Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2023 - 2º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCIII - Nº 124
CORDOBA, R.A., VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

44; Sud-Este camino por medio el solar A de la manzana 45 y al Sud-Oeste camino por medio con más terreno de su propiedad. VENTA: al folio 183 del año 1912: la mitad Sud-Este del solar C de la manzana 44 del pueblo Las Varas, pedanía Sacanta, Departamento San Justo, mide 25 metros de Nor-Oeste a Sud-Este por 50 metros de Nor-Este a Sud-Oeste, linda: Nor-Oeste y Nor-Este, solar D y el vendedor Sud-Este y Sud-Oeste calle en medio con solar A y Berta Besancenot de Ravenet. RESTO DE LA MAYOR
SUPERFICIE DEDUCIDA LA VENTA 1: La mitad Nor-Oeste del solar C de la manzana 44 del pueblo Las Varas, Pedanía Sacanta, Departamento San Justo, mide 50 metros en su costado Nor-Oeste, 25 metros en su costado Nor-Este, 50 metros en su costado Sud-Este y 25 metros en su costado Sud-Oeste, todo lo que encierra una figura de 1250 metros cuadrados y linda: al Nor-Oeste con parcela 1 de José Domingo Chichiné; al Nor-Este, con parcela 4 de Marcos Ponce; al Sud-Este con parcela 6 de Pablo Escalante y al Sud-Oeste con calle Juan José Paso. 3.- Ordenar la publicidad de la sentencia de conformidad a lo dispuesto por los arts. 790, 783 y 783 ter del C.P.C. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Firmado: Dra. Carolina Musso Juez de Primera Instancia.1 día - Nº 464867 - s/c - 07/07/2023 - BOE

BELL VILLE.- En los autos caratulados BORBON INES Y OTROS-USUCAPION.- MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPION-EXPTE.-3480976- USUCAPION Expte. 10246384, que se tramitan ante el Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial y Conciliación de 3 Nominación, Secretaría Nº 5, se cita y emplaza a Félix Poletta y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble cuya posesión se invoca, objeto de la demanda, para que en plazo de veinte días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos comparezcan a estar a de-

recho, Mensura de Posesión, confeccionado por el Ingeniero Civil Gastón Briner, MP 4473, visado por la Dirección de Catastro, en expediente Nº 053-007288/2016, del 19/05/2016, lote de terreno ubicado en Departamento Unión, Pedanía Litín, Provincia de Córdoba, designado como parcela catastral N 01 de la manzana catastral N 17, de la localidad de Noetinger, posesión de Juan Domingo Borbón, que mide y linda: Partiendo del esquinero Nor-Oeste, vértice A, con un ángulo interno de 900250 y con rumbo Sud-Este hasta el vértice B, mide 65m. línea A-B colindando con calle Sarmiento; desde el vértice B, con un ángulo interno de 895710 y con rumbo Sud-Oeste hasta el vértice C, mide 467,60 m línea B-C colindando con parcela 32162-3770 de Mariano Bautista Manero, inscripto en MFR 764.458; desde el vértice C, con un ángulo interno de 901301, con rumbo Nor-Oeste hasta el vértice D, mide 65
m. línea C-D colindando con el F.C.N.G.M.B., y cerrando la figura desde vértice D, con un ángulo interno de 894659; y con rumbo Nor-Este hasta el vértice A mide 467,80 m línea D-A colindando con la parcela 32162-3969 de Demetrio Casagrande, inscripto en MFR. 602.677. Superficie total de 30.400 m2.- Empadronamientos:
DGR: 360102104184, Dirección de Catastro Nº 3601240103017001. Según títulos: La mitad Oeste de la quinta Nº 14, que mide 65 m de frente sobre la calle Mendoza por 470,15 m de fondo, lindando: al Norte calle Mendoza; al Oeste quinta 16, al Sud con el Ferrocarril Central Argentino, y al Este fracción restante de la quinta 14, con una superficie total de 3 has, 5 as, 59cas, 75 dm2.- Inscripto a nombre de Félix POLETTA, en el Registro Gral.
de la Provincia en M.F.R. 1.720.350.
10 días - Nº 465131 - s/c - 07/08/2023 - BOE

El Señor Juez de 1 Inst. Civ.Com. de 38Nom., de la ciudad de Córdoba, en autos caratulados BRAVO, CARMEN EDUARDO USUCAPION
MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCA-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

PION EXPTE Nº 6420636, ha dictado el siguiente Protocolo de Sentencias, Resolución Nº 64 de fecha 27/04/2023. En la ciudad de Córdoba, Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1º Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por el Sr. Carmen Eduardo Bravo, DNI
7.991.013, hoy su sucesión, siendo sus herederos:
Teresa Honoria Navarrete DNI 5.463.024, Eduardo Emilio Bravo DNI 22.565.825, Diego Fernando Bravo DNI 23.764.443, Darío Marcelo Bravo DNI 25.246.672 y Carolina Mercedes Bravo DNI
28.345.396 y declarar adquirido por usucapión el inmueble objeto de la presente acción, ubicado en Lote 3 de la manzana 15, que mide 10m de frente por 25,50mts de fondo, o sea una superficie de 255 m2, lindando al Este con calle Ciudad de Esteco ex calle 1, al Sur con el lote 4, al Oeste con lote 23 y al Norte con lotes con parte del lote; inscripto en el Registro General de la Propiedad de la provincia de Córdoba bajo Matrícula Nº 105.127; sito sobre calle Ciudad de Esteco Nº 3677, Bº La France, departamento Capital, provincia de Córdoba, todo según plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Civil CARLOS H.
SERRANO, Mat. Prof. 3512, debidamente visado por la Dirección General de Catastro. 2º Establecer que la adquisición del dominio por usucapión aconteció el día 25/10/1991. 3º Oportunamente ordénense las inscripciones al Registro General de la Propiedad, Dirección General de Rentas y Dirección General de Catastro de la Provincia y demás organismos y reparticiones que correspondiere. 4º Publíquense edictos oportunamente de la presente resolución por el término de ley y notifíquese a los interesados. 5º Imponer las costas por el orden causado. 6º Diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto exista base cierta para ello. Protocolícese y hágase saber. Texto Firmado Digitalmente por: WALTER, Nadia, JUEZ/A DE 1RA INSTANCIA.
10 días - Nº 465325 - s/c - 07/08/2023 - BOE

59

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2023 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date08/07/2023

Page count59

Edition count3661

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones