Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/08/2023 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 141
CORDOBA, R.A., MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

se cierra el polígono, y que forma ángulos de 90º con los lados C-D y A-B. Este lado D-A limita con la calle pública Alberto Novillo. Sus linderos: al Norte, calle Francisco Torres; al Este, resto de la Parcela 1 Tisera, Nicolás Fº 126 Aº 1909
DGR 2406-1156989-1; al Sud, Parcela 8 Grosso, César Fº 25779 Año 1951 DGR 24061569097-1; y al Oeste, calle Alberto Novillo.
Afecta de manera parcial a una mayor superficie que, según título, se designa como Solar 1 de la MANZANA TREINTA y OCHO L. 1 Mza. 38
del pueblo Torres hoy Vicuña Mackenna, Colonia del mismo nombre, en Pedanía La Cautiva, Departamento Río Cuarto, Provincia de Córdoba, que mide: veinte metros 20 m. de frente de Norte a Sur, por cincuenta metros 50 m. de Este a Oeste; lo que hace una SUPERFICIE TOTAL de UN MIL METROS CUADRADOS 1.000
ms2, lindando: al Norte y Oeste con calles públicas; al Este, con Solar 2; y al Sur con Solar 3. La mayor superficie se encuentra empadronada en DGR bajo la Cuenta Nº 240611569891 y tributa Tasa Inmobiliaria Municipal bajo la Cuenta Nº 00631; Catastralmente recibe la designación de Parcela 1 Manzana 47 Nomenclatura: 24-0664-01-01-047-001-000, Matrícula N 1.813.645
por conversión del sistema cronológico anterior Orden 178 Fº 126 v./127 Tº 1 AÑO 1909.
Fdo. MARTINEZ, MarianaJuez; PUCCETTI, Gastón Santiago OmarProsecretario Letrado.Of., 22/06/2023.10 días - Nº 469803 - s/c - 31/08/2023 - BOE

La señora Jueza MUSSO Carolina en Juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial, Conciliación, Familia, Ctrol ,Niñez Y Juv,Pen.
Juvenil y Faltas LAS VARILLAS, ProSecretaría a cargo de la Dra. AIMAR, Vanesa Alejandra, en autos caratulados: NAGEL, ALEJANDRO
RAMON - USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION Expte. 654172, dice: LAS VARILLAS, 27/06/2023. Téngase presente lo manifestado. En su mérito, admítase la demanda de Usucapión presentada con fecha 09/11/2020 y sus ampliaciones de fecha 30/08/2022 y 12/12/2022, imprímase el trámite del art. 782 y ss. del CPC. Recaratúlense los presentes autos y déjese constancia. Cítese y emplácese a los representantes de la razón social
ALICIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA y a todos aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, a cuyo fin, publíquense edictos en el Boletín oficial y en el diario de mayor circulación, debiendo contener las especificaciones del art.
783 ter del CPC, por diez veces y a intervalos regulares dentro de un período de treinta días.
Se trata de una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado, plantado y demás mejoras adheridas al suelo formada por la quinta o manzana ciento veintiuno, ubicada al Norte de la línea férrea del pueblo Alicia, Pedanía Juarez Celman, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, según plano oficial del ensanche de dicho pueblo, la que mide: ciento diez metros en cada uno de sus cuatro costados, o sea una superficie igual a UNA HECTAREA, veintiun áreas, y linda: al Norte con Calle Corrientes, al Sud con la quinta ciento veinticuatro, al Este con calle pública sin nombre y al Oeste con la quinta ciento veintidós. El inmueble descripto afecta el Lote 2, Quinta o Manzana 121 de Alicia, Pedanía Juárez Celman, Departamento San Justo; Designación Catastral Provincial: Dep. 30 Ped. 02 Pblo.01
Circ. 01 Sec. 01 Mza. 082 Parc. 002; Designación Catastral Municipal: Dep. 30 Ped. 02 Pblo.
01 Circ. 01 Sec. 01 Mza. 12; Dirección General de Rentas bajo el Número 30020580522/6, y registrado en el Registro General de la Provincia bajo el Dominio 18356, Folio 22376, Tomo 90, Año 1956 a nombre de ALICIA SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA.10 días - Nº 469886 - s/c - 31/08/2023 - BOE

En la causa Expte. Nº 6567568-Sucesores de Mana, Gustavo Alejandro; Mana Valeria Alejandra y Mana Ezequiel Matías-Usucapión que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial de Tercera Nominación de San Francisco, Secretaría Nº 5, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia Número.San Francisco, dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. Y VISTOS..Y
CONSIDERANDO..RESUELVO: I Hacer lugar a la demanda de usucapión articulada y, en consecuencia, declarar adquirido por el Sr. Gustavo Alejandro Mana fallecido el día 06/10/2020
el siguiente inmueble: Una fracción de terreno urbano, ubicado en la Ciudad de San Francis-

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co, pedanía Juárez Celman, Departamento San Justo, provincia de Córdoba y que se designa como lote 100 de la manzana 268 sección V y mide 24,00 ms en su costado Sud-Oeste sobre calla Catamarca S lado A-B, su costado Nor-Oeste, lado B-C, mide 37,16 ms hacía el Bor-Oeste hasta llegar al punto C, lindando con la parcela 007 de Roldán Juan Domingo y Mana Liliana Rosa con ángulo de 90º0000 en el vértice B; su costado Nor-Este mide 24,00 ms, lado C-D, lindando con parte de la parcela 015 de Municipalidad de la Ciudad de San Francisco.- Mat 422.832 en parte con la parcela 014 de Di Giovanni Jorge Osvaldo Mat 1.140.096 con ángulo de 900000 en el vértice C; su costado Sud-Este mide 37,16 ms, lado D-A, por donde linda con la parcela 005 de Felissia de Bottiglieri Francisca LauraDº 20116 Fº 26788 Tº 536 Año 1965, con un ángulo de 900000 en el vértice D y el vértice A, con un Angulo de 900000, cerrando la figura y totalizando una superficie de 891,84 ms2.
El inmueble se encuentra registrado najo el número de cuenta 30-02-0255280/7, nomenclatura catastral provincial Depto. 30, Ped.02, Pblo.52, C.02, S.03, M 268, P.100; identificación catastral municipal C.02, S.03, M. 268, P.006 y se encuentra inscripto en el Registro General de la Provincia de Córdoba a la Matrícula Nº 1.206513.
II Ordenar la inscripción a nombre del actor Sr.
Gustavo Alejandro Mana de la adquisición dominial de los derechos y acciones de titularidad del demandado sobre el inmueble descripto.- III
Ordenar que -simultáneamentese proceda a la cancelación de las inscripciones del dominio anteriores a la presente en orden a los derechos objeto de esta acción y la anotación preventiva dela sentencia art. 789 del CPCC.- IV Ordenar que -oportunamentese a la Dirección General de Rentas de la Provincia y a la Dirección de Catastro provincial la inscripción del referido dominio a nombre de la usucapientes. V Publíquese la presente resolución por edictos, por el término de ley, conforme al art. 790 del CPCC.- VIImponer las costas por su orden. Diferir la regulación de honorarios del Ab. Carlos J. Venturuzzi para cuando exista base cierta para ello. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Carlos Ignacio Viramonte. Juez.- Oficina, Junio de 2023.
5 días - Nº 469892 - s/c - 07/08/2023 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/08/2023 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date01/08/2023

Page count70

Edition count3656

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/07/2024

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