Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2011 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Córdoba, 11 de Marzo de 2011
realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, fuera o dentro del país, con la limitación de la ley, las siguientes actividades: estudio, investigación, desarrollo tecnológico, fabricación, producción, comercialización, exportación e importación de productos médicos, odontológicos y de estética bucal y los softwares y equipamientos vinculados en forma directa a éstos y de todo otro producto, software y/o equipamiento asociado a ellos. Para el cumplimiento de los fines sociales, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directamente con su objeto. Plazo:
99 años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital: el capital social es de Pesos Treinta mil $ 30.000
emitiéndose Treinta Mil 30.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, Clase "B"
de un voto por acción y de Pesos Uno $ 1 cada una valor nominal, suscribiendo los socios en la siguiente proporción: SAMI S.A. 15.900 acciones o sea $ 15.900 equivalente al 53% Fernando Martín Schvartz, 9.900 acciones, o sea $ 9.900
equivalente al 33% y Diego Ignacio Uribe Echeverría, 4.200 acciones o sea $ 4.200
equivalente al 14%. Administ.: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio unipersonal, electo por el término de tres 3
ejercicios, pudiendo ser reelegibles indefinidamente. La asamblea puede designar igual o mayor número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección, asimismo, podrá aumentar el número de directores hasta un máximo de tres. Primer Directorio electo por tres ejercicios: Designar para integrar el Primer Directorio de la Sociedad a las siguientes personas: Sr. Mario Agusto Barra, DNI N 18.437.723
como Director Titular en el cargo de Presidente y como Director Suplente al Sr. Fernando Martín Schvartz. Represent.: La representación legal de la sociedad y el uso de la firma social corresponde al Presidente del Directorio y al Vicepresidente en forma indistinta, pudiendo, asimismo, delegar la parte ejecutivo de las operaciones sociales en cualquier miembro de su cuerpo, gerentes o apoderados con las facultades y atribuciones que le confiera el mandato que se les otorgue.
Fiscalización: la asamblea podrá prescindir de la sindicatura conforme el art. 284 en cuyo caso la fiscalización estará a cargo de los accionistas con facultades de contralor. Podrá nombrar un síndico titular y un suplente por el término de tres ejercicios, todo ello con las formalidades de la Ley 19.550. Se prescinde de la sindicatura.
Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
N 2593 - $ 152
COTOBI S.A.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD
Fecha de Constitución: 1/11/2010 y Acta Ratificativa Rectificativa del 20/12/2010.
Duración: noventa y nueve años a contar desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Socios: Graciela Maria Lucia Cena, argentina, D.N.I. Nº 12.559.065, con domicilio en El Plumerillo 2418 de la ciudad de Córdoba, casada, de profesión Comerciante, nacida el 29/03/1958; Carlos Alberto Mascó, argentino, D.N.I. Nº 7.994.642, con domicilio en El Plumerillo 2418
de la ciudad de Córdoba, casado, de profesión Ingeniero, nacido el 22/02/1947; Guillermo Javier Mascó, argentino, D.N.I. Nº 31.668.873, con domicilio en El Plumerillo 2418 de la ciudad de Córdoba, soltero, de profesión comerciante, nacido el 13/07/1985 y Luis Pablo Mascó, argentino, D.N.I. Nº 34.246.174, con domicilio en El Plumerillo 2418 de la ciudad de Córdoba, soltero, de profesión Comerciante, nacido el 21/
01/1989. Denominación: COTOBI S.A..
Domicilio: calle 1º de Mayo 286 de la ciudad de
BOLETÍN OFICIAL
Córdoba, Provincia de Córdoba. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: Construcción:
Construcciones: proyecto y/o construcción, ejecución directa mediante contrataciones y/o subcontratación, dirección y administración de toda clase de obras de ingeniería y arquitectura, civiles, electrónicas, urbanizaciones, pavimentación, construcción de silos, talleres, puentes, viviendas y edificios, también las incluidas en el régimen de propiedad horizontal, proyectos, dirección y construcción de plantas industriales, obras viales; construcción, reparación de edificios de todo tipo y la explotación de sus concesiones. Lo enunciado se concretará con personal y equipos propios o subcontratados. Estudio de Proyecto y Dirección de Obra: estudio, proyecto y dirección de obras de arquitectura e ingeniería; ingeniería de redes; diseño de equipamientos y muebles;
infraestructura de obras sanitarias y gas, canalizaciones e instalaciones subterráneas y redes aéreas.- Explotación de patentes, licencias, diseños, marcas, modelos industriales, y sistemas propios o de terceros y servicios vinculados con el ramo de la construcción, así como también la importación y exportación de bienes relacionados con la construcción. Urbanización: Tiene por objeto toda la actividad económica a que pueda dar lugar el predio rústico y dadas todas sus características especiales y su ubicación para urbanización, por lo que previamente se deberá comenzar por la fijación de médanos, mediante la forestación; que a su vez dará lugar a la comercialización de los montes industriales, urbanización total o parcial del predio, venta de lotes de terreno; construcción de casas de habitación y otros edificios para uso general en los núcleos urbanos, siempre con relación a la urbanización. Inmobiliario: La sociedad podrá adquirir o construir de todo tipo de bienes inmuebles, incluso aquellos conocidos como de propiedad horizontal. También podrá realizar la administración de estos inmuebles, cederlos, venderlos alquilarlos y/o arrendarlos a terceros total o parcialmente, con fines comerciales, o de casa habitación. Cuando los Alquileres de sus inmuebles tengan fines comerciales, la sociedad podrá establecer reglamentos, límites y prohibiciones dentro de lo que las leyes respectivas permitan. Servicios: Prestar todo tipo de servicios conexos y afines con las actividades comerciales que desarrolle la firma y en relación al objeto social. Para la prosecución de los mismos la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes y estos estatutos autorizan. La sociedad podrá importar y exportar los bienes y servicios a que se refiere su objeto social. Capital: el capital es de pesos doce mil $ 12.000 representado por ciento veinte 120 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100
valor nominal cada una de clase A que confieren cinco votos por acción que se suscriben de la siguiente manera: Graciela María Lucía Cena, treinta 30 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100 valor nominal cada una de clase A que confieren cinco votos por acción lo que representa tres mil pesos $
3.000 de capital social; Carlos Alberto Mascó, treinta 30 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100 valor nominal cada una de clase A que confieren cinco votos por acción lo que representa tres mil pesos $
3.000 de capital social; Guillermo Javier Mascó, treinta 30 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100 valor nominal cada una de clase A que confieren cinco votos por acción lo que representa tres mil pesos $
3.000 de capital social y Luis Pablo Mascó, treinta 30 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100 valor nominal
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cada una de clase A que confieren cinco votos por acción lo que representa tres mil pesos $
3.000 de capital social. La integración del capital suscripto se realiza por los constituyentes en efectivo y de la siguiente manera: el 25% de la capital suscripta o sea la suma de $3.000 en este acto y el saldo dentro del año contado a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Administración y representación: La administración de la Sociedad esta a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros que fije la asamblea ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de ocho electos por el término de tres ejercicios. La asamblea Ordinaria podrá designar suplentes en igual o menor número que los titulares con el fin de elevar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección.
Nomina de Directores: Presidente: Graciela María Lucía Cena. Vicepresidente: Guillermo Javier Mascó. Directores Suplentes: Carlos Alberto Mascó y Luis Pablo Mascó.
Representación: La representación legal de la sociedad, inclusive el uso de la firma social estará a cargo del presidente del Directorio y/o del Vicepresidente en su caso, quienes pueden actuar en forma indistinta o de dos directores en forma conjunta. Fiscalización: En uso de las facultades otorgadas por la Ley 19.550 sus complementarias y modificatorias, la sociedad prescindirá de sindicatura pudiendo los socios ejercer el derecho de contralor que confiere el Art. 55 de la Ley 19.550. Cuando por cualquier causa la sociedad se encontrase comprendida en alguno de los supuestos a que se refiere el Art.
299 inciso 2º de la Ley 19.550, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de un síndico titular y un síndico suplente, elegidos por la asamblea ordinaria por el término de tres ejercicios. Los síndicos deberán reunir las condiciones y tendrán las funciones derechos y obligaciones establecidas por la Ley 19.550. Cierre de ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año.
Córdoba, 10 de Febrero 2011.
N 2858 - $ 356.EMOCIONES S.A.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD
Fecha de Constitución: 01/11/2010 y Acta Ratificativa Rectificativa del 20/12/2010.
Duración: noventa y nueve años a contar desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Socios: Guillermo Javier Mascó, argentino, D.N.I. Nº 31.668.873, con domicilio en El Plumerillo 2418 de la ciudad de Córdoba, soltero, de profesión comerciante, nacido el 13/07/1985
y Luis Pablo Mascó, argentino, D.N.I. Nº 34.246.174, con domicilio en El Plumerillo 2418
de la ciudad de Córdoba, soltero, de profesión Comerciante, nacido el 21/01/1989.
Denominación: EMOCIONES S.A..
Domicilio: calle 24 de Septiembre 2172 de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Objeto: La Sociedad tiene por objeto: Fiestas y Eventos: El alquiler de Inmuebles y Salones para el desarrollo de Fiestas y Eventos en general;
organización, marketing, merchandising y diseño de Eventos, Ferias, Convenciones y Exposiciones; fabrica, Venta y alquiler de elementos muebles afines como livings, centros de mesa, antorchas; alquiler de vajilla; servicios y alquiler de equipos de música, luces, fotografía y videos; servicio de catering con elaboración y venta de alimentos para fiestas y eventos;
servicios de bar, restaurantes y bebidas;
elaboración y distribución de bebidas y alimentos para el servicio de catering; Asesoramiento, Capacitación, Planeamiento y Catering de Eventos, Fiestas, Ferias, Exposiciones y Convenciones; fabricación, alquiler y venta de
elementos de Cotillón y Decoración. Compra, venta, importación, exportación, y/o distribución de todo elemento o producto, materiales e insumos utilizados para la actividad de fiestas, eventos, catering, ferias, exposiciones y convenciones referidas y vinculados al rubro, como así también la representación de empresas, personas o sociedades que vendan o comercialicen, por cuenta propia o de terceros los productos, elementos e insumos anteriormente mencionados. Inmobiliario: La sociedad podrá adquirir o construir de todo tipo de bienes inmuebles, incluso aquellos conocidos como de propiedad horizontal. También podrá realizar la administración de estos inmuebles, integrar los consorcios cuando corresponda y alquilarlos a terceros total o parcialmente.
Servicios: Prestar todo tipo de servicios conexos y afines con las actividades comerciales que desarrolle la firma y en relación al objeto social.
Para la prosecución de los mismos la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes y estos estatutos autorizan. La sociedad podrá importar y exportar los bienes y servicios a que se refiere su objeto social. Capital: el capital es de pesos doce mil $ 12.000 representado por ciento veinte 120 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100 valor nominal cada una de clase A que confieren cinco votos por acción que se suscriben de la siguiente manera:
Guillermo Javier Mascó, sesenta 60 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100 valor nominal cada una de clase A
que confieren cinco votos por acción lo que representa seis mil pesos $ 6.000 de capital social y Luis Pablo Mascó, sesenta 60 acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos $ 100 valor nominal cada una de clase A
que confieren cinco votos por acción lo que representa seis mil pesos $ 6.000 de capital social. La integración del capital suscripto se realiza en efectivo y de la siguiente manera: el 25% del capital suscripto o sea la suma de $
3.000 en este acto y el saldo dentro del año contado a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Administración y representación: La administración de la Sociedad esta a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros que fije la asamblea ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de ocho electos por el término de tres ejercicios. La asamblea Ordinaria podrá designar suplentes en igual o menor número que los titulares con el fin de elevar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Nomina de Directores:
Presidente: Guillermo Javier Mascó. Director Suplente: Luis Pablo Mascó. Representación:
La representación legal de la sociedad, inclusive el uso de la firma social estará a cargo del presidente del Directorio y/o del Vicepresidente en su caso, quienes pueden actuar en forma indistinta o de dos directores en forma conjunta.
Fiscalización: En uso de las facultades otorgadas por la Ley 19.550 sus complementarias y modificatorias, la sociedad prescindirá de sindicatura pudiendo los socios ejercer el derecho de contralor que confiere el Art. 55 de la Ley 19.550. Cuando por cualquier causa la sociedad se encontrase comprendida en alguno de los supuestos a que se refiere el Art. 299 inciso 2º de la Ley 19.550, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de un síndico titular y un síndico suplente, elegidos por la asamblea ordinaria por el término de tres ejercicios. Los síndicos deberán reunir las condiciones y tendrán las funciones derechos y obligaciones establecidas por la Ley 19.550. Cierre de ejercicio: El ejercicio social cierra el 30 de Junio de cada año. Córdoba, 10 de Febrero 2011.
N 2859 - $272

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2011 - 3º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaysArgentine

Date11/03/2011

Page count8

Edition count3986

Première édition01/02/2006

Dernière édition29/07/2024

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