Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/05/2024 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CXI - TOMO DCCXIII - Nº 90
CORDOBA, R.A., VIERNES 3 DE MAYO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

en Villa Alta Gracia, Departamento Santa Maria, de esta provincia de Córdoba, designado como lote 20 de la manzana E según plano 31-01000237/1947 de la dirección general de Catastro, mide 10 m de frente por 45 m. de fondo y linda: al Norte, con parte del lote 26, al Este con lote 19; al Sud, con calle Reconquista , y al Oeste ,con lotes 21 y fondos de lotes 25, cerrando una superficie de 450mts2 , para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimiento art. 165 y 782 CPC. Publíquense edictos citatorios por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y diario a elección de la parte actora .Fdo: Dra. Vigilanti Graciela. Juez, Dr. Cattaeno Nestor. secretario. publicacion ant.
10 días - Nº 525052 - s/c - 31/5/2024 - BOE

Edicto: El Juez de 1Inst. y 2 Nom. Civ. Com.
Conc. y Flia. de Alta GraciaSec. N3 - Dra. Ghibaudo-, en autos LEYRIA ANGEL PEDRO
MEDIDAS PREPARATORIASEXP. Nº494090
Cita y emplaza a la Compañía de Tierras y Hoteles de Alta Gracia Sociedad Anónima, con domicilio en calle Sierras Hotel 0 y Manuel Quintana Nº 415 de esta ciudad, como titular del Dominio y a todos quienes se consideren con derechos sobre el inmueble objeto del juicio para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley por edictos que se publicaran por diez días, a intervalos regulares dentro de un periodo de treinta días en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble.- Inmueble según Plano Mensura de Posesión: Una fracción de terreno ubicado sobre la calle Monseñor Roldan s/Nº - B Residencial El Golf de la ciudad de Alta Gracia, Pedanía Alta Gracia, Dpto. Santa María, Pcia. de Córdoba, con designación oficial: Lote 7 de la Manzana K Designación Provincial Lote 13 Manzana K , con una superficie de 1526,16m2.- Que mide: a partir del punto A, una línea A-B de 14,78m, y con un ángulo de 66º 17 00 con respecto a la línea A-B, una línea B-C de 54,60m; desde el punto C y con un ángulo de 90º 00 00 con respecto a la línea B-C, una línea C-D de 44,25m; desde el punto D
y con un ángulo de 68º 15 00 con respecto a la línea C-D, una línea D-E de 30,90m; y desde el punto E, una línea curva E-A de 28,48m, ángulo central de 73º 42 43 y radio de 36,64m. Inmueble según Título Registral: Fracción de terreno que es resto de una mayor superficie, cuyo resto tiene una superficie total de 205hs 9000m2, ubicada en las inmediaciones de la Villa de Alta Gracia, y en las cuales se ha delineado la Villa de Carlos Pellegrini y cuya mayor área esta compuesta por cuatro lotes unidos, a saber: Primero, un lote compuesto de 7ha, que linda: al N, con el canal y
terrenos que son de los herederos de Don Galo Cámara, señora Manuela Lozada de Cámara y sus hijos Salo Cámara, Manuela Cámara de Aguirre y Julio Felipe Cámara, hoy estos dos últimos señores; al S, también propiedad de los mismos herederos Cámara; al E con el canal propiedad de los mismos y al O, el arroyo de Alta Gracia.Segundo, lote compuesto de 114ha que lindando:
por el S, con la orilla del Tajamar, con el canal de entrada propiedad de los citados herederos Cámara, derechos de Don Rafael Lozada y herederos de Don Sixto Llanes; y por el O, N y E, con más terrenos de los señores Cámara. Tercero, lote compuesto por 700m en su lado O, 1600 m en el lado N; desde el extremo E de esta línea una de 250m de N a S, desde el extremo S de esta línea una naciente a poniente de 600m, desde el extremo O de esta línea una de N a S de 450m y desde el extremo S de esta línea una de 1000m de naciente a poniente hasta el extremo S; del lado O lo que hace una superficie de 83hs mas o menos, lindando: al N, con los citados herederos Cámara; al S propiedad del Sr. Franchini en una parte y en otra con de Don José V. Villarino; al E
los herederos Cámara y el mismo Sr. Villarino y al O, el arroyo de Alta Gracia de por medio con terrenos de los Sres. Cámara Cuarto, lote compuesto de 4 ha 4801m2. Nomenclatura Catastral Provincial: 31 06 01 01 01 321 013, Nomenclatura Catastral Municipal 01 01 K 7, Nº de Cuenta de DGR: 3106-0803423/3, inscripto al Folio 21 del Año 1910 y Folio 89 del Año 1910 en el Registro General de la Provincia.- Afectado al dominio de COMPAÑÍA DE TIERRAS Y HOTELES DE ALTA
GRACIA SOCIEDAD ANONIMA - Folio 21 Año 1910 y Folio 89 Año 1910 del Registro General de la Provincia.-Colindantes: al Noroeste con calle Los Claveles y calle Monseñor Roldán; al Sureste con Parcela 2 de Compañía de Tierras y Hoteles de Alta Gracia Sociedad Anónima; y al Suroeste con Parcela 8 de DOLOMITA S.A.I.C.- Firmado:
Dra. CALDERON Lorena Beatriz JuezDra.
GHIBAUDO Marcela Beatriz Secretaria- 01-112022.- Publíquese por diez días a intervalos regulares dentro de un período de 30 días.-

Inés Carioni, argentina, mayor de edad, D.N.I. Nº 17.596.801, estado civil soltera, con domicilio real en calle Lamadrid N 3251 de la Ciudad de San Francisco; y Néstor Esteban Albrech, argentino, mayor de edad, D.N.I. N 18.206.833, estado civil soltero, con domicilio real en calle Lamadrid N
3251 de la Ciudad de San Francisco; en condominio por partes iguales del siguiente inmueble:
lote 530566-580072, parte del lote ocho en la Colonia Malbertina, Pedanía Juarez Celman, Departamento San Justo, y mide: 124 ms. De Norte a Sur, por 70 metros de Este a Oeste, con una superficie total de 8.680 metros cuadrados, linda al Norte y al Oeste con camino público; y al Este y al Sur con lote de Margarita Ángela Masera. El inmueble se encuentra registrado bajo el número de cuenta: 3002- 0656788/4, designación catastral 3002002310566600 e inscripto en el Registro General de la Provincia de Córdoba matrícula 226011. 2º Ordenar la inscripción de la adquisición dominial de los derechos y acciones de titularidad de la demandada sobre los inmueble descripto, a nombre de los Sres. Cecilia Inés Carioni y Néstor Esteban Albrecht, en condominio y por partes iguales. 3 Ordenar que -simultáneamentese proceda a la cancelación de las inscripciones del dominio anteriores a la presente en orden a los derechos objeto de esta acción y la anotación preventiva de la sentencia art. 789CPCC.
4 Ordenar oportunamente oficiar a la Dirección General de Rentas de la Provincia y a la Dirección de Catastro provincial la inscripción del referido dominio a nombre de los usucapientes. 5 Publíquese la presente resolución por edictos, por el término de ley, conforme al art. 790, CPCC..- 4
Imponer las costas de ambas instancias por el orden causado art. 789 C.P.C., no regulando honorarios a los letrados intervinientes arg. art. 26
Ley 9459.- 6º Imponer las costas por su orden.
Diferir la regulación de honorarios de los Abs.
Rodrigo Picco y Sofía Victoria Neira para cuando exista base cierta para ello.- Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Firmado: Carlos E.
Viramonte Juez de 1 Instancia 10 días - Nº 525243 - s/c - 15/5/2024 - BOE

10 días - Nº 525121 - s/c - 4/6/2024 - BOE

El señor Juez de 1 Inst. y 3 Nom. en lo Civ. y Com. de la 5 Circuns. Jud. con asiento en la ciudad de San Fco, Pcia de Cba, Dr. Carlos Ignacio Viramonte, hace saber que en los autos caratula-

ARROYITO, 12/12/2023. Proveyendo a los escritos electrónicos cumplimenta y agrega de la abogada Noelia J. Fissore de fecha 05/12/2023;
atento la extensión de la oralidad efectiva en los términos del art. 1 de la ley 10.555 modificada
dos CARIONI, CECILIA INÉS Y OTRO USUCAPION Expte. N 11210282, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NRO. 09 de fecha 22/02/2024. I VISTOS:- Y CONSIDERANDO - SE RESUELVE: 1º Hacer lugar a la demanda de usucapión articulada y, en consecuencia, declarar adquirido por los Sres. Cecilia
por art. 1 de la Ley 10855 dispuesta para esta categoría de juicio por el Acuerdo Reglamentario Nro. 1815 Serie A del 03/08/2023 y el Protocolo de Gestión del Proceso Civil Oral contenido en su Anexo I, hágase saber a las partes que conforme lo establecido por las normas citadas, el presente juicio tramitará como proceso oral civil y será
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/05/2024 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date03/05/2024

Page count38

Edition count3639

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/07/2024

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