Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2024 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CXI - TOMO DCCXIII - Nº 110
CORDOBA, R.A., MARTES 28 DE MAYO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

mejoras que contiene, ubicado sobre calle Tacuarí Nº 798, esquina Manuel Anselmo Ocampo, de Barrio San Justo de esta ciudad, designado como Lote 10 de la Manzana A, con una Superficie de 307,56 m2, empadronado por ante la Dirección General de Rentas con Nº 16042495960/7, Dominio Nº 342, Folio 245, Tomo 1, Año 1914. II Ordenar la inscripción del dominio en el Registro General de la Provincia a nombre de José Felipe Giuliano D.N.I: 10.857.186 y Rosalía Ester Fernández DNI 18.158.143 III Publicar la presente resolución por edictos en el Boletín Oficial y diario que corresponda art. 790 y 783
ter. del Código de Procedimientos Civil y Comercial. IV Imponer las costas a cargo de José Felipe Giuliano y Rosalía Ester Fernández. V Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad en que se precise la base económica. Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Texto Firmado digitalmente por: VUCOVICH Álvaro Benjamín, JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.
AUTO NUMERO: 120. VILLA MARIA, 14/05/2024.
Y VISTOS: Estos autos caratulados GIULIANO, JOSE FELIPE Y OTRO - USUCAPION Expte.
10059362, de los que resulta que con fecha 13/05/2024 comparece la abogada Evangelina Soria Albert, y solicita aclaratoria de la sentencia Nº 31 del 09/05/2024 por poseer un error en el Número de Cuenta de la Dirección General de Rentas, siendo el correcto 160424959607, solicitando así su rectificación. Dictado el decreto de autos, queda la petición en estado de resolver. Y
CONSIDERANDO: I Que habiéndose advertido que en la sentencia nº 31 del 09/05/2024 se ha consignado erróneamente el número de cuenta del inmueble inscripto en la Dirección General de Rentas, siendo el número de cuenta correcto 160424959607. II Que en virtud del art. 338 del CPC, es factible que el tribunal interprete su propia sentencia en cualquier tiempo a los fines de hacer ejecutoria la misma en resguardo del buen orden procesal. Por tal razón, cabe hacer lugar a lo solicitado interpretando que el número de cuenta de la Dirección General de Rentas correcto perteneciente al inmueble sujeto a usucapión es 160424959607 y no el que erróneamente se consignara en la sentencia recaída que lleva el número treinta y uno del 09 de mayo de dos mil
veinticuatro, el número . Por todo ello; RESUELVO: 1 Interpretar en los términos del art. 338 del CPCC la Sentencia Número treinta y uno del 09
de mayo de dos mil veinticuatro, en el sentido expresado en el considerando respectivo y no el que se consignara en la aludida resolución. 2
Protocolícese, hágase saber y dese copia. Texto Firmado digitalmente por: VUCOVICH Álvaro Benjamín, JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.
10 días - Nº 531455 - s/c - 2/7/2024 - BOE

El Sr. Juez de 1ra. Inst. en lo Civil y Com. de 41ra.
Nom. de la ciudad de Córdoba, Dr. Roberto Lautaro Cornet, Secretaría Dra. María Inés Ferreyra, en los autos: ORDOÑEZ GONZALEZ, Antonio - Usucapión - Medidas preparatorias para usucapión Expte. n 10058793, ha dictado la siguiente resolución: Sentencia N 83. Córdoba, 15/05/2024. Y VISTOS: Y COSIDERANDO:
RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda de usucapión incoada por el Sr. Antonio Ordoñez González, argentino, D.N.I. Nº 7.977.862, CUIT Nº 20-07977862-2, casado en primeras nupcias con Haydee Mercedes Loza, nacido el 08/06/1944
con domicilio real calle Av. San Martín n 2995
de la ciudad de Unquillo, Provincia de Córdoba, en contra de los Sres. Juan Martins Viegas; Líbero Remo Pisati y Horacio Raúl Videla, hoy sus sucesores, Sres. María de los Ángeles Videla, José María Videla; Horacio Videla y Inés María Videla. 2 En consecuencia, declarar la adquisición del derecho real de dominio por prescripción adquisitiva que operó el 08/06/2007 sobre el inmueble descripto CONFORME PLANO DE
MENSURA, confeccionado al efecto por el Ingeniero Civil Gaguine Cesar David y visado por la Dirección General de Catastro expediente Nro.
0033-111797/2019 el 04/06/2019, como: Una fracción de terreno situada en calle Discépolo s/
nº, Bº Villa Díaz de la ciudad de Unquillo, Pedanía de Río Ceballos, Departamento Colón, Provincia de Córdoba, que es de forma irregular y se designa como lote 100 de la manzana Of. III, siendo sus medidas y colindancias: partiendo del vértice 1, con rumbo Sud-Este y ángulo interno de 900210, lado 1-2, de 20 metros que linda al Nor-Este con calle Discépolo; desde el vértice 2, con ángulo interno de 895750, lado 2-3 de
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48,85 metros que linda al Sud-Este con Parcela 4; desde el vértice 3, con ángulo interno de 1130855, lado 3-4 de 21,75 metros que linda al Sud-Oeste con Parcelas 10, 11 y 12; desde el vértice 4, con ángulo interno de 665105 y cerrando la figura, lado 4-1 de 57,38 metros que linda al Nor-Oeste con Parcela 12 y 1, todo lo que hace una superficie total de 1.062,15m2 y que afecta de manera total dos lotes de terreno que SEGÚN ANTECEDENTES DOMINIALES se describen como: Fracción de terreno ubicado en B Villa Díaz de la localidad de Unquillo, pedanía Rio Ceballos, departamento Colón, Provincia de Córdoba, designado como LOTE 14 de la MANZANA III que mide: 10.00mts al N-E, 57,42cms al N-O, 53.14cms al Sud-Oeste y 10.87cms al S-O
con un superficie total de quinientos cincuenta y dos metros ochenta decímetros cuadrados; lindando al N-E calle pública, al N-O lote 13 y al S-E
lote 15 y al S-O parte de los lotes 7 y 8 inscripto a la matrícula 1795104 y Fracción de terreno ubicado en B Villa Díaz de la localidad de Unquillo, pedanía Rio Ceballos, departamento Colón, Provincia de Córdoba, designado como LOTE 15
de la MANZANA III que mide: 10.00mts al N-E, 53.14cms al N-O, 46.87cms al S-E y 10.87 al S-O
con un superficie total de quinientos diez metros cuadrados y linda al N-E con calle pública, al N-O
con lote 14 y al S-E lote 16 y al S-O parte de los lotes 6 y 7 inscripto a la matrícula 1795108.
Nomenclatura catastral 1304490101012100 y cuentas en la Dirección General de Rentas Nros.
1304-0914962-7 y 1304-0914963-5. 3 Líbrese oficio al Registro General de la Provincia de Córdoba a los fines prescriptos por el art. 789 del CPCC. 4 Ordenar el levantamiento de las medidas cautelares de anotación de Litis dispuesta en los presentes y anotadas en la matricula 1795104 al D 672 de fcha 04/07/2023 y en la matricula 1795108 al D 671 del 04/07/2023, a cuyo fin, ofíciese. 5 Oportunamente, publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario local con los recaudos del art. 790 del CPCC. 6 Costas por el orden causado. No regular honorarios a los letrados intervinientes en esta oportunidad.
Protocolícese y hágase saber.- Lautaro Roberto Cornet Juez.10 días - Nº 530093 - s/c - 24/6/2024 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2024 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date29/05/2024

Page count60

Edition count3660

Première édition01/02/2006

Dernière édition01/08/2024

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