Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2024 - 2º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
AÑO CXI - TOMO DCCXIV - Nº 126
CORDOBA, R.A., LUNES 24 DE JUNIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

se por VEINTE 20 días mediante edictos que deberán publicarse diez 10 veces a intervalos regulares, dentro de un período de TREINTA 30
días en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y Santa Fe y Diario Puntal, bajo apercibimiento de ley arts. 152 y 165 del CPCC. A los mismos fines y en los términos de lo normado por el art. 784 del CPCC, cítese y emplácese al Sr.
Procurador del Tesoro por la Provincia de Córdoba, a la Municipalidad que corresponda, y a los colindantes denunciados Claudia Ester Genero, Marcela Iris Genero, Gabriel Alberto Genero y Nelson Américo Basla, para que en el plazo de CINCO 05 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Ofíciese para la exhibición de edictos a la Municipalidad, en los términos del art. 785 del CPCC. Colóquese un cartel indicativo con las referencias del juicio en el inmueble de que se trata a costa del actor y con intervención de la Sra. Oficial de Justicia art.
786 del CPCC. Ordénese de oficio la anotación de litis en relación al inmueble objeto del presente proceso, en los términos de lo normado por el art.
1905 in fine del CCCN, como asimismo denúnciese de manera precisa el tiempo en que comienza la posesión art. 1903 CCCN. Hágase saber que deberá asimismo notificarse por cédula a los domicilios de los colindantes que surgen de autos.
NOTIFÍQUESE. Fdo. Dr. Lucas R. Funes Juez Dra. Celeste Saavedra Prosecretaria Letrada.
El inmueble que se pretende usucapir consiste en Fracción de terreno, ubicado en Huinca Renancó, Pedanía Jageles, Departamento General Roca, se designa como LOTE 19, MANZANA A, mide y linda: al Sur 10,00 ms c/ calle Santa Fé; al Oeste 20,00 ms. c/ lote 18; al Norte 10,00 ms c/ lote 16 y al Este 20,00 ms. c/ lote 20. Superficie Total 200,00 ms2. Inscripto en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula N 1679249 a nombre de OMAR MOREDA DNI. 5.033.156 y JUAN
RAMON ALONSO DNI. 6.650.777. Fdo. Dr. Lucas R. Funes Juez - Dra. Celeste Saavedra Prosecretaria Letrada.-

Serie B del 11/12/01, sin perjuicio de las notificaciones que correspondan dirigidas a los domicilios que surgen de los informes obrantes en autos arts. 783 y 783 ter del código de rito. Cítese a los colindantes del inmueble denunciado -en el caso César Daniel Correa, Cleder Justo Mariatti, Onelia Olga Mina, Gabriel Germán Alsarria y Yasmin Yaqueline Herrera Martinezy a los que se consideren con derechos sobre el mismo, para que tomen participación en su carácter de terceros interesados art. 784 inc. 4 y 163 del C.P.C.C..
Cítese y emplácese a la Provincia de Córdoba, en la persona del Procurador del Tesoro, y a la Municipalidad de Corral de Bustos, en la figura del intendente, para que en el término de tres días comparezcan a estar a derecho art. 784
inc. 1 del C.P.C.C.. A los fines de la exhibición de los edictos, colóquese copia de los mismos en la Municipalidad de Corral de Bustos durante treinta 30 días, a cuyo fin líbrese el correspondiente oficio art. 785 del C.P.C.C.. Cumpliméntese con lo dispuesto por el art. 786 del C.P.C.C., bajo apercibimiento, y en su mérito colóquese a costa de la actora un cartel indicativo con las referencias necesarias del juicio en un lugar del inmueble visible desde el principal acceso al inmueble, con intervención del Oficial de Justicia, a cuyo fin ofíciese, debiendo acreditar en forma la existencia del cartel imágenes. Complete los aportes correspondientes a la Caja de Abogados, bajo apercibimiento. Notifíquese.- Fdo.: Dr. Claudio Daniel GÓMEZ-JUEZ; Dr. Gonzalo PEREZ
GUZMAN-PROSECRETARIO LETRADO.

El Sr. Juez de Primera Instancia y Competencia Múltiple de la ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger, cita y emplaza a los señores Sucesores de Enrique Giménez, Felipe Santiago Giménez, Jorge Giménez, Federico Giménez, Martha Giménez, Isidoro Giménez, Pedro Giménez, Eusebia Blan-

ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación, Familia Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil., Violencia Familiar y de Género y Faltas de la ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger, sito en Avda. Santa Fe 555 P.A..
Se ha dictado la siguiente resolución: CORRAL
DE BUSTOS, 19/03/2024. Atento la extensión de la oralidad efectiva en los términos del art. 1 de la ley 10555 modificada por art. 1 de la Ley 10855, dispuesta para todos los juicios contenciosos declarativos por el Acuerdo Reglamentario 1815
Serie A de fecha 3/8/2023, hágase saber a las partes que el presente proceso tramitará conforme las normas del JUICIO CIVIL ORAL, en su mérito, deberán respetarse las reglas y principios del proceso oral civil receptado en la norma citada. Proveyendo a la Demanda 18/05/2023: Por iniciada la demanda de Usucapión en contra de Sucesores de Enrique Giménez, Felipe Santiago Giménez, Jorge Giménez, Federico Giménez, Martha Giménez, Isidoro Giménez, Pedro Giménez, Eusebia Blanca Giménez, Sucesores de Virginia Giménez, Alberto Gimenez, Santos Alcire Gimenez y de los que se consideren con derecho al inmueble denunciado. Cítese y emplácese a la parte actora para que, en el término de diez días, ofrezca toda la prueba de que haya de valerse bajo apercibimiento de ley. Cítese y emplácese a la parte demandada y todos aquellos que se consideren con derecho al inmueble para que, en el término de diez 10 días, comparezcan a estar a derecho y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de rebeldía, contesten la demanda, opongan excepciones, o deduzcan reconvención, debiendo ofrecer la prueba de que hayan de valerse bajo apercibimiento de ley. Notifíquese con copia de la demanda y de la documental presentada al efecto, estando la notificación a cargo de la parte actora, quien deberá efectuarla y acreditar su diligenciamiento ante el tribunal en el plazo más breve posible. Hágase saber a las partes y sus letrados que deberán denunciar un número telefónico y un correo electrónico que reconozcan como apto para recibir mensajes informales que, a criterio del Tribunal, resulten útiles o de urgencia. Hágase saber a las partes que se encuentran a su disposición en el sitio web del Poder Judicial www.justiciacordoba.gob.ar los instrumentos que regulan el proceso oral civil. Publíquense edictos por diez 10 veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín Oficial
ca Giménez, Sucesores de Virginia Giménez, Alberto Gimenez, Santos Alcire Gimenez y de los que se consideren con derecho al inmueble denunciado, conforme a la resolución que se transcribe seguidamente, dictada en los autos caratulados: LUCIANI, GRACIELA MARIA-USUCAPIÓN Expte. Nº10133442 que tramitan por
y Diario físico o digital de mayor circulación en la ciudad o zona más próxima a la ubicación del inmueble Corral de Bustos y Diario físico o digital de mayor circulación en la zona donde tramitó la Declaratoria de herederos donde se adjudicó el bien Bell Ville, a libre elección de conformidad al Acuerdo Reglamentario Número Veintinueve
mts. formando un ángulo interno en B de 105
31, con calle Mira a las Sierras; al Nor-Este, línea B-C de 22,66mts., formando un ángulo interno en C de 83 15, con calle Junto al Río;
al Sud-Este, línea C-D de 48,52mts., formando un ángulo interno en D de 90 00, con Parcela 003 de Juan Carlos Moyano, M.F.R. 720.317 y
10 días - Nº 535789 - s/c - 24/7/2024 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

10 días - Nº 535802 - s/c - 23/7/2024 - BOE

El Dr. Francisco Gustavo Martos, Juez de 1a Inst.
en lo Civil, Com., Conc. y Flia. de 2da. Nom. con asiento en la Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba, Secretaría a cargo de la Dra. Chiaramonte, en autos caratulados: PUCHETA, Ramona Imelda del Valle - Usucapión - Medidas preparatorias para usucapión Expte. nº 2894780, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA
NUMERO: 43. COSQUIN, 05/04/2024. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO QUE: RESUELVO: 1 Rechazar la acción de usucapión promovida por la Sra. Ramona Imelda Valle Pucheta DNI 13.535.734, en relación al inmueble descripto como Dpto.23, Ped.03, Pblo.03, Cir.32, Sec.04, Mzna.094, Parc.100 siendo sus medidas y colindancias: al Nor-Oeste, línea A-B de 46,54

53

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2024 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date24/06/2024

Page count54

Edition count3639

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30