Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/06/2016 - 4º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

4

a
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 115
CORDOBA, R.A., LUNES 13 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de entradas de este Organismo que se encuentra en 27 de Abril N 552.
Ciudad de Córdoba.
3 días - Nº 56759 - s/c - 14/06/2016 - BOE

TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
EL TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO, en el marco del Sumario Administrativo Nº 1014069, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN: A Nº 64/16: CÓRDOBA, 19 de Junio de 2016. Y VISTO Y CONSIDERANDO RESUELVE:Artículo 1º: DISPONER a partir de la notificación del presente instrumento legal, la BAJA POR CESANTÍA del Ayudante de 4ta. YBAR DAMIAN FARÍAS, D.N.I Nº 30.180.362, por la comisión de las faltas disciplinarias de naturaleza gravísima prevista en los artículo 10, Inc.
24 y Art. 184 del Decreto Nº 25/76, y por las infracciones disciplinarias que representan el incumplimiento a los deberes esenciales que para el personal del Servicio Penitenciario en actividad prescribe el Art. 12, Incs. 11 y 12 del la ley 8231. Artículo 2º: COMUNÍQUESE a sus efectos, la presente resolución a la Jefatura del Servicio Penitenciario de Córdoba. Artículo 3º:
PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en Boletín Oficial y archívese.
Fdo. Dra. Ana María Becerra, Presidente; Sr. Leg. Prov. Carlos Mercado, Vocal.
5 días - Nº 56195 - s/c - 13/06/2016 - BOE
3 días - Nº 56596 - $ 2730 - 14/06/2016 - BOE

NOTIFICACIONES

MINISTERIO DE SALUD
DIRECTORA DE JURISDICCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
INTIMACION

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: Tribunal de Cuentas de la Provincia-Expte. N 0081-29163/14- Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Villa Ciudad de América Ministerio de Seguridad. Subsidio Ejercicio 2013
, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 06 de Octubre del 2014.
Emplácese al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Villa Ciudad de América, al Sr. Senestrari Julio Eduardo Tesorero y a la Sra. Lara Guadalupe Gay Secretaria, para que en el plazo de quince 15 días hábiles presente Rendición de Cuentas documentada de los importes detallados en Informe de Contaduría N 5209 bajo apercibimiento de fijar deuda actualizada Art. 57 y 81 Ley N 7630 y requerir su cobro por vía judicial Art. 78
Notifíquese y dese copia. Firmado: Cr. Héctor Jorge Calvo. Prosecretario de Fiscalizacin Presupuestaria A/C Secretaría de Fiscalización Presupuestaria. Se transcribe Informe de Contaduría N 5209 10/09/14 Ejercicio 2013.
Ministerio de Seguridad. Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Villa Ciudad de América. Responsable Beneficiario del Subsidio Arts. 23 inc. a y 24Ley 7630. Por la presente se requiere a Ud. Art. 21, inc. B, Pto. 4-Ley N
7630 la rendición de cuentas por los importes puestos a su disposición de acuerdo al siguiente detalle: Instrumento Tipo: Transferencia de Cargo N
2881- Monto $ 100.000,00 - Detalle: Subsidio no reintegrable destinado a solventar parte de los gastos para la compra de una unidad liviana tipo Pick Up, doble cabina-Responsables de Rendición: Andrés Alejandro Minguillon DNI: 26483678, Lara Guadalupe Gay DNI: 22564092 y Julio Eduardo Senestrari DNI: 20783767-Re. Nº 64/13. Generador: DUEE Orden de Pago 529-71/2013 1. Comprobante de Caja N: 90724339 del 03/06/2013. Monto Requerido: $ 100.000,00. Total: $ 100.000,00. Son Pesos Cien Mil. Por los importes requeridos se encuentra vencido el plazo otorgado para su rendición. No obstante ello para el caso de que al momento de recibir el presente, el responsable haya presentado las Rendición/es pertinente/s ante este Tribunal se deberá informar fecha de presentación adjuntando constancia de la/s misma/s.Nota: La documentación deberá ser presentada en Mesa BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

En mi carácter de Directora de Jurisdicción de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, INTIMOLE a Ud. para que en plazo fatal setenta y dos horas 72, restituya la suma de pesos DOCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 08/100 $12.677,08, correspondientes a los haberes indebidamente liquidados y percibidos por Ud. Todo ello bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales tendientes al cobro de las suma reclamada, con mas intereses y costas. Queda UD. debidamente notificado. FDO:
Sandra Palamara. Dirección de Jurisdicción de RRHH - Ministerio de Salud 5 días - Nº 56121 - s/c - 13/06/2016 - BOE

CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CÓRDOBA
Expte.: G 0124-182.518 /A.I.B - Reclamos Ley 10.078. CORDOBA, VISTO: Los reclamos administrativos presentados por beneficiarios pasivos, cuya nómina obra en detalle a fs. 19, solicitando en todos los casos la no aplicación de los Arts. 4 y 7 de la Ley 10.078, esgrimiendo su inconstitucionalidad. Y CONSIDERANDO: Que analizadas las constancias administrativas y los fundamentos de los planteamientos, se debe comenzar mencionado que el artículo 4 de la referida Ley N 10.078 solo se limita a modificar el mecanismo de movilidad establecido en el artículo 51 de la Ley N 8.024 t.o. Decreto 40/2009 en los siguientes términos: Los haberes de las prestaciones serán móviles en relación con las variaciones del nivel sectorial de las remuneraciones del personal en actividad. La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba establecerá los sectores a los que se refiere el párrafo anterior. El reajuste de los haberes de los beneficiarios tendrá efecto a partir de los ciento ochenta 180 días computados desde la fecha que fuera percibida la variación salarial. Que al ingresar en el análisis de la razonabilidad de la norma cuestionada por los reclamantes se advierten dos facetas vinculadas recíprocamente que por cuestiones metodológicas resulta conveniente exponer de manera separada: por una parte, la razonabilidad de la norma en su adecuación al ordenamiento jurí-

5

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/06/2016 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date13/06/2016

Page count20

Edition count4019

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2016>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930