Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/02/2017 - 3º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)
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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 25
CORDOBA, R.A., VIERNES 3 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS
lacionen directamente con el objeto social, quedando expresamente prohibido comprometerla en garantías, fianzas o avales a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto social. Para el cumplimiento del objeto social el gerente podrá constituir o ceder toda clase de derechos reales;
Celebrar contratos de compraventa, permuta, cesión; Dar o recibir en locación bienes inmuebles; Administrar bienes en interés de terceros;
Nombrar agentes; Otorgar poderes generales y especiales, sustituir o revocar dichos poderes;
Realizar todo acto o contrato por el cual se adquieran o enajenen bienes; Contratar o subcontratar cualquier clase de negocios; Operar con bancos oficiales, privados, mixtos, nacionales, o extranjeros, creados o a crearse, con sujeción a sus leyes y reglamentos, con facultades para solicitar créditos, abrir o cerrar cuentas corrientes, a plazo fijo y cajas de ahorros ante dichas entidades, dar y/o tomar dinero prestado a inte-
rés o sin él y verificar toda clase de operaciones bancarias que tengan por objeto librar, descontar, aceptar, endosar, cobrar, enajenar, aceptar, negociar de cualquier modo letras de cambio, pagarés, giros, cheques y otras obligaciones y documentos de crédito, con o sin garantía, girar en descubierto hasta la cantidad autorizada por los bancos, constituir en los bancos depósitos de dinero o valores pudiendo extraer total o parcialmente esos u otros depósitos constituidos a nombre de la sociedad durante la vigencia de este contrato y realizar cualquier otro tipo de operaciones bancarias; Constituir hipotecas, prendas y otras garantías de acuerdo a las disposiciones legales vigentes en las formas y condiciones que considere más conveniente;
dejando aclarado que la presente enumeración es sólo enunciativa, pudiendo además, realizar todos los actos y contratos que hagan al mejor cumplimiento del objeto social, sin otra condi-
ción que la de no comprometer el nombre y el patrimonio social en actos extraños al Objeto Social y en garantías, fianzas o avales a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto social. Esta función de gerente, como así cualquier otra que el socio desempeñe dentro de la Sociedad, será remunerada en la forma como se resuelva en reunión de socios, con cargo al resultado de la explotación. La remoción únicamente procederá por justa causa. La fiscalización, en razón del monto del capital de la Sociedad, la ejercerán todos los socios según lo dispuesto por el art. 55 de la Ley General de Sociedades N 19.550 y 2 Ratificar la designación en el cargo de Gerente a Alberto Martín TOPALIAN
DNI14.578.694. Juzg. 1 Inst. y 13. Nom. C.C., Conc. y Soc. N 1. EXPTE. N2884815/36. Fdo.:
Andrea Belmaña Llorente - Prosecretaria Letrada.
1 día - Nº 86354 - $ 2796 - 03/02/2017 - BOE
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