Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/08/2011 - 3º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Córdoba, 18 de Agosto de 2011
LEMU S.A.
Edicto Rectificatorio y Ratificatorio Se rectifica Publicación Nº 19199 del día 11 de agosto de 2011, en donde la accionista y presidenta del directorio, figura como MUÑOZ SILVIA
NELY, debe decir MUÑOZ SILVIA NELLY. Se ratifica el contenido restante.
N 20548 - $ 40.LELICA S.A.
DISOLUCION
Edicto Complementario Publicación de fecha 17
de febrero de 2011: Liquidador: Edgardo Martin Miriani; D.N.I. 27.539.870, constituyendo domicilio especial en la sede social.
N 20799 - $ 40.URBE VIAL S.A.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD
Fecha de Constitución: 26 de julio de 2011.
Plazo de duración: 99 años a contar desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Socios: Juan Carlos Velasco, argentino, DNI Nº 25.247.069, de profesión ingeniero civil, con domicilio en calle Barros Pasos 3236 2º A, Bº Bajo Palermo, Córdoba, de estado civil casado, nacido el 16 de noviembre de 1976; Esteban Moore, argentino, DNI Nº 25.246.770, de profesión estudiante, con domicilio en calle Angel Gallardo 1624, Bº Sargento Cabral, Córdoba, de estado civil soltero, nacido el 21
de septiembre de 1976; y Pablo Sebastián Baez, Argentino, DNI Nº 25.136.624, de profesión ingeniero civil, con domicilio en calle Araucaria 348, Bº El Talar de Mendiolaza, Mendiolaza, casado, nacido el día 25 de junio de 1976.
Denominación: URBE VIAL S.A., Domicilio:
Barros Pasos 3236 2º A, Bº Bajo Palermo, Córdoba. Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar por si o por terceros o asociada a terceros con las limitaciones de la Ley las siguientes actividades: CONSTRUCTORA: ejecución de obras de arquitectura e ingeniería, viviendas, edificios, obras viales, movimientos de suelo, excavaciones, redes de agua, gas y cloacas.
INMOBILIARIAADMINIS TRACIÓN DE
INMUEBLESCONS TRUCTORA: Mediante la compra-venta, permuta, construcción, arrendamientos, alquileres y administración de bienes inmuebles urbanos y rurales, realización de loteos, fraccionamientos y todas las operaciones sobre inmuebles que regula el régimen de la Propiedad Común, Régimen de la Propiedad Horizontal y Régimen establecido por la Ley 14.005 y normas regulatorias y complementarias, la organización, administración y explotación de clubes de campo, countries, barrios privados y todo otro sistema de multipropiedad. COMERCIALES:
mediante la compra, venta, alquiler, permuta, importación, exportación, leasing y distribución de equipos, artículos y bienes para la construcción.
CONSULTORIA
ASESORAMIENTO: mediante la prestación de servicios de consultoría y asesoramiento en materia de ingeniería. FINANCIERA:
Inversiones, aportes de capital de personas físicas o jurídicas, constituidas o a constituirse, nacionales o extranjeras, para la realización de negocios presentes o futuros. Concesión de prestamos, créditos a interés, indexables, amortizables o no con fondos propios, con o sin garantías, a personas físicas o jurídicas excluyéndose el desempeño de las actividades financieras que supongan una intermediación
BOLETÍN OFICIAL
publica entre la oferta y la demanda de recursos financieros regulados por la Ley de Entidades Financieras. Constitución de derechos reales y/o personales, compra-venta de títulos públicos, bonos, acciones, debentures y todo otro valor mobiliario. Efectuar inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente liquidables, efectuar prendas, hipotecas y cualquier otra transacción que garantice la actividad desarrollada. LICITACIONES: Mediante representante, por si o en representación, podrá intervenir en licitaciones públicas de entes públicos o privados, nacionales o extranjeros. Podrá también intervenir en concursos de precios, sean estos públicos o privados. Para la prosecución de los mismos la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes y estos estatutos autorizan. Capital: el capital es de pesos treinta mil $ 30.000
representado por tres mil 3.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de diez pesos $ 10 valor nominal cada una de clase A que confieren cinco votos por acción que se suscriben de la siguiente manera: el Sr. Juan Carlos Velasco mil cincuenta 1.050 acciones ordinarias nominativas no endosables de diez pesos $10 valor nominal cada una de clase A que confieren 5 votos por acción lo que representa diez mil quinientos pesos $
10.500 de capital social, el Sr. Esteban Moore mil cincuenta 1.050 acciones ordinarias nominativas no endosables de diez pesos $10 valor nominal cada una de clase A que confieren 5 votos por acción lo que representa diez mil quinientos pesos $ 10.500 de capital social, y el Sr. Pablo Sebastián Baez novecientas 900 acciones ordinarias nominativas no endosables de diez pesos $10 valor nominal cada una de clase A que confieren 5 votos por acción lo que representa nueve mil pesos $ 9.000 de capital social.
El capital suscripto se integra un 25% en efectivo en este acto y el saldo en el término de dos años. Administración y representación: La administración de la Sociedad esta a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros que fije la asamblea ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de diez electos por el término de tres ejercicios. La asamblea Ordinaria podrá designar suplentes en igual o menor numero que los titulares con el fin de elevar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección.- Nomina de Directores:
Presidente: Luis Rubén Castoldi, Director Suplente: Maria Laura Araya Ammann.
Representación: La representación legal de la sociedad, inclusive el uso de la firma social estará a cargo del presidente del Directorio y/
o del Vicepresidente en su caso, quienes pueden actuar en forma indistinta o de dos directores en forma conjunta. Para la transferencia de fondo de comercio, designación de gerentes o apoderados, directores o no, compra y venta de propiedades y automotores, constitución de hipotecas y prendas, será necesario la firma del presidente o la designación de algún apoderado que este o el directorio designen con poder especial. Fiscalización: En uso de las facultades otorgadas por la Ley 19.550
sus complementarias y modificatorias, la sociedad prescindirá de sindicatura pudiendo los socios ejercer el derecho de contralor que confiere el Art. 55 de la Ley 19.550. Cuando por cualquier causa la sociedad se encontrase comprendida en alguno de los supuestos a que se refiere el Art. 299 inc 2 de la Ley 19.550, la fiscalización de la sociedad estará
3

a cargo de un síndico titular y un síndico suplente, elegidos por la asamblea ordinaria por el término de tres ejercicios. Los síndicos deberán reunir las condiciones y tendrán las funciones derechos y obligaciones establecidas por la Ley 19.550. Cierre de ejercicio: el 30 de junio de cada año. Dpto. Sociedad por Acciones, Córdoba, 12 de agosto de 2011.
N 20767 - $ 352.MERCATEX S.R.L.
DISOLUCION
Por Acta de fecha 23 de Febrero de 2011, el Sr. Pedro Ignacio Gutiérrez Méndez D.N.I.
22.637.443, el Sr. Pedro Viterman Gutiérrez D.N.I. 8.166.371 y la Srta. María Mercedes Gutiérrez Méndez D.N.I. 26.313.789
constituyendo el cien por cien del capital social han resuelto por unanimidad resolver los siguientes puntos del orden del día: 1
DESIGNACION DE LOS SOCIOS QUE
SUSCRIBIRAN EL ACTA: Puesto el tema a consideración y luego de una breve deliberación, se decide que la suscribirán la totalidad de los socios presentes. 2 DISOLUCION DE LA
SOCIEDAD: Propuesto el primer punto para su tratamiento, toma la palabra el Sr, Pedro Ignacio Gutiérrez Méndez, quien advierte que en virtud de las disposiciones del Art. 94 inc. 1
de la Ley 19.550 propone disolver la sociedad.
Luego de su deliberación se aprueba el primer punto por unanimidad. 3 NOMBRAMIENTO
DE UN LIQUIDADOR, QUIEN ESTARA
FACULTADO PARA CELEBRAR TODOS
LOS ACTOS NECESARIOS PARA LA
REALIZACION DEL ACTIVO Y
CANCELACION
DEL
PASIVO, ACTUANDO CONFORME ART. 101
SIGUIENTES Y CONCORDANTES DE LA
LEY 19.550: Atento a la decisión adoptada en el punto anterior, se propone como liquidador al Sr. Pedro Ignacio Gutiérrez Méndez, haciendo presente las eximias condiciones morales e intelectuales que posee el nombrado quien acepta el cargo para el que fue designado, fijando domicilio especial en Avda. Gral. Paz Nro. 120
- piso 10 Of. N, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, Republica Argentina. El liquidador será además el depositario de los libros y demás documentos sociales, conforme ultima parte del Art. 112 de la Ley 19.550. Se aprueba el punto 2 del Orden del día sin observaciones y por unanimidad.4 APROBACION DEL
BALANCE Y PROYECTO DE DISTRIBU
CION FINAL: Puesto el punto a consideración y aclarado por el presidente que el balance final de liquidación y el proyecto de distribución estuvieron a disposición de los socios con la exigida anticipación legal, se procede a la trascripción del segundo: Teniendo en cuenta que no hay utilidades para distribuir, se propone distribuir el saldo de caja de diez mil $10.000
que constituyen el 100% del Capital Social, en proporción a los aportes realizados por cada socio, correspondiéndole a cada socio el detalle a continuación: - Pedro Viterman Gutiérrez $
6.000 - Pedro Ignacio Gutiérrez Méndez $
2.000 - Maria Mercedes Gutiérrez Méndez $
2.000 - Avanzada la deliberación se procede a la votación, resultando el ítem aprobado por unanimidad. Juzg. 26º C y C.
N 20877 - $ 144.KILLA KANCHANI S.A.
Constitución de sociedad Fecha: Por Acta Constitutiva del 15/06/2011.
Socios: Ceferina Cristina Flores, nacida el
12.7.1966, productora agropecuaria, D.N.I.
17.783.469, soltera y Oscar Antonio Ribe Nill, nacido el 14.12.1955, empleado, D.N.I.
11.972.878, divorciado; ambos argentinos, domiciliados en Av. Morcillo 1969 Barrio Maipú II, de la ciudad de Córdoba. Denominación:
Killa Kanchani S.A. Domicilio-Sede:
jurisdicción de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Sede: Coronel Olmedo 415 Local Nº 2. Plazo: 99 años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros, en cualquier parte de la República Argentina, y/o en el extranjero a: I Explotar en todas las formas posibles establecimientos agrícolas. II Explotación del negocio de agro insumos, cereales, semillas, artículos rurales, asesoramiento y servicios agrícola ganaderos, a saber: realización de operaciones de compra, venta, importación y exportación, permuta, explotación comercial, cesión, transferencia, arrendamiento, depósito, representación, comisión, consignación y distribución de granos, cereales, ganado, frutos, semillas, agroquímicos, fertilizantes, artículos rurales, maquinarias, repuestos y alimentos para animales. III
Prestación de servicios profesionales, consultoría y asesoramiento en el área eléctrica, confección de diseños, planos, desarrollo de obras, montaje, mantenimiento y realización de trámites ante autoridades competentes, con el profesional correspondiente, tanto en Baja Tensión, como en Media Tensión. IV Compra, venta, importación y exportación de artículos y productos eléctricos, en Media Tensión y Baja Tensión afines para la industria eléctrica.
V Toda clase de negocios inmobiliarios, compra y alquiler de bienes raíces, administración de propiedades, realización de loteos y fraccionamiento de inmuebles, incluso las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos sobre Propiedad Horizontal, construcción de cualquier tipo de edificación, compra-venta, alquiler y leasing de bienes muebles e inmuebles y a la ejecución, asesoramiento, dirección y administración de proyectos, obras y servicios de arquitectura e ingeniería. Para el ejercicio del corretaje inmobiliario deberán cumplimentar las disposiciones establecidas en el Artículo dieciséis de la Ley Provincial 7191. Para el cumplimiento del objeto podrá realizar actividades: 1 Comerciales: compra, venta, importación y/o exportación de materias primas elaboradas o semielaboradas; equipos y repuestos que sean conexos para el cumplimiento del objeto social; distribución y consignación de los productos de su objeto; dar y tomar concesiones, arrendamientos con opción a compra leasing y/o franquicias comerciales franchising propias o de terceros.
2 Transporte de carga en equipos de carga especiales propios o de terceros, servicios de depósitos de mercaderías, distribución y entrega, operaciones de logística múltiples y complejas en cualquiera de las formas y modalidades permitidas por las leyes vigentes.
A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos permitidos por las leyes y el presente estatuto.- Capital:
$40.000.- representado por 400 acciones de $100,00, valor nominal cada una, ordinarias, nominativas no endosables, de la clase A, con derecho a 1 voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto conforme el artículo 188 de la Ley 19550/72.
Suscripción: Ceferina Cristina Flores: 200
acciones y Oscar Antonio Ribe Nill: 200
acciones. Administración: a cargo de un

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/08/2011 - 3º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaysArgentine

Date18/08/2011

Page count4

Edition count3979

Première édition01/02/2006

Dernière édition18/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2011>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031