Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/12/2018 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 236
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 5 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

men FERNÁNDEZ VIDAL, de 46 años de edad, casada en primeras nupcias con el Sr. Osvaldo Gabriel Gasparini, de nacionalidad argentina, Médica, con domicilio en la calle Crisol N29, Piso 9, Departamento A de la Ciudad de Córdo, ba, D.N.I 16.576.571; la señora Silvia Yamile TURCUMAN, de 43 años de edad, soltera, de nacionalidad argentino, Contadora Pública Nacional, con domicilio en calle Juramento N
2481, B Parque Chacabuco de la Ciudad de Córdoba, D.N.I. N 18.455.886, el señor Oscar Miguel BERTOTTI, de 49 años de edad, divorciado, de nacionalidad argentina, Empresario, con domicilio en calle Justo Liebig N5951, Casa A, de la Ciudad de Córdoba, D.N.I. N 14.537.434, y el señor GENER, Pablo Daniel, de 36 años de edad, casado en primeras nupcias con la Sra.
María Soledad Mancini, de nacionalidad argentino, Abogado, con domicilio en calle Bolívar N
553, 1 Piso, de la Ciudad de Córdoba, D.N.I. N
23.763.034 cuyas respectivas firmas y aclaraciones se registran al final de la presente, a fin de constituir legalmente una Asociación Civil sin fines de lucro bajo la forma de Sociedad Anónima. DENOMINACIÓN: Asociación Civil Jardín Inglés S.A. DOMICILIO: domicilio legal en la , Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina MEDIANTE ACTA RECTIFICATIVA RATIFICATIVA DE FECHA 5 DE SETIEMBRE DE 2016 SE DEJÓ SIN EFECTO EL
ACTA RECTIFICATIVA Y RATIFICATIVA DE FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 2014 Y MODIFICÓ
LOS SIGUIENTES PUNTOS: SEDE SOCIAL:
Se fija como sede social la Mza. 160 Lote 6 de Bº Jardín Ingles, Valle Escondido de la Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, República Argentina. MODIFICACIÓN Y AUMENTO DE CAPITAL: Advirtiéndose un error material en el acta constitutiva referido a capital suscripto por la socia Turcuman y la necesidad de adecuar el capital a las exigencias actuales, se resuelve modificar y aumentar el capital social de ciento treinta 130 acciones que fueron suscriptas originariamente, a ciento treinta y ocho 138 acciones, todas de pesos un mil $1.000 valor nominal, ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción, De esta forma, se modifica el artículo 4 el estatuto social, que quedará redactado de la siguiente forma: ARTICULO 4: El capital social es de pesos ciento treinta y ocho mil $138.000, representado por ciento
se realice, se requerirá la conformidad del setenta y cinco por ciento 75% del capital social.ADMINISTRACIÓN: Aclarar que el señor Osvaldo Gabriel GASPARINI, D.N.I. 17.110.538 había sido designado para ocupar el cargo de Director Titular y Presidente del primer Directorio de la Sociedad, y que la señora la señora Silvia Yamile TURCUMAN, D.N.I. N 18.455.886, había sido designada para ocupar el cargo de Director Suplente.- Que en razón del vencimiento del mandato de dichas personas, se resuelve aprobar su gestión y designar un nuevo director quien tendrá el cargo de Presidente del Directorio, siendo elegido para ello el Señor RUBÉN EDUARDO CANCÉ, DNI 13.070.116, argentino, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión ingeniero electricista, con domicilio real en Lote 6 de la Manzana 160 en Barrio Jardín Ingles de Valle Escondido, Córdoba, y como directora suplente nuevamente a la Señora SILVIA YAMILE
TURCUMAN, DNI 18.455.886, argentina, mayor de edad, soltera, de profesión contadora pública, con domicilio en Lote 8 de la Manzana 156 de Barrio Jardín Ingles de Valle Escondido, Córdoba, quienes manifiestan que aceptan el cargo respectivamente, declarando bajo juramento que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades del art. 264 de la Ley 19.550 y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 256, último párrafo de la ley 19.550, fijan domicilio especial en los enunciados precedentemente.- Asimismo se acuerda que ambos cargos serán Ad Honorem y sin retribución alguna, salvo los gastos propios que demande su función. Además, y en cumplimiento al estatuto, cada director deberá prestar una garantía de pesos cinco mil $5.000 en efectivo que será acreditada en la caja de la sociedad.- Reformar el Artículo 12 del ESTATUTO SOCIAL de ASOCIACIÓN CIVIL
JARDÍN INGLÉS S.A con el objeto que la insti, tución prescinda de sindicatura, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO
12: La Sociedad prescinde de la sindicatura, conforme lo previsto por el art. 284 de la ley 19.550, salvo el supuesto previsto en el art. 299
inc. 2 del mismo cuerpo legal, debiéndose en consecuencia designar un síndico titular y un suplente, con mandato por tres ejercicios.- Al no existir síndico, los accionistas tendrán las facultades que les acuerda el art. 55 de la L.S.C.
. Asimismo y en esta oportunidad, se procede
ministración de la asociación estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros titulares que fije la asamblea ordinaria entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus cargos por el término de tres ejercicios, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. El cargo de directores se entiende prorrogado hasta que sean designados los sucesores por la asamblea ordinaria, aún cuando haya vencido el plazo por el que fueron reelegidos y hasta tanto los nuevos miembros hayan tomado posesión de sus cargos. La asamblea ordinaria podrá designar en igual o menor número y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produzcan. El directorio funcionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En su primera reunión el Directorio designará un Presidente entre sus miembros. En caso de existir pluralidad de Directores titulares, designará además un Vicepresidente. El presidente tiene doble voto en caso de empate.- Los Directores deberán prestar una garantía de pesos cinco mil $5.000, pudiendo la asamblea fijar otro monto y naturaleza de la mismaPLAZO DE DURA.
CION: ART. 2 Estatuto. Su duración es noventa y nueve 99 años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo este término ser prorrogado o disminuido por la Asamblea. OBJETO SOCIAL: ARTICULO
3: La asociación tiene por objeto la realización, sin fines de lucro, de las siguientes actividades:
a La organización, fomento y dirección en todas sus posibilidades y fases, de la actividad social, cultural y de servicios del denominado Barrio Jardín Ingles, ubicado en la urbanización Valle Escondido, de la ciudad de Córdoba. b Propender al conocimiento mutuo y fomentar las relaciones entre los asociados y la comunidad toda, promoviendo actividades vinculadas a la vida en contacto con la naturaleza, el fomento de la participación comunal y vecinal y el desarrollo de programas de integración entre sectores vecinales de su zona de influencia. c Impulsar el desarrollo de actividades culturales, sociales y artísticas entre los asociados y la comunidad en general. d Colaborar con el desarrollo comunitario, en el área de influencia, persiguiendo una finalidad socialmente útil. e Satisfacer las necesidades comunes de los vecinos. f Mejorar la calidad de vida y el desarrollo local, estimular la
treinta y ocho acciones 138 de pesos un mil $1.000 cada una valor nominal, ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por cada acción. Las acciones serán ordinarias nominativas no endosables.- Es prohibido el aumento de capital en los términos del art. 188 de la ley 19.550.- En todo aumento de capital que
modificar los siguientes puntos del acta constitutiva y estatuto social de fecha 09 de diciembre de 2010 Reformar el Artículo 7 del estatuto social, con el objeto de ampliar la duración del cargo de los miembros del Directorio, proponiendo que dicho artículo quede redactado según se transcribe a continuación: ARTÍCULO 7: La ad-

participación cívica, democrática solidaria y de integración de los vecinos. g Convenir acciones o programas de gobierno y participar en la elaboración y realización de programas de progreso para el barrio basado en la autogestión, h impulsar y desarrollar entre sus miembros el concepto de responsabilidad social, la protec-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/12/2018 - 3º Sección

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PaysArgentine

Date05/12/2018

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