Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/05/2012 - 3º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

BOLETÍN OFICIAL

8
naria entre un mínimo de uno y un máximo de tres Directores Titulares, electos por el término de tres ejercicios. La Asamblea puede designar mayor, menor o igual número de Directores Suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. En caso de prescindencia de la Sindicatura, la designación de Directores Suplentes es obligatoria.
DESIGNACIÓN
DE
AUTORIDADES: Director Titular y Presidente:
Damián Marcelo Zuppa Cravero; Director Suplente: Cecilia Verónica Valazza.
REPRESENTACIÓN LEGAL Y USO DE LA
FIRMA SOCIAL: Está a cargo del Presidente del Directorio y en su caso de quien legalmente lo sustituya. FISCALIZACIÓN: La fiscalización de la sociedad está a cargo de Un Síndico Titular elegido por la Asamblea Ordinaria por el término de 1 ejercicio. La Asamblea debe elegir igual número de suplentes por el mismo término. Si la Sociedad no estuviera comprendida en las disposiciones del Artículo nº 299 de la Ley 19.550, podrá prescindir de la Sindicatura. Los Socios prescinden de la Sindicatura. CIERRE DEL EJERCICIO SOCIAL:
30 de junio de cada año.
N 11467 - $ 268.LOUPE S.A.
En la Ciudad de Córdoba, a 26 días del mes de diciembre de dos mil once, el Señor Marcos Emiliano Lazarte DNI 32.124.286, soltero, de ocupación comerciante, de nacionalidad Argentina, con domicilio real en calle Neper 5639, Barrio Villa Belgrano, ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, por una parte y por la otra el Señor Gaston Nielsen, DNI:
31.838.131, soltero, de ocupación comerciante, nacionalidad Argentina, con domicilio real en calle Perez de Herrera Nº 2172, Barrio Cerro de las Rosas, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina; quienes se reúnen a los fines de: I. Constituir una Sociedad Anónima, con domicilio legal en la calle 9 de Julio Nº 791, Barrio Alberdi de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, cuyo capital es de pesos Veinte Mil $20.000, representado por doscientas acciones de pesos cien $100 de valor nominal cada una, ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción. El Socio Marcos Emiliano Lazarte suscribe ciento cincuenta 150 acciones y el socio Gaston Nielsen suscribe cincuenta 50
acciones.II. El capital social se compone por aporte de dinero en efectivo, por un valor de pesos veinte Mil $20.000,00, y se integra en este acto un veinticinco por ciento 25% de lo suscripto en dinero efectivo, y el saldo lo integrarán a solicitud del Directorio dentro del primer año desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad que en este acto se constituye se regirá por las disposiciones de la Ley 19.550 y sus modificatorias, y por el siguiente articulado: ESTATUTO DENOMINACIÓN
PLAZO - OBJETO - ARTICULO PRIMERO:
La Sociedad se denominará LOUPE S.A., y tendrá su domicilio en la calle 9 de Julio Nº 791, Barrio Alberdi, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, pudiendo establecer agencias o sucursales en el resto del país o en el exterior. ARTICULO SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a: la compra, venta de productos oftalmológicos, de optometría, contactología, y afines, como así también realizar servicios de estudio de mercado, enlaces comerciales, asesoramientos técnicos y comerciales, representaciones, consignaciones, comisiones y corretajes de los bienes antes nombrados; Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar inversiones de capitales,
conceder y tomar préstamos con o sin garantía real y personal, formar parte de otras sociedades cualquiera sea su objeto. Quedando excluidas las actividades comprendidas en la ley de entidades financieras. La sociedad a los fines de ejecutar los propósitos enunciados en su objeto tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y estos estatutos. ARTICULO TERCERO: Su duración es de 99 años a contar desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. ARTICULO CUARTO: El capital social se fija en la suma de Pesos Veinte Mil $20.000, representado por doscientas 200
acciones de pesos Cien $100 de valor nominal cada una, ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción. El capital puede aumentarse al quíntuplo por resolución de la asamblea ordinaria, conforme al art. 188 de la Ley 19.550. ARTICULO QUINTO: Las acciones y los certificados provisionales contendrán las menciones del artículo 211 y 212 de la Ley 19.550.
Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. ARTICULO SEXTO: En caso de mora en la integración del capital, el directorio queda facultado para proceder de acuerdo con lo determinado por el artículo 193 de la Ley de Sociedades para esos fines, en cualquiera de sus variantes, según lo estime conveniente. ARTICULO SEPTIMO: La administración de la sociedad estará a cargo del directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de tres directores titulares. La asamblea puede designar mayor, menor o igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. El término de su elección es por tres ejercicios. El directorio funciona con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. El Presidente tiene doble voto en caso de empate. La Asamblea fija la remuneración del directorio de conformidad con el art. 261 de la Ley 19.550. ARTICULO OCTAVO: En garantía de sus funciones los titulares depositaran en la caja social la suma de pesos un mil cada uno de ellos, en efectivo o su equivalente en títulos valores públicos. ARTICULO
NOVENO: El Directorio tiene las más amplias facultades de administración y disposición, incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales conforme artículo 1881 del Código Civil, excepto el inc. 6 y las establecidas en el artículo 9
del Decreto Ley Número 5965/63, siempre que tales actos respondan al giro normal y constituyan parte del objeto de la sociedad. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con entidades bancarias y demás instituciones de créditos oficiales y privadas, compañías financieras, otorgar poderes a una o más personas con el objeto y extensión que juzgue conveniente.
ARTICULO DECIMO: La representación legal de la sociedad, inclusive el uso de la firma social, corresponde al Presidente del Directorio. ARTICULO DECIMO PRIMERO: La sociedad prescinde de la sindicatura, en virtud de lo dispuesto por los arts. 55 y 284 de la Ley 19.550;
los socios poseen el derecho de contralor conferido por el art. 55 de la Ley 19.550. ASAMBLEAS ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Las asambleas ordinarias y extraordinarias pueden ser convocadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria en la forma establecida en el Artículo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea unánime.
Deberá mencionarse en la Convocatoria el día y la hora del cierre del Registro de asistencia para la comunicación o el depósito previo de las acciones, establecido en el artículo 238 de la Ley 19.550.

Podrá convocarse simultáneamente en primera y segunda convocatoria, para celebrarse ésta última una vez fracasada la primera. ARTICULO
DECIMO TERCERO: El quórum y el régimen de las mayorías se rigen por lo dispuesto en los artículos 243 y 244 de la Ley 19.550, texto ordenado Decreto 841/84 según las clases de asambleas, convocatorias y materia de que se traten.
La asamblea extraordinaria en segunda convocatoria se considerará constituida válidamente, cualquiera sea el número de acciones con derecho a votos presentes, salvo los supuestos de los arts. 70 última parte, y 244 in fine de la Ley 19.550. BALANCE
DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES ARTICULO DECIMO CUARTO: El ejercicio social cierra el 30 de junio de cada año. A la fecha del cierre del ejercicio, se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y normas técnicas en vigencia.
ARTICULO DECIMO QUINTO: Las ganancias realizadas y liquidadas se destinarán: a El cinco por ciento 5% al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el veinte por ciento 20% del capital social. b A remuneración del Directorio y Síndicos, en su caso. c A reservas facultativas conforme art. 70 in fine de la Ley 19.550. d A dividendos de acciones ordinarias. f El saldo al destino que determine la Asamblea. ARTICULO DECIMO
SEXTO: Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su aprobación. DISOLUCIÓN
LIQUIDACIÓN - ARTICULO DECIMO
SEPTIMO: Producida la disolución de la sociedad, su liquidación estará a cargo del o de los liquidadores designados por Asamblea extraordinaria quienes deberán actuar conforme a lo dispuesto en los arts. 101, sgs. y ccs. de la Ley 19.550, y bajo la fiscalización del síndico en su caso. III.- Seguidamente los socios aprueban el Estatuto Social, por el que se regirá la sociedad.
IV.- Se designa para integrar el Directorio con el cargo de Presidente al Señor Gaston Nielsen, DNI:
31.838.131, soltero, de ocupación comerciante, de Nacionalidad Argentina, con domicilio real en calle Perez de Herrera Nº 2172, Barrio Cerro de las Rosas, ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina. Y en el cargo de Director Suplente al Señor Marcos Emiliano Lazarte DNI 32.124.286, soltero, de ocupación comerciante, nacionalidad argentina, con domicilio real en calle Neper 5639 Barrio Villa Belgrano, ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina. Los señores Directores, presentes en este acto, aceptan el cargo para el que fueron designados, notificándose del tiempo de duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades del art. 264 de la ley 19.550 y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 256, último párrafo de la ley 19.550, fijan domicilio en la calle 9 de Julio Nº 791, Barrio Alberdi, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina. V.Asimismo, confieren Poder Especial a favor de los Dres. Rodrigo Florencio Escribano, DNI:
22.776.502, y Marcos Nielsen, DNI: 30.986.463
para que actuando en forma indistinta o alternativa, realicen todas las gestiones necesarias ante la Inspección de Personas Jurídicas y en el Registro Público de Comercio, con facultad para presentar y firmar escritos y escrituras ampliatorias o aclaratorias, con relación a las observaciones que se formularen en el trámite de inscripción de la sociedad, y para actuar ante el Banco de Córdoba con relación al depósito que determina el artículo 187 de la Ley 19.550, con facultad para efectuar dicho depósito y retirar los fondos oportunamente.- Y asimismo efectúen ante la Dirección General Impositiva y demás organismos públicos o privados, todos los trámites necesarios para la inscripción de la sociedad y de sus
Córdoba, 22 de Mayo de 2012
integrantes. Y para efectuar desgloses y realizar en fin cuantos más actos, gestiones y diligencias sean conducentes para el cumplimiento de su cometido.- Con lo que finaliza el acto en el lugar y fecha consignados al comienzo del acta. No habiendo otro punto que tratar, y siendo las 10.15
horas, se decide finalizar la reunión, previa lectura y ratificación de lo expuesto, para lo cual los presentes firman el acta.
N 11469 - $ 520.BESSORE S.R.L.
CONSTITUCIÓN EXPTE. 2220089/36
Socios: Srta. Malena Georgina Supicciatti, argentina, DNI 37.822.218, de 18 años de edad, domiciliada en calle Camino San Antonio Km 4 y 1/2 s/n, Parque San Antonio de esta ciudad de Córdoba, de estado civil soltera, de profesión estudiante y el Sr. Omar Luis Supicciatti, argentino, DNI 17.629.274, de 45 años, domiciliado en calle Camino San Antonio Km 4 y 1/2 s/n, Parque San Antonio de esta ciudad de Córdoba, de estado civil casado en 2º nupcias con Claudia Analía Córdoba, de profesión mecánico. Fecha Instrumento: 12-09-2011.- Denominación:
BESSORE S.R.L. Domicilio: Jurisdicción de la Ciudad de Córdoba; Sede Social: Camino San Antonio Nº 4.830 Barrio Inaudi, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina.Plazo: cincuenta 50 años desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio;
Objeto: La sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuenta propia y/o de terceros, y/o asociada a terceros en el país , las siguientes actividades: a Servicio de auxilio y remolque y traslado de vehículos. b mecánica ligera.- Capital Social: pesos TREINTA MIL $ 30.000 formado por TRESCIENTAS 300 cuotas sociales de un valor de pesos cien $ 100.- cada una, que los socios suscriben e integran del siguiente modo: a La socia Malena Georgina Supicciatti la suma de pesos VEINTISIETE MIL $ 27.000 equivalente a DOSCIENTAS SETENTA 270 cuotas sociales y b El socio Omar Luis Supicciatti la suma de pesos TRES MIL $ 3.000 equivalente a TREINTA 30 cuotas sociales.- El capital se integra en un veinticinco por ciento 25% en este acto en dinero efectivo, y el saldo se deberá integrar en un plazo no mayor de dos 2 años.Administración-Representación:
La administración de la sociedad será ejercida por la Srta. Malena Georgina Supicciatti, que revestirá el carácter de socia - gerente y tendrá la representación legal obligando a la sociedad mediante su firma y sello de la sociedad. Durará en su cargo el plazo de la duración de la sociedad.Cierre de Ejercicio: El 31 de Diciembre de cada año.- Juzgado 33º C y C. Oficina 12/04/2012.
N 11466 - $ 120.IMPORTFLORES S.R.L.
Constitución de Sociedad Juzgado de 1 Inst. y 3 Nom. Autos, IMPORTFLORES S.R.L. IRPC
Constitución Expte. 2301535/36, por contrato constitutivo del 10/04/2012, los señores SILVANO ERNESTO CACCIAMANO, de nacionalidad argentino, estado civil casado CUIT
Nº 20-22564881-7, de 40 años de edad, de profesión comerciante, domiciliado en Calle Rancagua 7500. Bº Villa Retiro, Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba y MARIO ANTONIO
CACCIAMANO, de nacionalidad argentino, estado civil casado CUIT Nº 20-24691005-8, de 36 años de edad, de profesión comerciante, domiciliado en Calle Gral. Guillermo Miller 3850
Bº Patricios Oeste, ciudad de Córdoba, Provincia

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/05/2012 - 3º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaysArgentine

Date22/05/2012

Page count13

Edition count3990

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2012>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031