Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/01/2023 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 12
CORDOBA, R.A., MARTES 17 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

terapéutica y quirúrgica, con o sin internación y demás actividades relacionadas a la salud y servicios de atención médica. 11 Constituir, instalar y comercializar editoriales y gráficas en cualquier soporte. 12 Instalación y explotación de establecimientos destinados a la industrialización, fabricación y elaboración de las materias primas, productos y subproductos relacionados directamente con su objeto social. 13 Importación y exportación de bienes y servicios. 14 Actuar como fiduciante, fiduciaria, beneficiaria, fideicomisaria, por cuenta propia o por cuenta de terceros y/o asociada a terceros, en todo tipo de emprendimientos.A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente instrumento. Capital: El capital es de pesos ciento ochenta mil 180000 representado por 180000 acciones de valor nominal Uno 1.00
pesos cada acción, ordinarias, nominativas, no endosables de clase B, con derecho a 1 voto.
Suscripción: 1 VICTOR EDUARDO PARAJON
SOZA, suscribe la cantidad de Ciento Ochenta Mil 180000 acciones, por un total de pesos Ciento Ochenta Mil $.180000. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo del Sr. 1
VICTOR EDUARDO PARAJON SOZA D.N.I. N
19.046.828 en el carácter de administrador titular.
En el desempeño de sus funciones y actuando en forma individual o colegiada según el caso. El Sr. 1 ISIDORO NAON D.N.I. N 33.389.597 en el carácter de administrador suplente. Durarán en sus cargos mientras no sean removidos por justa causa. Representación: la representación legal y uso de firma social, estará a cargo del Sr. VICTOR
EDUARDO PARAJON SOZA D.N.I. N 19.046.828
Durará su cargo mientras no sea removido por justa causa. Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura. Ejercicio Social: 31/12.

ACTA Nº 115: En la ciudad de Leones, departamento Marcos Juárez, provincia de Córdoba, a los veinticinco días del mes de Noviembre del año dos mil veintidós, siendo las diez horas, se reúnen en su local social la totalidad de los integrantes de la
sesión con dos temas a tratar: 1 La ratificación y correspondiente inscripción en el Registro Público de Comercio de las cesiones de cuotas sociales realizadas mediante el contrato que se reproducirá mas adelante; y 2 La renuncia del Sr. Néstor Hugo Boccardo a su calidad de Socio Gerente de la sociedad. Respecto al primer tema, el Sr. Hugo Horacio Pedro Boccardo toma la palabra y propone la ratificación y correspondiente inscripción en el Registro Público de Comercio de las cesiones de cuotas sociales realizadas mediante el contrato que se reproduce a continuación: CONTRATO DE
CESIÓN GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES.PRIMERA Partes: El Sr. Néstor Hugo Boccardo, D.N.I. 6.525.187, argentino, casado, jubilado, domiciliado en calle Rivadavia N 1.011 de la ciudad de Leones, provincia de Córdoba, en calidad de CEDENTE y los Sres. Hugo Horacio Pedro Boccardo, D.N.I. 12.218.633, argentino, casado, empresario, domiciliado en calle Bautista Peiretti y Av. Fernando Igoillo esquina suroeste de la ciudad de Leones, provincia de Córdoba; Daniel Antonio Boccardo, D.N.I. 7.799.556, argentino, casado, médico, domiciliado en calle Rivadavia N 1.011 de la ciudad de Leones, provincia de Córdoba y Nora María Rosa Boccardo, D.N.I. 12.561.456, argentina, casada, médica, domiciliada en calle Rivadavia N
2.110 de la localidad de Frank, provincia de Santa Fe, en calidad de CESIONARIOS, convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales de ATALAYA Sociedad de Responsabilidad Limitada, sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio en el Protocolo Nº II, bajo el Nº 105, Folio 261/264 de la ciudad de Marcos Juárez, última Prórroga inscripta en el Registro Público de Comercio, Protocolo de Contratos y Disoluciones bajo la Matrícula 2055-B3 del 17 de Septiembre de 2015, con domicilio en Ruta Nacional Nº 9, Km. 463 de la ciudad de Leones Cba., según se detalla a continuación.- SEGUNDA Cesión gratuita de Cuotas Sociales a Hugo Horacio Pedro Boccardo: El Sr. Néstor Hugo Boccardo, titular de sesenta mil 60.000 cuotas sociales de ATALAYA
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cede, dona y transfiere al Sr. Hugo Horacio Pedro Boccardo, veinte mil 20.000 cuotas parte de dicha sociedad, de valor nominal de Pesos diez $ 10
cada una, representativas del uno por ciento 1%
del capital social de ATALAYA Sociedad de Responsabilidad Limitada. La presente cesión se realiza en carácter de donación gratuita, involucrando
ciedad de Responsabilidad Limitada, de valor nominal de Pesos diez $ 10 cada una, representativas del uno por ciento 1% del capital social de ATALAYA Sociedad de Responsabilidad Limitada.
La presente cesión se realiza en carácter de donación gratuita, involucrando la cesión de todos los derechos y obligaciones inherentes a las cuotas cedidas. Por su parte, el cesionario acepta dicha cesión gratuita.- CUARTA Cesión gratuita de Cuotas Sociales a Nora María Rosa Boccardo: El Sr.
Néstor Hugo Boccardo cede, dona y transfiere a la Sra. Nora María Rosa Boccardo, veinte mil 20.000 cuotas parte de ATALAYA Sociedad de Responsabilidad Limitada, de valor nominal de Pesos diez $ 10 cada una, representativas del uno por ciento 1% del capital social de ATALAYA Sociedad de Responsabilidad Limitada. La presente cesión se realiza en carácter de donación gratuita, involucrando la cesión de todos los derechos y obligaciones inherentes a las cuotas cedidas. Por su parte, la cesionaria acepta dicha cesión gratuita.- QUINTA Conocimiento de la situación de la sociedad: Todas las partes, cedente y cesionarios, declaran que a través de los estados contables, comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad, que aceptan y ratifican totalmente.- SEXTA Declaración de libre disposición: El cedente declara que no está inhibido para disponer de sus bienes y que las cuotas partes cedidas se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones u otras restricciones a la libre disposición.- SÉPTIMA Inscripción ante la Inspección General de Justicia: Todas las partes otorgan por éste, poder especial en favor del Dr. Germán Mercader Mat. Pcial. 13-365 /
Mat. Nac. T505 F980, con validez aún para después de sus fallecimientos, para realizar todas las tramitaciones y diligencias necesarias hasta lograr la inscripción definitiva de la presente cesión ante la Inspección General de Justicia, pudiendo elevar la misma a escritura pública, con facultades de aceptar las modificaciones que indique la Inspección General de Justicia, otorgando los instrumentos que resulten necesarios, y para que realice todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueren necesarios para el mejor ejercicio de su mandato, el que podrá sustituir.- OCTAVA Asentimiento conyugal: La Sra. Grumilda Nora Bárbara Pellizzone, D.N.I. F7.552.901, cónyuge del Sr. Nés-

firma Atalaya Sociedad de Responsabilidad Limitada, a saber, Néstor Hugo Boccardo, Daniel Antonio Boccardo, Hugo Horacio Pedro Boccardo, Nora María Rosa Boccardo, Ana Bárbara Boccardo y Juan Carlos Morano, quienes representan la totalidad del capital social de la firma Atalaya Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se inicia la
la cesión de todos los derechos y obligaciones inherentes a las cuotas cedidas. Por su parte, el cesionario acepta dicha cesión gratuita.- TERCERA
Cesión gratuita de Cuotas Sociales a Daniel Antonio Boccardo: El Sr. Néstor Hugo Boccardo cede, dona y transfiere al Sr. Daniel Antonio Boccardo, veinte mil 20.000 cuotas parte de ATALAYA So-

tor Hugo Boccardo, presta la conformidad a la cesión de cuotas efectuada, firmando en prueba de ello al pie.- NOVENA Constitución de Domicilios:
Quedan constituidos los domicilios especiales en los mencionados supra, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones derivadas del presente contrato, sean extrajudiciales o judiciales.- DE-

1 día - Nº 431714 - $ 5155 - 17/01/2023 - BOE

LEONES
ATALAYA SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/01/2023 - 3º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaysArgentine

Date17/01/2023

Page count11

Edition count3994

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Dernière édition08/08/2024

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