Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 44
CORDOBA, R.A., VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

de mayo de 2013. III Oportunamente ordenar la inscripción de titularidad a favor de María Inés Laborde DNI 5.326.163, Mara Florencia Zucchi DNI 24.974.226 y Maria Alejandra Zucchi DNI
27.076.150 en el Registro General de la Provincia, Dirección de Rentas, Dirección de Catastro y Municipalidad de Vicuña Mackenna. IV Publíquense edictos de la presente resolución por el término de ley. V Costas por el orden causado.
Regular los honorarios de las Dras. CIMADORE de FAGIANO A. Laura y MARTINEZ Cecilia Gabriela en la suma de pesos cincuenta y ocho mil novecientos treinta con 20/100 centavos $
58.930,20, en forma conjunta y en la proporción de ley, los que devengarán los intereses establecidos en los considerando respectivo. PROTOCOLICESE Y HAGASE SABER. Fdo: MARTINEZ
MARIANA Juez10 días - Nº 365125 - s/c - 23/03/2022 - BOE

En los autos caratulados: EXPTE: 1352220 CORDOBA, ANGELA LIDIA C/ SUCESORES
DE FERREYRA MIGUEL ANGEL, Y OTRO ORDINARIO OTROS que se tramita por ante el Juzgado de ºins.1ºnom.Civ.Com.Conc.yFlia.
Sec.2 de Alta Gracia Dirección del Juzgado:
Franchini esq.Sarmiento se ha resuelto citar y emplazar a los sucesores de los Sres. Ferreyra, Miguel Angel y Ferrerira y/o Ferreyra, Ricardo para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, a cuyo fin notifíquese a los domicilios denunciados y a los que surgen de los oficios acompañados. Cítese y emplácese a los que se consideren con derechos sobre el inmueble que pretende usucapir por edictos que se publicarán por diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín oficial y en un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación de los inmuebles de que trata.
Cítese y emplácese a los terceros interesados del art. 784 del C. de PC.,- Procuración del Tesoro de la Provincia, Municipalidad de Alta Gracia y colindantes actuales a fin de que concurran a deducir oposición, lo que podrán hacer dentro del término de veinte días subsiguientes a la publicación de edictos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 784 in fine del C. de P.C. Todo ello sin perjuicio de la citación directa a los domicilios conocidos que surjan de las constancias de autos Fdo. Dra. Vigilanti. Juez. Dra. Gonzalez.
Prosecretaria. A.Gracia, 21/04/2017.
10 días - Nº 365138 - s/c - 29/03/2022 - BOE

El Sr. juez de 1era. Inst. y 46a Nom. en lo Civ. y Com. de la Cuidad de Córdoba, Dr. Mayda, Alberto Julio, Secretaría a cargo de la Dra. Laimes, Liliana Elizabeth, en los autos caratulados Barre-

ra, María Mercedes-Usucapión-Medidas Preparatorias para Usucapión Expte.N 5091260, ha dictado la siguiente resolución: Auto Interlocutorio Número doscientos cuarenta y tres. Córdoba, 30
de mayo de dos mil diecinueve. Y Vistos: Estos autos caratulados: Barrera, Maria Mercedes Usucapión - Medidas Preparatorias Para Usucapión, Expte.N 5091260 traídos a despacho a los fines de resolver y de los que resulta que a f. 538 comparece la Dra. Adriana Ana Domínguez, patrocinante de la Sra. María Mercedes Barrera y solicita la ampliación de la Sentencia n.º 306 de fecha 27 de agosto de 2014 ff. 480/493 en relación a los datos personales de la adquirente por prescripción.Manifiesta que lo que requerido se funda en la observación formulada por el Registro de la Propiedad f.537 en la que se consigna 1.
Por resolución judicial, acompañar datos completos de la adquirente por prescripción. A los fines de dar acabado cumplimiento a lo expuesto supra, denuncia los datos solicitado de la Sra.María Mercedes Barrera, a saber: CUIT 27-11188871-5, estado civil: separada, dirección José Aycardo n.º2546, Barrio Villa Bustos, Córdoba Capital, fecha de nacimiento: 26 de septiembre de 1952. A
f. 539 se dicta el decreto de autos el que firme permite resolver.Y Considerando: I A f. 538 comparece la Dra. Adriana Ana Domínguez, patrocinante de la Sra. María Mercedes Barrera y solicita auto ampliatorio de la Sentencia n.º 306 de fecha 27 de agosto de 2014 obrante a ff. 480/493, en virtud de las observaciones efectuadas por el Registro General de la Provincia, todo conforme se describe en los Vistos, a los cuales me remito por cuestiones de brevedad.II Ante lo peticionado por la compareciente debe tenerse presente que el art. 338 del C.P.C.C. autoriza al suscripto a interpretar la sentencia en cualquier tiempo. III
Ahora bien, respecto a los datos identificatorios de la adquirente por prescripción dni, cuil, estado civil y domicilio, los mismos resultan ser una declaración unilateral que realizan las partes.De ello se desprende que tal denuncia puede asentarse directamente en el oficio de inscripción, sin requerir que se encuentre plasmado en la resolución. Sin perjuicio de ello, a los fines de evitar dilaciones innecesarias, se procederá a la agregación de datos personales ahora denunciados en autos, ampliando la sentencia mencionada.
Por ello, Resuelvo : 1º Hacer lugar a lo solicitado y, en su mérito, ampliar el punto 1 y 3

n.º 2546, Barrio Villa Bustos, Córdoba Capital.
2º Certificar por Secretaría en el protocolo correspondiente, en forma marginal, el dictado del presente decisorio. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Fdo. Mayda, Alberto Julio-Juez de 1era Instancia.

del Resuelvo de la Sentencia nº 306 de fecha 27 de agosto de 2014 obrante a ff. 480/493, el que, en su parte pertinente, quedará redactado de la siguiente manera: Sra. María Mercedes Barrera, D.N.I. N. 11.188.871, CUIT 27-111888715, estado civil: separada, fecha de nacimiento: 26
de septiembre de 1952, domicilio: José Aycardo
comparezcan a tomar participación en autos, en calidad de terceros, a cuyo fin, publíquense edictos en los diarios mencionados precedentemente.
Atento lo dispuesto por el art. 1905 del Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994, en razón de que el inmueble en cuestión no se encuentra inscripto ante el Registro General de la Provincia,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

10 días - Nº 365223 - s/c - 16/03/2022 - BOE

El Juez de 1º Inst. 4º Nom. Civil, Com. y Flia, Sec.
Nº 8, en autos BRITOS ISABEL ASENCION
USUCAPION EXPTE. N9970971, ha dictado el siguiente decreto: VILLA MARIA, 22/02/2022.
Proveyendo a otras peticiones 17/02/2022:
agréguense oficios dirigidos al RGP y Juzgado Federal Electoral que se adjuntan. Por cumplimentado. En consecuencia, proveyendo a la demanda adjuntada el 15/11/2021 y otras peticiones 28/12/2021: téngase a la compareciente por presentada, por parte y con el domicilio procesal constituido. Por iniciada la presente demanda de USUCAPIÓN. Admítase. Cítese y emplácese a los Sucesores de Celia CACERES
DNI 7.662.812 para que en el plazo de veinte 20 días comparezcan a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía, a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial art. 152 CPCC. Cítese y emplácese por edictos, a los terceros que se consideren con derecho al inmueble en cuestión, los que se publicarán por diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín Oficial y El Diario local, a fin de que concurran a deducir su oposición dentro de los de seis días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos. Líbrese mandamiento al señor Intendente de la Municipalidad de Tío Pujio a fin de que coloque copia del edicto en las puertas de la Intendencia a su cargo, durante treinta días art. 785 del CPCC.
Cítese al Fisco de la Provincia y Municipalidad de Tío Pujio, para que en el plazo de cinco días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley art.784 inc.1 del CPCC. Líbrese oficio al señor oficial de Justicia y/o Juez de Paz a efectos de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio, en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor, durante toda la tramitación del juicio art.
786 CPCC. Cítese a los colindantes del inmueble que se trata de usucapir art.784 inc. 4 del CPCC para que en el plazo de veinte 20 días
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2022 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date25/02/2022

Page count53

Edition count3643

Première édition01/02/2006

Dernière édition08/07/2024

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