de esta Dirección General de Educacion de Jovenes y Adultos, mediante la que se convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir los cargos de Director y Vicedirector en Centros Educativos de Nivel Secundario con carácter titular, vacantes en las zonas de Inspección dependientes de la misma, y;
CONSIDERANDO:
Que, para determinar las condiciones en las que se realizarán los Concursos de Director y Vicedirector, se deberá tener presentes las disposiciones del Art. 62 y Art. 63 del Decreto Ley N
214/E/63, modificado por el Art. 15 y 16 de la Ley 10237;
Que en las Resoluciones Nº 1209/11 BIS y Nº 981/12 de la ex Dirección de Enseñanza Media y las Resoluciones emitidas por la Unidad Provincial de Certificación y Alcance de Títulos se establecen las condiciones de títulos docentes, requerimiento ineludible de admisibilidad del aspirante;
Que, según el Artículo 19 del Decreto N 7385/68, se podrán dejar establecidos los criterios de valoración de antecedentes aplicables para esta Convocatoria;
Que en el Art. 22 del Decreto 930/15 se establece que los Concursos serán de Títulos, Antecedentes y Oposición, por lo que deberá fijarse un tope de puntaje para la clasificación de títulos y antecedentes que represente el veinte 20% por ciento del total posible, siendo el ochenta 80% por ciento para la prueba de oposición;
Que sea procedente habilitar a aquellos aspirantes que habiéndose sometido a Concurso y hubieren aprobado todas las instancias del mismo, pero no hubieren resultado adjudicatarios de la vacante declarada a tales efectos, en la hipótesis en que se presentaren nuevamente a Concurso en el mismo cargo, nivel y modalidad, y en el término de dos años, puedan solicitar se les reconozca como aprobada la Prueba Teórica con el puntaje que hubieren obtenido en el Concurso precedente, según Resolución Ministerial N 1475/16;
Que, siendo el título y la antigedad docente requisitos para acceder al concurso, éstos no se valorarán como antecedentes;
Por todo ello,
41

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2017 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date22/03/2017

Page count44

Edition count4005

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031