Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/07/2023 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 120
CORDOBA, R.A., VIERNES 30 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES
10 días - Nº 459472 - s/c - 05/07/2023 - BOE

El Juzgado de Primera Instancia Segunda Nominación Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Bell Ville, Secretaria N Tres, en los autos caratulados PERALTA, LUIS CARLOS - USUCAPION Expte. N 8745094, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO:
18. BELL VILLE, 17/04/2023. Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda de usucapión oportunamente promovida, a favor de Luis Carlos Peralta y en consecuencia, declarar adquirido, por prescripción el inmueble que se describe a continuación: a Según títulos: FRACCIÓN DE
TERRENO Ubicada al Sud de la vía férrea de la localidad de San Marcos Sud, DPTO. UNIÓN, DESIGNADA: LOTES 7 Y 8 DE LA MANZANA
12, que unidos miden: 37 m. de E a O por 55m de N a S. Lindan al N con callejuela Callao; al S Boulevar Río Cuarto; al E calle Santiago y al O lote 9. SUP.TOT.2035M2. Inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula N 1541653 Antecedente Dominial: Folio:
6245, Año: 1959; Orden: 5044, b Según plano:
Lote de terreno edificado ubicado en Departamento Unión, Pedanía Bell Ville, Municipio San Marcos Sud, designado como lote 10, Manzana 12, el cual mide y linda: partiendo del punto D con ángulo interno 900000, línea D-A, costado NO, mide 55.00 metros lindando con Parcela 7, propiedad de Jaime Rodriguez. Desde el punto A con ángulo interno de 900000, línea A-B, costado NE, mide 37,00 metros lindando con la Callejuela Callao. Desde el punto B, con ángulo interno de 900000, línea B-C, costado SE, mide 55,00 metros lindando con la Calle Santiago. Desde el punto C, con ángulo interno 900000, línea C-D, costado SO, mide 37,00 metros lindando con el Bv.
Río Cuarto, cerrando de esta forma una figura rectangular con una superficie de 2035 metros cuadrados. La presente usucapión afecta en forma total Parcela 6, Matrícula 1541656, N
de cuenta: 36-03-02048645, desig of- 7-8, Mz Of. 12, Nomenclatura catastral 36-03-32-02012610.-01019106. 2 Inscribir el inmueble aludido a nombre del Sr. Luis Carlos Peralta, DNI
8.578.616, CUIT: 20-08578616-5, con domicilio en calle Río Cuarto S/N de la localidad de San Marcos Sud, nacido el 23/06/1951, argentino, casado en primeras nupcias con Norma Beatriz Merlos, DNI 13.662.552. Con tal fin, libar oficio al Registro General de la Provincia, previa publicación de edictos por el término de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el diario Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario de circulación en
esta ciudad, a los efectos de notificar la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art.
790 del CPCC. 3 Ordenar la cancelación en forma total de la medida ordenada por este Tribunal: Anotación del diario diario PC LITIS D
en b1 es 1150 del 08/11/2017, registrada sobre la Matrícula N 1541656; con tal fin, oficiar al Registro General de la Provincia, una vez firme la presente resolución. 4 Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real del inmueble de que se trata, el 31 de diciembre de 2002. 5 Imponer las costas a cargo del Sr.
Luis Carlos Peralta. 6 Regular los honorarios profesionales del Dr. Cristian Jesús Pagnone por las tareas realizadas en la presente causa, en la suma de pesos ciento cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y cinco con sesenta ctvs. $ 142.845,60, con más la suma de pesos veintinueve mil novecientos noventa y siete con cincuenta y ocho ctvs. $ 29.997,58 en concepto de IVA, los que estarán a cargo del Sr. Luis Carlos Peralta, con más los intereses establecidos en el considerando pertinente. PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y DÉSE COPIA.
El presente ha sido firmado digitalmente por VALERIA CECILIA GUIGUET JUEZ.-

calle Salta. Su límite se encuentra parcialmente materializado desde A hasta la progresiva 5.30
m. por muro de 0.16 m. de espesor; b Lado noreste: con la parcela 5 empadronada en la cuenta n 16-04 0299852/8 a nombre de Segundo Constancio Gilli, inscripta al Dº17041, Fº20224, Tº81, Aº1951; c Lado Sureste: con resto de la Parcela 16 de Asociación del Círculo Católico de Obreros de Villa María, inscripta al Dº361, Fº264, Tº2, Aº1914, cuenta n 16-04
0181381/8 a nombre de Doroteo Altamirano, Esmeralda Altamirano, Mercedes Altamirano, Irma Altamirano, Gerardo Altamirano y Héctor Altamirano. d Lado suroeste: con la parcela 03
de Pedro Miguel Banchio, inscripta al Dº13684, Fº16914, Tº68, Aº1962. El lote tiene una superficie según Mensura de 282 m2 II. Ordenar la inscripción del dominio en el Registro General de la Provincia a nombre del Obispado de Villa María III. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial y diario local autorizado arts.
790 y 783 ter, CPC. IV. Distribuir las costas por el orden causado. V. Diferir la regulación de los honorarios del Dr. Mario Litterini. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Fdo.: ROMERO, Arnaldo Enrique Juez de Primera Instancia.10 días - Nº 460161 - s/c - 07/07/2023 - BOE

10 días - Nº 459896 - s/c - 03/07/2023 - BOE

El Señor Juez de 1º Inst., 2º Nom. en lo Civil, Comercial y de Familia de la Ciudad de Villa María, Sec. Nº 3 a cargo de la Dra. Nora Lis GOMEZ, en autos OBISPADO DE VILLA MARÍA - USUCAPIÓNExpediente Nº 6498274, ha dictado el siguiente la siguiente resolución:
SENTENCIA NÚMERO: 101. VILLA MARÍA, 16/12/2022. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I. Admitir la demanda de usucapión deducida en marras y, en su mérito, declarar que el Obispado de Villa María, adquirió por prescripción ordinaria el derecho real de dominio respecto del inmueble que se encuentra determinado en el plano de mensura confeccionado por el Ing. Civil Ricardo D. Maldonado, visado por la Dirección Gral.
de Catastro el 25/07/2012 en Expte. N 003376520/03, empadronado en la Dirección General de Rentas bajo la cuenta N 160401802158, con designación catastral Loc.22- C.01-S.01M.080-P.026, inscripto en el Registro General de la Propiedad en la Matricula 1685213; y que
La Sra. Juez de 1ra. Instancia Civil, Comercial y Conciliación de 1ra. Nominación, de La ciudad de Villa Dolores, Cba. Dra. Sandra Elizabeth Cuneo, Secretaria N 1 en autos: FRANCIA, OmarUSUCAPION Expte Nº 3368058 mediante Sentencia Nº 27 de fecha 13/04/2023, ha dispuesto: Y VISTO Y DE LOS QUE RESULTA
QUE Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1
Hacer lugar a la demanda instaurada en todas su partes y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteñal, al Sr. Omar Francia, D.N.I. Nº 13.858.008, C.U.I.L. Nº 2013858008-4, argentino, nacido el 09 de Marzo de 1960, de estado civil casado con Mirta Gladys Giménez, domiciliado en calle Pública Nº 177, Bº San Martín de la ciudad de Villa Dolores, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba, en proporción del cien por ciento 100%, el derecho real de dominio artículos 1887 -inc.
ay 1941 del C.C.C., sobre el inmueble que se describe como: Una fracción de terreno urbano de 1.260.00 m2. Edificado, ubicada sobre calle Callejón de Los Castellanos esq. Cleofa Man-

se describe como fracción de terreno ubicada sobre calle Salta Nº 444, en Manzana Nº133, lote Nº 026 de la ciudad de Villa María, Dpto.
Gral. San Martín, Pcia. de Córdoba. Designación catastral: Depto. 16 Pedanía 04 Localidad 22 C01 S01 M080 P026. El lote es de figura rectangular, que linda: a Lado noroeste: con
zanares, en la ciudad de Villa Dolores, Pedanía Dolores, Departamento San Javier de esta Provincia de Córdoba, y que se designa como:
Lote: 100, Mz. Of.: G, Nomenclatura Catastral Provincial: Dpto.: 29, Pnía.: 01, Pblo.: 26, C: 02, S: 02, Mz: 010, P: 100. Municipal: C: 02, S: 02, Mz.: 010, P: 100; cuyo perímetro está formado
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Acerca de esta edición

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PaysArgentine

Date03/07/2023

Page count58

Edition count3642

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

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