Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2023 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 144
CORDOBA, R.A., VIERNES 4 DE AGOSTO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

del plano particular de la sociedad vendedora de Villa Sierras de Oro, Segunda Sección, que mide: 15.20m de frente al N por 35.09m de fondo, con Superficie de 532mts2, lindando: al N
con la calle Los Robles, al S con parte de los lotes 14 y 16, al E con el lote 4 y al O con el lote 2 todos de la misma manzana todo según consta en su antecedente dominial MATRÍCULA 1697712. Número de CUENTA DGR Pcia. de Córdoba Nº 31-01-0683341-8, Nomenclatura Catastral 3101400102040003000. Dese trámite de juicio ordinario. II Cítese y emplácese a Eduardo Felipe Corsiglia Y/o sus sucesores y a Pedro Corsiglia y/o sus sucesores -, titulares registrales del inmueble objeto de usucapión, para que en el término de 20 días siguientes al de la última publicación de edictos comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. A
dicho fin, publíquense edictos cinco veces por el termino de 20 días conforme lo dispuesto por el artículo 165 del CPCC, debiendo consignarse el presente proveído de manera completa. III Asimismo, cítese y emplácese por edictos a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión. Para lo cual, publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la parte actora Acordada 29 Serie B del 2 /12/2001 debiendo dicho diario ser de tiraje local atento la situación real del inmueble objeto de usucapión y conforme lo dispone el art. 783 CPCC. Sin perjuicio de la notificación referenciada de manera edictal y en atención que de todos los informes glosados en autos surge denunciado domicilio real de dichos titulares, acredítese asimismo la notificación del presente proveído inicial a dichos domicilios, siendo información recabada en virtud de las medida s preparatorias dispuestas por el art. 781 y sig. CPCC. V Cítese a los fines de su intervención -si se consideran afectados en sus derechosa la Provincia de Córdoba, a la Municipalidad de Malagueño y a los colindantes:
Matías Joaquín Prado y Erika Marianela Plastina colindantes NO, Beatriz Zubillaga de Ferrari colindante SE, Juan Carlos Ferrari colindante SO, Mariano Andrés Meisner y Romina Soledad Carbo colindantes parcela 014. Su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. V Líbrese edictos que deberán ser exhibidos en la Municipalidad de Malagueño, donde deberán permanecer por un plazo de 30

a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de Justicia. VII
Conforme lo dispone el artículo 1905 del CCCN
para esta clase de juicios, ofíciese a los fines de proceder a la Anotación de Litis en relación al inmueble objeto de la presente causa. Notifíquese FDO. ANDRÉS OLCESE JUEZ/A PRIMERA
INSTANCIA. MARÍA FERNANDA GIORDANO
SECRETARIO/A LETRADA

días, siendo obligación de la parte actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva art. 785 CPCC. VI Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá ubicar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo de la actora,
Oficial y en un diario a elección de la parte actora debiendo dicho diario ser de tiraje local atento la situación real del inmueble objeto de usucapión y conforme lo dispone el art. 783 C.P.C.C., por diez veces y a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, a fin de que comparezcan en autos en el término de veinte días a
10 días - Nº 466811 - s/c - 18/08/2023 - BOE

EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE 1 INST. CIV.
COM. CONC. FLIA DE 2 NOM SECRET. 3 DE
VILLA CARLOS PAZ, DRA. VIVIANA RODRIGUEZ, en autos caratulados FALDA DEL CARMEN S.A.- USUCAPIÓNEXPTE. N 9181634
HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
VILLA CARLOS PAZ , 05/06/2023. Por cumplimentado el pago de Tasa de Justicia y Caja de Abogados. Habiéndose cumplimentado los requisitos establecidos por los arts. 780 y 781 del C.P.C.C. proveyendo a la presentación de fecha 17/03/2023: Admítase la demanda de Usucapión respecto del inmueble identificado según título como: FRACCIÓN DE TERRENO ubicada en Villa Sierras de Oro Segunda Sección, la que se encuentra situada a la altura del Km 24 del Camino a San Roque en Ped. Calera, DPTO SANTA MARIA, de esta Pcia de Cba, que se designa como LOTE 17 MZA 48, MATRÍCULA 895935, Nomenclatura Catastral N 3101400102048017, N de Cuenta DGR 31-011203155-2, a la cual se le imprime trámite de juicio ORDINARIO con las previsiones específicas pertinentes art. 782
y ss. del CPCC Cítese y emplácese a los demandados herederos del titular registral, Ventura Pereyro -Carlos José Pereyro, Susana Silvia Pereyro y sucesores de Eda Magdalena Pagani - para que en el término de diez 10 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese. Cítese en la calidad de terceros interesados a la Provincia, a la Municipalidad y a los colindantes Carolina Verónica Farcy, ITZ SOCIEDAD ANONIMA, Carlos José Pereyro, Susana Silvia Pereyro y sucesores de Eda Magdalena Pagani para que comparezcan en un plazo de diez 10 días, haciendo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Notifíquese art. 784 C.P.C.C.. Para aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, publíquense edictos en el Boletín
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

contar desde la última publicación arts. 165 y 783 ter del C.P.C.C.. Exhíbanse los edictos en el avisador de este tribunal y en la Municipalidad correspondiente a cuyo fin ofíciese, siendo obligación del actor acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva art. 785 C.P.C.C.. Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá colocar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo de los actores, art.786 del C.P.C.C.. Atento lo dispuesto por el art. 1.905 de la C.C.C.N., trábese la medida cautelar de anotación de litis a cuyo fin, ofíciese, debiendo tener presente al efecto la aplicación del Registro General de la Provincia Acuerdo Reglamentario N
1587 Serie A del TSJ de fecha 02/09/19. Recaratúlense las presentes actuaciones. Procédase a incorporar por SAC en el apartado observaciones, a la parte contra quien se dirige la acción.
FDO. VIVIANA RODRIGUEZ JUEZ/A PRIMERA
INSTANCIA. ANA INÉS PEREA ASTRADA PROSECRETARIO/A LETRADA.
10 días - Nº 466812 - s/c - 18/08/2023 - BOE

EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE 1 INST. CIV.
COM. CONC. FLIA DE 1 NOM SECRET. 1 DE
VILLA CARLOS PAZ, DR. ANDRES OLCESE, en autos caratulados FALDA DEL CARMEN S.A.USUCAPIÓNMEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPIÓNEXPTE. N 9276989 HA
DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: VILLA
CARLOS PAZ , 22/06/2023. Agréguese boleta de aportes acompañada. Por iniciado el proceso de usucapión del inmueble que se detalla como lote 11 de la manzana 37 designación oficial ubicado en Villa Sierras de Oro 2 sección en Pedanía Calera del Departamento de Santa María, Municipio Malagueño, de la provincia de Córdoba , inscripción dominial matrícula n 8418923101, Nomenclatura catastral 3101400102037011, N de Cuenta DGR 31010572342-2. el que se tramitará como juicio ORDINARIO. Citese y emplácese a Esther Senra de Ramos, Julio Ramos y Serna y Nélida Ramos y Serna de Perren y/o sus sucesores - titulares registrales del inmueble objeto de usucapión - para que en el término de veinte dias comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldia. NOTIFIQUESE a los domicilios que surgen de autos. Citese y emplácese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión , a cuyo fin publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la parte actora Acordada 29 Serie B del 2 /12/2001 debiendo dicho diario ser de tiraje local atento la situación real del inmueble objeto de usucapión y conforme lo dispone el art. 783 CPCC: - Citese
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2023 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date04/08/2023

Page count65

Edition count3647

Première édition01/02/2006

Dernière édition15/07/2024

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