Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/06/2021 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 108
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

corridos de comunicada la autorización de retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemnes a Rombo Cia. Financiera S.A. y/o Volkswagen Financial Services Compañia Financiera S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta.
Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. Buenos Aires, 20 de Mayo de 2021.1 día - Nº 314203 - $ 3447,64 - 02/06/2021 - BOE

CONCURSOS Y QUIEBRAS
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación, Secretaría N 3 de la ciudad de San Francisco, se hace conocer la siguiente resolución dictada en los autos caratulados:
DALMASSO, VICTOR HUGO QUIEBRA INDIRECTA.- SENTENCIA NUMERO: TREINTA Y
TRES. San Francisco, dieciocho de mayo de dos mil veintiuno. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I Declarar la quiebra del Sr.
Víctor Hugo DALMASSO, argentino, D.N.I. Nº 16.038.826, C.U.I.L. N 23-16038826-9, de estado civil casado con María Guadalupe Vaschetto, fecha de nacimiento: 04/02/1964, hijo de Mateo Dalmasso y de Esther Juan Rosa Ferrando, de profesión trabajador en relación de dependencia, con domicilio real en Pje. Rafael Núñez N 56 de la localidad de Devoto y con domicilio constituido en calle Bv. Roca N 1119 de esta ciudad de San Francisco, ambos del Departamento San Justo, Provincia de Córdoba. II Disponer que los acreedores posteriores a la presentación en concurso deben acudir por la vía incidental a los fines de requerir la verificación de sus créditos art. 202 de la L.C.. III Anotar la presente quiebra y la inhibición de los bienes del fallido en los Registros correspondientes, a cuyo fin ofíciese.
IV Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de la misma a ponerlos a disposición del Sindico dentro del término de veinticuatro horas de requeridos. V Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, si los llevara.
VI Prohibir que se efectúen pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. VII
Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, la que deberá ser entregada al Señor Sindico, a cuyo fin ofíciese a OCA, Correo Oficial de la República Argentina S.A., Andreani y Seprit. VIII
Procédase a efectuar las comunicaciones pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento del art.

103 de la Ley Concursal, a cuyo fin ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones. IX Disponer la inmediata realización de los bienes que conforman el activo Concursal, a cuyo fin hágase saber a la sindicatura que deberá proceder al inmediato desapoderamiento de los bienes del Sr. Víctor Hugo DALMASSO, previo inventario, a cuyo fin ofíciese. Oportunamente la Sindicatura aconsejará la forma de realización de los mismos, que resulte más conveniente para los intereses de la masa 204 y siguientes de la L.C.
y la designación en su caso del enajenador art.
88 inc. 9 y 261 de la ley 24.522. X Cumpliméntese por secretaría el art. 89 de la ley 24.522, debiendo la publicidad efectuarse en el Boletín Oficial de la Provincia sin necesidad de previo pago. XI Notifíquese a la Administración Federal de Ingresos Públicos y a la Dirección General de Rentas la declaración de la presente quiebra.
XII A los fines previstos por el art. 132 de la Ley Concursal, requiéranse todas las acciones judiciales iniciadas contra la fallida por las que se reclamen derechos patrimoniales, a cuyo fin ofíciese. XIII Recaratúlese la presente causa. Protocolícese, hágase saber y dése copia.-.- Firmado: Dr. Tomás Pedro CHIALVO - JUEZ.- NOTA:
Se hace saber que el Síndico designado en los presentes autos, es el Contador Livio Santiago BARBERO quien fija domicilio en calle Córdoba Nro. 271, de esta ciudad.- San Francisco, 20 de Mayo de 2021.5 días - Nº 314299 - $ 8535,60 - 03/06/2021 - BOE

no derecho art. 88 inc. 5 de la L.C.Q.. XV Fijar como plazo tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura, el día dos de Julio de dos mil veintiuno 02/07/2021. XVII Establecer como fecha para el dictado por el Tribunal de la resolución de Verificación de créditos del art. 36
L.C.Q. el día veintidos de Octubre de dos mil veintiuno 22/10/2021, la que constituirá asimismo la fecha a partir de la cual se computará el plazo a los fines del art. 37 L.C.Q.. Fdo.: Sergio Gabriel Ruiz Juez.- NOTA: la síndica sorteada, Cra. Cecilia del Valle Díaz, Mat. Nº 10.06563.5, aceptó el cargo y fijó domicilio en calle San Luis N 695, Cdad. de Córdoba. Of.: 31/5/2021.5 días - Nº 315606 - $ 8011,75 - 08/06/2021 - BOE

DECLARATORIAS DE
HEREDEROS
El Sr. Juez de 1 Inst. y 37º Nom. Civ. y Com. de Córdoba, en autos ARANDA , Luis LorenzoDECLARATORIA DE HEREDEROS-EXP.9673300, cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a la sucesión de ARANDA , Luis Lorenzo DNI
6.404.290 ,para que dentro de los treinta días siguientes al de la publicación comparezcan y acrediten su derecho bajo apercibimiento de ley.
16/03/2021 Fdo PERONA , Claudio -Juez de 1
instancia; GUERRERO ,RUBIOLO,Silvia Alejandra Elena -Pro-Secretario1 día - Nº 314229 - $ 166,41 - 02/06/2021 - BOE

Por orden del Sr. Juez Civ. y Com. 52 Nom.
Conc. y Soc., N 8, autos: TRANSPORTE CROMAR S.R.L.- QUIEBRA PEDIDA SIMPLE EXPTE. Nº 9402059, se hace saber que por Sent.
N 75 del 10/05/2021 se resolvió: I Declarar la quiebra de la sociedad TRANSPORTE CROMAR S.R.L. CUIT N 30-70793321-2, inscripta en el Registro Público al Protocolo de Contratos y Disoluciones bajo la Matrícula N 4881-B del Registro Público de la Provincia de Córdoba, con sede social en calle Los Pinos N 4861 Barrio Villa Adela, de esta ciudad de Córdoba, en los términos de los arts. 288 y 289 de la LCQ.. VII
Ordenar a la sociedad fallida y a los terceros que posean bienes de la misma que, dentro del plazo de veinticuatro horas, hagan entrega de aquellos a la Sindicatura, bajo apercibimiento. VIII
Intimar a la sociedad fallida para que, dentro del término de cuarenta y ocho horas, cumplimente acabadamente las disposiciones del art. 86 de la L.C.Q. y para que entregue a la Sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad art. 88 inc. 4 id..
IX Disponer la prohibición de hacer pagos a la sociedad fallida, los que serán ineficaces de ple-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

El Sr. Juez de 1a Instancia y16a Nom. en lo Civil y Comercial de Córdoba, cita y emplaza a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a la sucesión de Jimenez, José Alberto en autos caratulados JIMENEZ, JOSE
ALBERTO -Declaratoria de HerederosEXPTE
Nº 9852533 para que dentro de los treinta días siguientes al de la publicación, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Cba, 23/04/2021. Sec: Julieta Natalia Pilar Chalhub Frau _ Juez: María Eugenia Murillo 1 día - Nº 314317 - $ 156,34 - 02/06/2021 - BOE

Cosquin. El Sr. Juez de 1º Inst. 2º Nom Civil, Comercial Conciliación y Familia Sec. Nº 4 de Cosquin, cita y emplaza a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a la sucesión, o bienes del causante Sr.
JORGE RAUL CHAVEZ DNI 21.408.772 en el Exp. 9971205 CHAVEZ JORGE RAUL - DECLARATORIA DE HEREDEROS y para que en 30 días desde esta publicación comparezcan a estar derecho y tomen participación.
Firmado digitalmente por MARTOS Francisco
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/06/2021 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date02/06/2021

Page count36

Edition count3665

Première édition01/02/2006

Dernière édition08/08/2024

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