Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2015 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 1 de julio de 2015

Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCVII - Nº 123

DNI 27.045.943 sobre un inmueble de 120 metros cuadrados ubicado en calle Pública s/n, Lugar Olivares San Nicolás, Comuna Olivares San Nicolás, Pedanía Copacabana, Departamento Ischilín, que linda según declaración jurada acompañada en autos, en su costado Norte con resto superficie, en su costado Sur con resto superficie, en su costado Este con Pasaje sin nombre y al Oeste con resto de superficie, siendo titular de la cuenta N 170306182164
PUENTE HNOS. M. A. E. S. Ha, cita al titular de cuenta mencionado y a los titulares registrales PUENTE HNOS. M. A. E. S. A y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150. Fdo. Manuel Humberto Rivalta, Pte Unidad Ejecutora. Cba. 01/11/2011. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA
procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 11478 - s/c - 02/07/2015 - BOE
MINISTERIO DE EDUCACION
RES M 1051-13 - Camila del Carmen CORTEZ - Expte N 0109-089023/09 - Se comunica a la docente Camila del Carmen CORTEZ M.I. N F5.283.870 que por Expediente. Nº: 0109089023/09 Caratulado: ELEVA RENUNCIA JUBILACION ORDINARIA - Se ha resuelto lo siguiente: Notificar a Ud. de lo dispuesto en la Resolución Nº 1051 de fecha 08 AGO 2013 EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE : Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, a partir del 1
de agosto de 2009, la renuncia presentada por la docente Camila del Carmen CORTEZ M.I.
N F5.283.870, en el cargo de Maestro de Grado en la Escuela de Nivel Primario CEFERINO
NAMUNCURA de esta capital dependiente de este Ministerio, para acogerse a los beneficio de la Jubilación Ordinaria, conforme a la Resolución N 292840/09 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
5 días - Nº 11915 - s/c - 03/07/2015 - BOE
MINISTERIO DE EDUCACION
RES M 885/13 - Estela Beatriz CHAPUR - Expte N 0109-103107/11 - Se comunica a la docente Estela Beatriz CHAPUR M.I. N F4.979.926 que por Expediente. Nº: 0109-103107/11
Caratulado: ELEVA RENUNCIA POR RAZONES PARTICULARES - Se ha resuelto lo siguiente:
Notificar a Ud. de lo dispuesto en la Resolución Nº 885 de fecha 04 JUL 2013 EL MINISTRO
DE EDUCACIÓN RESUELVE : Art. 1.- ACEPTAR la renuncia, a partir del 21 de julio de 2011
por razones particulares presentada por la docente Estela Beatriz CHAPUR M.I. N F4.979.926, dependiente de este Ministerio, al cargo de Maestro de Grado Enseñanza Primaria en la Escuela de Nivel Primario JUAN JOSÉ PASO de San Antonio de Arredondo, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario.
5 días - Nº 11910 - s/c - 03/07/2015 - BOE
MINISTERIO DE EDUCACION
RES M 418/15 - Ivana Emilse BOGExpte N 0645-001117/13 - Se comunica a la docente Ivana Emilse BOJ M.I. N 30.583.746que por Expte Nº 0645-001117/13.- Caratulado:
INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA SUPUESTAS IRREGULARIDADES EN EL CENMA N215
EXTENSIÓN AULICA JUAN JOSE PASO E IPEM N155 JUAN JOSE PASO DESAPARICION
DE MODULOS PAICOR.- Se ha resuelto lo siguiente: Notificar a Ud. de lo dispuesto en la Resolución Nº 418 de fecha 05 MAY 2015 EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE:
Art.1º.- ORDENAR la instrucción -a través del servicio letrado que determine la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales de este Ministeriode formal sumario administrativo en contra de los docentes Manuel Agustín LÓPEZ CARUSILLO M.I. N 35.018.390, Verónica Anabel CARABAJAL M.I. N 29.136.844, María Cristina ACTIS M.I. N 6.157.920, Rocío Analía Soledad GALLARDO CABRAL M.I. N 24.453.790, Ivana Emilse BOJ M.I. N
30.583.746, Sandra Liliana FAVACCIO M.I. N 16.947.771, María Elena de Lourdes GIORGIS
M.I. N 12.245.565, Silvia Cecilia MOYANO M.I. N 14.154.111, Noemí Antonia MOYANO
M.I. N 21.776.218, Patricia Lucrecia VICTORIA M.I. N 24.697.571, Andrea Leticia PENEDO M.I. N 24.172.404, Claudia Inés REINATO M.I. N 16.502.321, Nicolás Alberto SABA M.I.
N 12.560.767, María Emilse SOSA VEIRA M.I. N 14.798.743, Verónica Inés TESTA M.I. N
26.905.911, Julio César YAPURA M.I. N 12.578.514, Stella Maris ZALAZAR M.I. N
14.579.820, Clarisa Elizabeth BROCAL M.I. N 16.292.842, Mónica Liliana DURÁN M.I. N
16.740.458, Alicia María GAUNA M.I. N 21.923.824, Walter Ignacio CAMACHO M.I. N
24.361.664, Claudio Alejandro MORENO M.I. N 20.150.752, Noris Delna PISTOIA M.I. N
5.642.580, Mónica Liliana DURÁN M.I. N 16.740.458, Graciela del Rosario LUJÁN M.I. N
13.821.379, todos del Instituto Provincial de Educación Media N 155 JUAN JOSÉ PASO de Capital, dependientes de este Ministerio, por los hechos descriptos en el considerando de este dispositivo legal, por encontrarse incursos -Prima Facieen la trasgresión de los deberes y obligaciones impuestas al personal docente por el art. 5, incs. a, h e i del Decreto-Ley N
214/E/63, además de tipificar las conductas desplegadas por los aludidos docentes en las Faltas Graves Nros. 10 y 25 del Reglamento de Faltas -Decreto N 10895/A/60- y en el art. 1, inc. a del Decreto N 586/A/63. Art. 2º.-ORDENAR la instrucción -a través del servicio letrado que determine la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales de este Ministeriode formal sumario administrativo en contra de la docente Liliana Raquel ZALAZAR M.I. N 13.680.319, quien revista en un cargo de Director de Primera Enseñanza Media del Instituto Provincial de Educación Media N 155 JUAN JOSÉ PASO de Capital, dependiente de este Ministerio, por los hechos consignados en el considerando del presente instrumento legal, encontrándose
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incursa -Prima Facieen la trasgresión de los deberes y obligaciones impuestas al personal docente por el art. 5, incs. a, h, i, j y k del Decreto-Ley N 214/E/63, además de tipificar la conducta desplegada por la mencionada docente en las Faltas Leves N 5 y Faltas Graves Nros. 10, 11y 25 del Reglamento de Faltas -Decreto N 10895/A/60-, y en el art. 1, inc. a del Decreto N 586/A/63.
5 días - Nº 11871 - s/c - 03/07/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Córdoba, 14 MAY 2015 - ANDREOSI S.R.L. Ref.: Expediente S.F. 9567570/15 - De las constancias obrantes en el Expediente S.F. N 9567570/15, tramitado en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, surge que la firma responsable, ANDREOSI S.R.L., inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 215268594 y en A.F.I.P. con la C.U.I.T. N 30-66939470-1, con domicilio en calle Manuel A Ocampo 1865 de la localidad Villa Maria, provincia de Córdoba, no ha dado cumplimiento total a la Intimación librada con el objeto de que constituyera su Domicilio Fiscal Electrónico de fecha 12-02-14, por lo que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a lo establecido en el último párrafo del Art. 41 Domicilio Fiscal Electrónico: Sin perjuicio de lo expuesto en el primer párrafo, la Dirección podrá disponer la constitución obligatoria del domicilio fiscal electrónico, en los casos que establezca la misma. Según lo establecido en el Art 14 4 el que establece:
La Dirección dispondrá la constitución obligatoria del Domicilio Fiscal Electrónico para los Contribuyentes y/o Responsables que ésta nomine oportunamente; debiendo verificar su habilitación en la opción dispuesta en el Menú. Asimismo deberán constituir el domicilio fiscal electrónico los Contribuyentes y Responsables citados en el Cuadro D del Anexo LI
SERVICIOS CON CLAVE FISCAL TRAMITES PRESENTACIONES SERVICIOS DE
CONSULTAS en las fechas establecidas en dicho Anexo, cumplimentando lo dispuesto en los Artículos 14 2 y siguientes. Siendo que en su calidad de Gran Contribuyente y/o Agente en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos debían haber constituido su Domicilio Fiscal Electrónico hasta el 31-10-2013. Que si bien lo realizó dentro del plazo otorgado por la intimación no efectuó el pago de la Multa reclamada. Por lo que esta situación lo induciría a cometer un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 45 el que dice al comienzo: .Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los deberes establecidos por este Código y Leyes Tributarias Especiales para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Y por ende tal conducta descripta lo haría pasible de la sanción establecida en el artículo 70 del C.T.P., cuyos topes mínimos y máximos son fijados por la Ley Impositiva Anual Vigente $ 500,00 a $ 10.000,00. EL JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE: 1 Instruirle a la firma contribuyente ANDREOSI S.R.L., inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 215268594, y en A.F.I.P. con la C.U.I.T. N 30-66939470-1, el sumario legislado en el Art. 82 del Código Tributario Provincial.2 Correr vista por el plazo de quince 15 días hábiles para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos.
Dicho escrito, y de corresponder las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sito en calle Rivera Indarte N 650 de la ciudad de Córdoba o en la Delegación que correspondiere. 3 Hacer saber que en la primera presentación deberá proceder conforme lo prescribe el Art. 22 de la Ley 6658, Artículo 22.- Cuando se invoque el uso de una firma social, deberá acreditarse la existencia de la sociedad, acompañándose el contrato respectivo, o copia certificada por escribano público o autoridad administrativa.
Cuando se tratare de sociedades irregulares o de hecho, la presentación deberán firmarla todos los socios a nombre individual, indicando cual de ellos continuará vinculado a su trámite, para la correcta prosecución del trámite.- 4 NOTIFÍQUESE.- FIRMADO: CRA.
FABIANA BEATRÍZ GARCÍA - JUEZ ADMINISTRATIVO Y FAC. R.G. 1717/10 Y 1574/08
5 días - Nº 12094 - s/c - 06/07/2015 - BOE
MINISTERIO DE EDUCACION
RES M N 0495-115695/09 - Clara Beatriz BECERRA - Expte N 0495-115695/09 - Se comunica a la docente Clara Beatriz BECERRA M.I. N F4.472.859 que por Expediente. Nº:
0495-115695/09 Caratulado: RENUNCIA CONDICIONADA CENPA N 8 GUARDERIA
MUNICIPAL N 5 COLINAS VILLA CARLOS PAZ - Se ha resuelto lo siguiente: Notificar a Ud.
de lo dispuesto en la Resolución Nº 567 de fecha 03 MAY 2013 EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE : Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, a partir del 1 de octubre de 2010, la renuncia presentada por la docente Clara Beatriz BECERRA M.I. N F4.472.859, en un 1
cargo de Maestro de Grado Enseñanza Primaria en el Centro Educativo de Nivel Primario para Adultos C.E.N.P.A N 8 GUARDERIA MUNICIPAL de Villa Carlos Paz, con motivo de haber obtenido el beneficio de la Jubilación Ordinaria conforme a la Resolución N 301798/
10 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
5 días - Nº 11914 - s/c - 03/07/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Córdoba, 17 ABR 2015 - LA CHAVELA S.R.L. - VISTO: Las actuaciones cumplidas en el expediente S.F. N 9328984/15 - Y CONSIDERANDO: QUE de las referidas actuaciones surge que para el contribuyente y/o responsable LA CHAVELA S.R.L. inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 210208780 y ante la Administración Federal de Ingresos Públicos con la C.U.I.T. N 30-70758067-0, con domicilio en calle Italia Esq. Bvrd. Ignacio Maria Lardizabal S/N Barrio Centro de la localidad Marcos Juarez, Provincia de Córdoba, se ha detectado - en nuestra base de datos - la falta de presentación dentro de los plazos establecidos en la legislación vigente de declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2015 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date01/07/2015

Page count6

Edition count4024

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/08/2024

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