Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/01/2024 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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AÑO CXI - TOMO DCCIX - Nº 1
CORDOBA, R.A., MARTES 2 DE ENERO 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

mos de la seguridad social, el honorario ascenderá a la suma de $118,86
ciento dieciocho con 86/00 por cada dependiente informado, con un mínimo de $6.044,79 seis mil cuarenta y cuatro con 79/00. Artículo 59
Por la tarea de empadronamiento o baja de cada dependiente frente a los organismos de seguridad social, el honorario ascenderá a la suma de $594,29 quinientos noventa y cuatro con 29/00. Artículo 60 Por la actuación y asesoramiento a la empresa o responsable, en recursos administrativos ante el Ministerio de Trabajo, el honorario será igual al 10%
del monto reclamado, con un mínimo de $6.044,79 seis mil cuarenta y cuatro con 79/00. Artículo 61 Por la intervención en la confección de formularios de certificación de servicios y remuneraciones, el honorario será de $237,72 doscientos treinta y siete con 72/00, por año o por fracción certificada con un mínimo de $3.565,75 tres mil quinientos sesenta y cinco con 75/00. HONORARIOS EN MATERIA ACTUARIAL Artículo 63 Por los dictámenes que se emitan sobre la valuación de las reservas técnicas que las entidades y organismos deban constituir y presentar en sus estados contables, el honorario será el que resulta de aplicar la siguiente escala:
Más de Pesos
$ 1.408.561,64
$ 2.817.123,26
$ 5.629.456,01
$ 14.085.616,32
$ 42.256.848,97
$ 126.770.560,22
$ 352.140.434,72

A pesos $ 1.408.561,64
$ 2.817.123,26
$ 5.629.456,01
$ 14.085.616,32
$ 42.256.848,97
$ 126.770.560,22
$ 352.140.434,72
En Adelante
Monto Fijo en $ Más de Sobre Exced. de $
$ 71.875,32
$ 71.875,32
40,00
$ 1.408.561,64
$ 143.767,63
30,00
$ 2.817.123,26
$ 251.657,04
20,00
$ 5.629.456,01
$ 467.299,99
10,00
$ 14.085.616,32
$ 826.710,59
5,00
$ 42.256.848,97
$ 1.365.902,88
2,50
$ 126.770.560,22
$ 2.084.859,91
1,00
$ 352.140.434,72

Sobre el importe básico de la escala precedente, el honorario se determinará como sigue: a Reservas matemáticas y fondos de acumulación o de dividendos, de seguros de la rama de vida: el 100% ciento por ciento de la escala. b Reservas matemáticas, fondos de acumulación y adicionales, de ahorro y capitalización: el 60% sesenta por ciento de la escala. c Fondos de ahorro, depósitos de ahorro, fondos pendientes de adjudicar y coeficientes de ahorro, en las distintas modalidades de ahorro y préstamos: el 40% cuarenta por ciento de la escala. d Reservas para riesgos en curso de seguros elementales y reservas equivalentes a matemática, en los seguros colectivos de vida, el 30% treinta por ciento de la escala. A los fines del presente artículo, el monto de las reservas técnicas de las entidades aseguradoras se computarán sin deducciones en concepto de reaseguros pasivos. Artículo 64 Por la realización de las valuaciones y proyecciones actuariales requeridas para establecer el real estado económico financiero de regímenes previsionales jubilaciones, pensiones y subsidios en funcionamiento, con las indicaciones técnicas para su eventual reforma:
Cantidad de Afiliados

10.000
20.000
50.000

Honorarios $ 718.821,19
$ 898.857,58
$ 1.168.258,47

Más de 50.000

$ 1.401.899,97

Hasta 10.000
20.000

Artículo 65 Por las elaboraciones demográficas, valuaciones y proyecciones actuariales necesarias para la determinación de las bases técnicas, requeridas para la implementación de regímenes previsionales jubilaciones, pensiones y subsidios originarios o complementarios:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Cantidad de Afiliados

Hasta 10.000
10.000 20.000
20.000 50.000
Más de 50.000

Honorarios $ 862.724,66
$ 1.078.367,61
$ 1.401.899,97
$ 1.682.320,72

Artículo 66 Por las elaboraciones demográficas y biométricas necesarias para la determinación actuarial del costo de los seguros de salud en funcionamiento o a instituirse, con la determinación de las tablas actuariales de prestaciones, cuotas o tasas de aportes necesarios para su financiación con las indicaciones para la redacción de los estatutos orgánicos o para su eventual reforma:
Cantidad de Afiliados Honorarios
Hasta 20.000
$ 431.285,93

20.000 50.000
$ 560.807,54

Más de 50.000

$ 655.130,10
Artículo 67 Por la realización de verificaciones actuariales de regímenes previsionales y de seguridad social en general:
Cantidad de Afiliados
Hasta 10.000

10.000 20.000

20.000 50.000

Más de 50.000

Honorarios $ 287.535,27
$ 359.410,59
$ 467.299,99
$ 539.192,30

Artículo 68 Por la preparación de planes de ahorro y préstamo, préstamo con ahorro previo, crédito recíproco u otras formas de denominación, incluyendo la confección de las tablas de cuotas de ahorro y amortización, plazo de espera y valores de rescate: $539.192,30 quinientos treinta y nueve mil ciento noventa y dos con 30/00 HONORARIOS EN MATERIA
SOCIETARIA Artículo 71Por la intervención del profesional en ciencias económicas en los siguientes actos societarios, sin perjuicio de la participación que corresponda a otras profesiones en lo que sea de su incumbencia: 1. Constitución de sociedades comerciales, cooperativas, mutuales o entidades civiles de cualquier naturaleza por: a Asesoramiento: Análisis de los aspectos impositivos, financieros, previsionales, contables, administrativos y societarios, para la elección del tipo social o forma asociativa más adecuada e introducción de cláusulas apropiadas. b Redacción del instrumento de constitución, estatutos y demás documentación complementaria. c Actuación para la obtención de la conformidad administrativa, autorización e inscripción en los registros pertinentes. El honorario se establecerá entre el 2% y el 5% sobre el valor patrimonial a aportar, según el alcance de la tarea, con un mínimo de $67.171,93 sesenta y siete mil ciento setenta y uno con 93/00. 2. Asambleas o reuniones de socios de sociedades comerciales, cooperativas, mutuales o entidades civiles de cualquier naturaleza por: a Asesoramiento: Análisis de los aspectos impositivos, financieros, previsionales, contables, administrativos y societarios vinculados con estos actos, inclusive aumentos de capital y reformas contractuales. b Redacción de las actas pertinentes y demás documentación complementaria. c Actuación para la obtención de la conformidad administrativa, autorización e inscripción en los registros correspondientes. El honorario se establecerá, según el alcance de la tarea: 1. Entre el 1% y el 3% sobre el valor del patrimonio neto, con un mínimo de $67.171,93 sesenta y siete mil ciento setenta y uno con 93/00, en los casos de aumento de capital o reformas contractuales; y 2. Entre el 0,5% y el 2% sobre el valor del patrimonio neto, con un mínimo de $47.033,94 cuarenta y siete
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/01/2024 - 3º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaysArgentine

Date02/01/2024

Page count47

Edition count3991

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/08/2024

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