Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/05/2011 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

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Algodón, La Palestina, Etruria, Arroyo Cabral y La Playosa Dpto. Gral. San Martín, Los Cisnes Dpto. Juárez Celman, Camilo Aldao Dpto. Marcos Juárez, Cosquín Dpto. Punilla, Las Acequias Dpto. Río Cuarto, Las Saladas, Río Primero, Santa Rosa Dpto. Río Primero, Laguna Larga Dpto. Río Segundo, Gral. Fotheringham, Dalmacio Velez Dpto. Tercero Arriba, Rosario del Saladillo Dpto. Tulumba, Benjamín Gould, Idiazábal, Justiniano Posse, Viamonte Dpto. Unión; integrada por los Partidos Partido Justicialista, Partido de la Victoria, "Partido Demócrata Cristiano" Movimiento de Acción Vecinal, Acción Popular, "Unión del Centro Democrático", "Acción para el Cambio", Partido Humanista y Partido Frente Grande asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veinticinco A525 del correspondiente Registro. Siendo el Apoderado, el Responsable Político de Campaña y el Económico Financiero de Villa del Dique los Sres. Vicenta R. Torres, Diego M. Díaz, Olga R. Vavicich respectivamente, de Villa Sarmiento los Sres. Fermín Boloquy, Mara J. Boloquy y Fermín Boloquy, de La Laguna los Sres. Fany E. Arce, Alejandro Herrera y Miguel A. Moreno respectivamente, de Arroyo Algodón los Sres. Cristian E. Giano, Mario G. Colomino, Noelia I.
Bertetti respectivamente, de La Palestina los Sres. Alejandro Cativelli, Flavio N. Cativelli, Edgard O. Ripa respectivamente, de Etruria los Sres. Carlos Eder, Guillermo Guida, Luciana Incola respectivamente, de Arroyo Cabral los Sres. Walter A. Cecchini, Walter A. Cecchini y Gustavo F. Mattias respectivamente, de La Playosa los Sres. Karina Semenzín, Karina Semenzín, Patricia Reyes respectivamente, de Los Cisnes los Sres. Verónica A. Ortiz, Jorge O. Frechero, Rodolfo E. Gomez respectivamente, de Camilo Aldao los Sres. Juan P. Gennaro, Silvina M.
Ricatto, Marta S. Piatti respectivamente, de Cosquín los Sres. Miguel E. Suarez, Aldo M.
Gonzalez, Eduardo J. Villanueva respectivamente, de Las Acequias los Sres. Hugo I. Inmenson, Noel G. Tomatis, Elba M. Blanco respectivamente, de Las Saladas los Sres. Stella M. Peralta, Stella M. Peralta, Vanesa E. Subassi respectivamente, de Río Primero los Sres. Angel V.
Peñalosa Tejeda, Angel V. Peñalosa Tejeda y Ricardo N Arnaudo respectivamente, de Santa Rosa Dpto. Río Primero los Sres. Leonardo E. Salum, Leonardo E. Salum, José R. Rodríguez respectivamente, de Laguna Larga los Sres. Matías Cena Torres, Fernando N. Salvucci, Guillermo Sopranzi respectivamente, de Gral. Fotheringham los Sres. Valeria Bazzani, Graciela Monzón, Angela I. Altamira respectivamente, de Dalmacio Velez los Sres. Eusebio D. Torres, Mario Boccardo, Sandra R. Warner respectivamente, de Rosario del Saladillo los Sres. Maria de las M. López, Marcelo S. Ruiz, Héctor M. Gudino respectivamente, de Benjamín Gould los Sres. Juan C. Jaime, Lidia N. Pereyra, René O. Gilleta respectivamente, de Idiázabal los Sres.
Amadeo R. Vassia, Paulo M. Pérez, Edith P. Bizzarri respectivamente, de Justiniano Posse los Sres. Lorena Salvay, Federico Morales, María P. Pellegrini respectivamente y de Viamonte los Sres. Cristian G. Ortiz, Laura L. Torreiro, Patricia C. Munt. II. Reconocer como Alianza Electoral Municipal denominada "UNIÓN POR CÓRDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - VILLA
MARÍA" para las elecciones del día 26 de junio del corriente año en las localidad de Villa María, integrada por los partidos: Partido Justicialista, Partido de la Victoria, "Partido Demócrata Cristiano", Acción Popular, "Unión del Centro Democrático", "Acción para el Cambio", Partido Humanista y Partido Frente Grande asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veintiséis A526 del correspondiente Registro.
Siendo el Apoderado, el Responsable Político de Campaña y el Económico Financiero Mauro G. Beltrami, Matías De Falco y Julio César Oyola respectivamente. III. Reconocer como Alianza Electoral Municipal denominada "UNIÓN POR CÓRDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA
LA PARA" para las elecciones del día 26 de junio del corriente año en las localidad de La Para, integrada por los partidos: Partido Justicialista, Partido de la Victoria, "Partido Demócrata Cristiano", Acción Popular, Movimiento de Acción Vecinal", "Acción para el Cambio", Partido Humanista y Partido Frente Grande asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veintisiete A527 del correspondiente Registro. . Siendo el Apoderado, el Responsable Político de Campaña y el Económico Financiero: Ernesto Luque, Ernesto Luque y Carlos M. Guzmán respectivamente. IV. Reconocer como Alianza Electoral Municipal denominada "UNIÓN POR CÓRDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA OBISPO TREJO" para las elecciones del día 26 de junio del corriente año en las localidad de Obispo Trejo, integrada por los partidos: Partido Justicialista, Partido de la Victoria, "Partido Demócrata Cristiano", Acción Popular, Movimiento de Acción Vecinal", "Acción para el Cambio", Partido Humanista y Partido Frente Grande asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veintiocho A528 del correspondiente Registro. .
Siendo el Apoderado, el Responsable Político de Campaña y el Económico Financiero: Luis A.
Ferreyra, Luis A. Ferreyra y Silvia L. Mansilla respectivamente.V. Reconocer como Alianza Electoral Municipal denominada "UNIÓN POR CÓRDOBAFRENTE PARA LA VICTORIA"
para las elecciones del día 3 de julio del corriente año en la localidad de Villa Ascasubi Dpto.
Tercero Arriba; integrada por los Partidos Partido Justicialista, Partido de la Victoria, "Partido Demócrata Cristiano" Movimiento de Acción Vecinal, Acción Popular, "Unión del Centro Democrático", "Acción para el Cambio", Partido Humanista y Partido Frente Grande asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veinticinco A525 del correspondiente Registro. Siendo el Apoderado, el Responsable Político de Campaña y el Económico Financiero de: Roberto M. Romero, Cinthya N. Romero y María P. Cerva respectivamente.V. Protocolícese, Notifíquese y Publíquese.- Fdo. Marta Elena Vidal; Juez Electoral Provincial. Ante mí: Alejandro José Villada; Secretario Electoral.N 10533 s/c .Alianza JUNTOS POR PASCO U.C.R y Mov. Patriótico S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el día 26/06/2011" Expte. "P" 10/11.
"PASCO -Dpto. Gral. San Martin AUTO NÚMERO: CIENTO TREINTA - Córdoba, dos de mayo de dos mil once.- Y VISTOS:
Estos autos caratulados "PASCO -Dpto. Gral. San Martin - Alianza JUNTOS POR PASCO

Córdoba, 19 de Mayo de 2011

U.C.R y Mov. Patriótico S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL
MUNICIPAL para el día 26/06/2011" Expte. "P" 10/11. DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 01
comparecen ante este Juzgado Electoral el Sr. Facundo Cortés Olmedo, apoderado del partido "Unión Cívica Radical" y el Sr. José Villena apoderado del partido "Movimiento Patriótico" y solicitan se inscriba y reconozca a la Alianza JUNTOS POR PASCO", formalizada entre los partidos mencionados, para las elecciones municipales a llevarse a cabo en la localidad de Pasco el próximo 26 de junio del corriente año. Que a fs. 17 de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas, la designación como responsable político de campaña al Sr. Daniel Nicolás Delbono M.I. 21.405.872 y como responsable económico financiero a la Sra. Irma Gladi Macasso M.I. 4.135.294. Y CONSIDERANDO: I.Que los peticionantes son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin. II.- Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572 concordante con el art. 2 inc. 8 de la Ley N 8643 y el art. 11 inc. "a" de la Ley 9840, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Convenio Constitutivo de la Alianza en donde consta la designación como responsable político de campaña al Sr. Daniel Nicolás Delbono M.I. 21.405.872 y como responsable económico financiero a la Sra. Irma Gladi Macasso M.I. 4.135.294 fs. 05 y 08;
Plataforma Electoral Común fs. 06; Acta N 38/11 de Comité Central de la Provincia de Córdoba del Partido "Unión Cívica Radical" fs. 09/10 y Acta del Congreso Partidario -de fecha veinte de abril de dos mil - del Partido "Movimiento Patriótico" fs. 11/12.- III.- Que a fs. 05 se designan apoderados comunes de la alianza a los señores Adrián del Valle Calvo y Marta Elena Rocca. IV.- Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de Identificación a la alianza de autos, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la Resolución N 01 de fecha 09
de abril de 2003 cfr. Autos CORDOBA Dpto. Capital Secretaría Electoral del Juzgado Federal N 1 REMITE Acordada N 94 de la Cámara Nacional Electoral Expte. C 12/03.Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, este Juzgado Electoral RESUELVE: I.Reconocer como Alianza Electoral MUNICIPAL para las próximas elecciones a llevarse a cabo en la localidad de Pasco el día 26 de Junio del corriente año a la alianza JUNTOS POR
PASCO, integrada por los Partidos Unión Cívica Radical" y "Movimiento Patriótico" con todos los derechos y deberes que determina el ordenamiento jurídico vigente, asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número quinientos once A511 del correspondiente Registro.- II.- Tener por apoderados comunes de la alianza a los señores Adrián del Valle Calvo y Marta Elena Rocca. III.- Protocolícese, Notifíquese y Publíquese.Fdo. Marta Elena Vidal. Juez Electoral Provincial. Ante mi: Alejandro Jose Villada. Secretario Electoral.N 10534 s/c .Alianza FRENTE TODOS POR MALAGUEÑO P.N.C.C.H.T. y Córdoba en Acción S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el día 03/07/2011" Expte. "M" 10/11.
MALAGUEÑO Dpto. Santa María AUTO NÚMERO: CIENTO OCHENTA Y CINCO - Córdoba, once de mayo de dos mil once.Y VISTOS: Estos autos caratulados "MALAGUEÑO Dpto. Santa María Alianza FRENTE
TODOS POR MALAGUEÑO P.N.C.C.H.T. y Córdoba en Acción S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el día 03/07/2011" Expte. "M" 10/11.
DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 01 comparecen ante este Juzgado Electoral el Sr. Ernesto Félix Martínez y la Sra. Elina R. Zanoni, apoderados del Partido Nuevo contra la Corrupción por la Honestidad y la Transparencia y la Sra. Viviana Raquel del Valle Martoccia, apoderada del partido Córdoba en Acción y solicitan se inscriba y reconozca a la Alianza FRENTE
TODOS POR MALAGUEÑO", formalizada entre los partidos mencionados, para las elecciones municipales a llevarse a cabo en la localidad de Malagueño Dpto. Santa María el próximo 03
de julio del corriente año. Que a fs. 10 de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, como así también la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas; la designación como responsable político de campaña al Sr. José Miguel DAntona u1M.I. 24.356.168 u2y como responsable económico financiero a la Sra. María Fernanda Leiva M.I. 17.531.384. Y CONSIDERANDO: I.- Que los peticionantes son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin. II.- Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572 concordante con el art. 2 inc. 8 de la Ley N 8643 y el art. 11 inc. "a" de la Ley 9840, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Acta Constitutiva de la Alianza en donde consta la designación como responsable político de campaña al Sr. José Miguel DAntona M.I. 24.356.168 u3y como responsable económico financiero a la Sra. María Fernanda Leiva M.I. 17.531.384u4fs. 02/05u5;
Plataforma Electoral Común fs. u6070706;u7 Acta N 69 de la Junta Ejecutiva de la Asamblea Provincial del Partido Nuevo contra la Corrupción por la Honestidad y la Transparencia de fecha 02/05/2011 u8por la cual se aprueba la conformación de la presente alianza fs.07u9;
y Acta Nº 35 de fecha 02/05/2011u10 de la Asamblea General del Partido Córdoba en Acción, por la cual se aprueba la conformación de la presente alianza fs. 09. III.- Que a fs. 05 se designan apoderados de la alianza a los Sres. Ernesto Félix Martínez, Elina R. Zanoni, Viviana Raquel del Valle Martoccia. IV.- Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/05/2011 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date19/05/2011

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Edition count4022

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