Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/01/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 9
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 12 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

La Sra. Jueza de 1º Inst. en lo Civil y Comercial, Dra. Gabriela Castellani, en autos: Expte.
Electrónico 9483705 Cuerpo 1 Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba c/ ALLOCCO
HUGO ROBERTO Ejecutivo Fiscal que tramitan ante la Oficina de Ejecución Fiscal de la ciudad de San Francisco, a cargo de la autorizante, ha dictado la siguiente resolución: SAN FRANCISCO, 27/10/2021. Cítese al demandado mediante edictos a publicarse por cinco 5 día en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad a lo ordenado por el art. 4 de la ley 9024. A dicho fin, cítese y emplácese para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese de remate al demandado, con las previsiones de ley, para que dentro de los tres días posteriores al del comparendo, oponga excepciones legítimas, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución.
Fdo.: Dra. Gabriela Castellani, Juez. Dra. María Damia, Prosecretaria Letrada.
5 días - Nº 358781 - $ 2040,45 - 14/01/2022 - BOE

Por orden de la Secretaría de Gestión Común de Ejecución Fiscal N 2, de la ciudad de Córdoba, con domicilio en calle Arturo M. Bas 244, P.B., Cba., en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE
CÓRDOBA C / VIDELA MARCOS EDUARDO
PRESENTACIÓN MÚLTIPLE FISCAL EXPTE. N 9655261, SE CITA A: VIDELA MARCOS
EDUARDO C.U.I.T. N 20303274546, de conformidad con lo dispuesto por la ley 9024. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de VEINTE días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía.
Cíteselo de remate para que dentro de los tres días siguientes al vencimiento del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.- Enrique Pablo Reyna Novillo, Procurador Fiscal N
55582, Decreto N 1790/16 del Poder Ejecutivo Provincial.
5 días - Nº 358991 - $ 2382,50 - 14/01/2022 - BOE

La secretaria de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal N1, Secretaria Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/
MUÑOZ MARCELO TEODORO Y OTROEJECUTIVO FISCAL - EE N, domicilio del Tribunal Arturo M Bas N 244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a MUÑOZ MARCELO TEODORO - CARRIZO MIRIAN DEL VALLE, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento
de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N 2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N 1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Fernando Javier Caretó Procurador Fiscal. Liq. N:501741022020
5 días - Nº 359165 - $ 4242,50 - 14/01/2022 - BOE

La secretaria de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal N2, Secretaria Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ PEDRON
CHRISTIAN ALEJANDRO - EJECUTIVO FISCAL - EE N 9559384, domicilio del Tribunal Arturo M Bas N 244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a PEDRON CHRISTIAN ALEJANDRO, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201
se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N 2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N 1582, Serie A, del 21/8/2019.
Fdo. Fernando Javier Caretó Procurador Fiscal.
Liq. N:201959062020
5 días - Nº 359168 - $ 4190 - 14/01/2022 - BOE

La secretaria de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal N3, Secretaria Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE VIGNATI PATRICIA SILVINAEJECUTIVO FISCAL - EE N 9149515, do-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

micilio del Tribunal Arturo M Bas N 244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE VIGNATI PATRICIA SILVINA, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N 2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N 1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Fernando Javier Caretó Procurador Fiscal. Liq. N:500523972020
5 días - Nº 359174 - $ 4328,75 - 14/01/2022 - BOE

La secretaria de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal N3, Secretaria Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION
INDIVISA DE SPINOLO OSCAR ENRIQUEEJECUTIVO FISCAL - EE N 9974504, domicilio del Tribunal Arturo M Bas N 244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE SPINOLO OSCAR ENRIQUE, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N 2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N 1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Fernando Javier Caretó Procurador Fiscal. Liq. N:504664112020
5 días - Nº 359177 - $ 4306,25 - 14/01/2022 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/01/2022 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date12/01/2022

Page count6

Edition count3666

Première édition01/02/2006

Dernière édition09/08/2024

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