Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/07/2016 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 129
CORDOBA, R.A., LUNES 4 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

Art. 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6658 y modif., el que asciende a la suma de pesos sesenta y cinco con 86/100 $65,86, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección General de Rentas, sito en calle Buenos Aires Nº 1201 esq. José Ingenieros de la Ciudad de Villa María, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.-ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, con remisión de copia autenticada.-DIPL. GRACIELA B. MOYANO, JEFA DE AREA APOYO
REGIONAL VILLA MARIA, DTO. N1633/10 RESOLUCION GRAL.
N 1771, JUEZ ADMINISTRATIVO RESOL. GRAL. 1854, DIRECCION
GENERAL DE RENTAS
5 días - Nº 58657 - s/c - 05/07/2016 - BOE

DIRECCION DE POLICIA FISCAL
AREA DETERMINACIONES
ÁREA DETERMINACIONES
RESOLUCION N PFD 096/2016 - CÓRDOBA, 27/06/2016 - Ref.: Expte. Nº 0562-002121/2016 - Contribuyente: NUEVA ANDINIA S.A. - VISTO: el expediente Nº 0562-002121/2016, referido a la Determinación Impositiva practicada al Contribuyente NUEVA ANDINIA S.A. -Orden de Tarea Nº VI 2257-, en orden al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y CONSIDERANDO: I.- QUE en el expediente antes citado se ha dictado la Resolución Nº PFD 091/2016 con fecha 15/06/2016 en los términos del artículo 64 del Código Tributario Provincial Ley N 6006 t.o. 2015
y modif. -en adelante C.T.P.-.II.- QUE resulta conveniente notificar dicha actuación al Contribuyente NUEVA ANDINIA S.A. y al Sr. HUGO
RICARDO ALBERTO CÓRDOBA D.N.I. N 16.984.299, en su carácter de Presidente Responsable Solidariodel citado Contribuyente, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, conforme a lo previsto en el 2 y 3 párrafo del artículo 67 del C.T.P.
III.- QUE por lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el artículo 64 y 86 del C.T.P., la Ley N 9187 y modif., y a la designación dispuesta por la Resolución SIP Nº 17/12: LA SUBDIRECTORA DE
JURISDICCION DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL EN SU CARÁCTER
DE JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- NOTIFÍQUE-

SE al Contribuyente NUEVA ANDINIA S.A. y al Sr. HUGO RICARDO
ALBERTO CÓRDOBA D.N.I. N 16.984.299, en su carácter de Presidente Responsable Solidariodel citado Contribuyente, que se ha dictado con fecha 15/06/2016 el Acto Resolutivo Nº PFD 091/2016, en los términos del artículo 64 del C.T.P. ARTÍCULO 2º.- EMPLÁCESE al contribuyente NUEVA ANDINIA S.A. y al Sr. HUGO RICARDO ALBERTO CÓRDOBA, para que en el término de QUINCE 15 DÍAS de notificada la presente, acredite y satisfaga los importes correspondientes a Diferencia de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aporte para la integración del Fondo de Financiamiento del Sistema Educativo -FoFISE, Recargos Resarcitorios, Multas, Tasa Retributiva de Servicios y Gastos Postales dispuestos en la Resolución precedentemente mencionada, cuyos montos se consignan en el Anexo I de la presente, para lo cual deberá dirigirse al domicilio de esta Dirección de Policía Fiscal, sita en calle Rivera Indarte Nº 742 -1º PisoÁrea DeterminacionesDeterminaciones de Oficiode la Ciudad de Córdoba, en el horario de 08:00 a 17:00 hs. y/o comunicarse al Tel. 0351-4286037 línea directa, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal. Asimismo, una vez realizado el pago se acreditará inmediata e indefectiblemente en el domicilio citado. ARTÍCULO 3º.- HAGASE SABER al contribuyente NUEVA ANDINIA S.A. y al Sr. HUGO RICARDO ALBERTO CÓRDOBA, que contra las Resoluciones de la Dirección sólo podrá interponer Recurso de Reconsideración dentro de los quince 15 días de notificado el Acto Resolutorio, conforme lo previsto por los artículos 127 y 128 del C.T.P., teniendo en cuenta lo establecido por los artículos 69, 72 y 130
de la citada norma legal, y según lo prescripto en el artículo 65 del Decreto 1205/2015 B.O. 11/11/2015; para lo cual deberá abonar la Tasa Retributiva de Servicios de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO CON
00/100 $ 185,00, atento a lo establecido en la Ley Impositiva Anual N
10.324. ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
ANEXO I
CONTRIBUYENTE: NUEVA ANDINIA S.A.
Diferencia de Impuesto y FoFiSE
$ 367.044,76
Recargos Resarcitorios $ 442.306,17
Multas Formales $ 19.400,00
Multas Sustanciales $ 282.473,10
Tasa Retributiva de servicios $ 575,00
Gastos Postales $ 38,00
Total al 15/09/2015
$ 1.111.837,03
5 días - Nº 58943 - s/c - 04/07/2016 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-D 0148/2016 - 23 JUNIO 2016 - VISTO, lo establecido en los Artículos 120, 121 y 122 del Código Tributario Provincial Ley 6006.
T.O. 2015 y modificatorias; y las facultades conferidas por el Artículo 17 inciso c del citado cuerpo normativo; y CONSIDERANDO: I.- QUE los contribuyentes señalados en el Anexo I que forma parte de la presente, interpusieron demanda de repetición conforme lo dispuesto en el Código Tributario Provincial Ley 6006, T.O. 2015 y modificatorias; II.- QUE se observó el cumplimiento de los requisitos y condiciones previstas a tal efecto; III.- QUE conforme lo indicado en el Visto y Considerandos precedentes, corresponde reintegrar los importes con más el interés compensatorio correspondiente desde la fecha de solicitud, conforme lo previsto en el artículo 121 de la mencionada norma legal, los cuales se detallan en el Anexo I ya citado; Por todo ello EL JUEZ
ADMINISTRATIVO R E S U E L V E: Artículo 1.- REINTEGRAR a los contribuyentes solicitantes, los importes indicados en el Anexo I que forma parte de este acto administrativo, con más el interés compensatorio mencionado en el considerando III de la presente resolución. Artículo 2.- HÁGASE SABER a los interesados detallados en el Anexo I, que podrán interponer Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, según lo establecido en el Art. 127 del CTP vigente. Artículo 3.- PROTOCOLICESE y NOTIFIQUESE. Cumplido, Gírese al Área Administración a sus efectos.- FIRMADO:
Cra. Liliana Alicia Juhel Jefe Área Compensaciones y Devoluciones Subdirección de Jurisdicción Gestión Integral de Resolutivo Juez Administrativo BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/07/2016 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date04/07/2016

Page count47

Edition count4026

Première édition01/02/2006

Dernière édition06/08/2024

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