Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2020 - 2º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXXII - Nº 284
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 16 DE DICIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

Marcelo Adrián DNI 20.074.227; SAIRE, Romina del Valle DNI 31.200.646; e IBARRA, Oscar Ubaldo DNI 14.655.554; que rige a su respecto lo dispuesto en el art. 25, ley 24522; esto es: a que para poder viajar al exterior por un plazo inferior a 40 días corridos, previamente deberán haber comunicado su ausencia al juez del concurso, presentando a las autoridades correspondientes la comunicación efectuada al Tribunal; o b que para poder viajar al exterior por un plazo superior a 40
días corridos, previamente deberán haber obtenido la autorización judicial pertinente del juez del concurso; todo, bajo expreso apercibimiento de lo dispuesto en el art. 17, LCQ. VI Librar exhortos en los términos del art. 21 L.C.Q. VII Intimar a la deudora para que dentro de los tres días de notificada la presente resolución, deposite judicialmente la suma de pesos trescientos veintisiete mil seiscientos $327.600; $327.500 de los gastos de correspondencia y $100 de mantenimiento de cuenta en la cuenta judicial a la vista Nº 922/8167309 cuenta corriente, CBU N
0200922751000008167392, abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos, de titularidad de la Dirección de Administración del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba CUIT 30-999253438, para abonar los gastos de correspondencia, bajo apercibimiento de ley art. 30, LCQ carta certificada plus de hasta 150g. con aviso de recibo: $430 + $195 = $625. VIII Ordenar la publicación de edictos en la forma prevista por los arts.
27 y 28, LCQ, en el Boletín Oficial y en atención a que la concursada tiene filiales en las localidades de Villa del Totoral y San José de la Dormidaen el diario La Voz del Interior. IX Clasificar el presente proceso concursal como A, conforme a lo dispuesto en el considerando Sexto, y fijar como fecha para que se realice el sorteo de Síndico titular el día 09/12/2020, a las 11 hs., debiendo notificarse al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba sin el requisito de los arts. 59 y 155 del C. de P.C. y C. X Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y títulos pertinentes ante el Síndico, el día 19/03/2021. Se requiere a los acreedores que en su pedido de verificación constituyan un domicilio electrónico consignando un email de contacto y un número de teléfono. Se autoriza expresamente a la Sindicatura en el marco de la pandemia del COVID-19- a recibir los pedidos de verificación de créditos, junto a la documental pertinente, por e-mail o a través del medio digital o del soporte informático que la Sindicatura arbitre a tal efecto, para lo cual y en caso de duda sobre cualquier aspecto de la verificación y su documentacióndeberá valerse de las facultades de investigación que le son propias art. 33, LCQ. Igualmente, se hace saber al Fun-

cionario concursal que deberá recibir los pedidos de verificación en soporte papel, cumpliendo las normas sanitarias vigentes. En tal caso, se hace saber al acreedor, que una vez presentado, deberá remitir su pedido de verificación de crédito por correo electrónico al e-mail de la Sindicatura, o por cualquier otro medio digital. XI Establecer como fecha hasta la cual la Sindicatura podrá presentar el Informe Individual de créditos el día 18/06/2021, debiendo en dicha oportunidad rendir cuentas del arancel del art. 32 de la LCQ percibido. Se requiere al Síndico que, una vez que haya presentado su informe individual, remita digitalmente los pedidos de verificación que le enviaron por mail los acreedores como así también el informe individual, al e-mail oficial del Tribunal juzciv26-cba@justiciacordoba.gob.ar; o por cualquier otro soporte informático. XII Establecer como fecha tope y punto de partida del cómputo a los fines del art. 37, LCQ y para el dictado de la Sentencia de verificación de créditos que prescribe el art. 36, LCQ, el día 17/09/2021. XIII Hacer saber a la concursada que la presentación, a la Sindicatura y al Tribunal, de la propuesta fundada de agrupamiento y clasificación en categorías de los acreedores verificados y declarados admisibles deberá ser efectuada en los términos prescriptos por el art. 41, LCQ, y podrá ser presentada hasta el día 04/10/2021. XIV Hacer saber a la Sindicatura que deberá presentar el Informe General al que alude el art. 39 de la ley 24522, el día 19/10/2021; el que una vez presentado, deberá además ser remitido digitalmente al e-mail oficial del Tribunal juzciv26-cba@justiciacordoba.gob.
ar. XV Determinar como fecha para el dictado de la Sentencia de Categorización el día 17/11/2021. XVI Hacer saber a la deudora que, para el caso de ser factible el ofrecimiento de una propuesta de acuerdo preventivo, ella deberá efectuarse siguiendo los lineamientos de los arts.
43 a 45 de la ley 24522, en sus partes pertinentes, y hacerse pública en el expediente hasta el día 06/04/2022. XVII Establecer que la audiencia informativa prescripta por el penúltimo párrafo del art. 45 de la ley 24522 se llevará a cabo el día 29/04/2022, a las 10 hs., en los estrados del Tribunal; la que se celebrará sólo en el supuesto de que con anterioridad a ese momento la deudora no hubiere obtenido las conformidades previstas por el art. 45 y comunicado dicha circunstancia al Juzgado acompañando las constancias pertinentes. XVIII Fijar el vencimiento del período de exclusividad el día 06/05/2022. XIX Emplazar a la Sindicatura para que en el término de diez días contados a partir del día siguiente al de la aceptación del cargo, se pronuncie sobre los pasivos laborales y sobre la existencia de otros créditos laborales comprendidos en el pronto pago y la
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

situación futura de los trabajadores en relación de dependencia art. 14, inc. 11, ítems a y b, LCQ.
XX Disponer que la Sindicatura designada presente el informe incorporado en el inc. 12º del art.
14 L.C.Q., a los 30 días corridos desde la aceptación del cargo, y luego, de forma mensual, en idéntico día de los meses subsiguientes. XXI Encargar a la concursada que notifique a las reparticiones correspondientes la prohibición de suspender los servicios públicos que se presten a la deudora con origen en deuda de causa anterior a la fecha de presentación del concurso preventivo 23/10/2020; art. 20, LCQ. XXII Emplazar a la concursada para que en el plazo de tres días acompañe al Tribunal los libros de comercio y los de otra naturaleza que lleve, bajo apercibimiento de ley art. 30, LCQ. XXIII Notifíquese a la Dirección de Rentas de Córdoba la presente resolución. Atento a lo dispuesto por las Resoluciones nº 01 del 26/05/2015 y nº 04 del 30/11/2015, dictadas por el Excmo. T.S.J., Sala Civil y Comercial, dispónese, con la limitación a la participación individual de los acreedores prescripta en la legislación sustancial art. 252 de la ley 24522: a incluir a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba en el servicio judicial extranet, como tercero y/o con interés, registrando como representante de dicho organismo a la Dra. Ana Lía Rodríguez M.P. 01-26527; y b incluir a la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P.
D.G.I. en el servicio judicial extranet, como tercero y/o con interés, registrando como representante de dicho organismo a las Dras.
Alba Elizabeth Bognanni M.P. 01-24423, María Magdalena Mosquera M.P. 01-27954 y Mónica E. Tinunin M.P. 01-20770; lo que tendrá lugar a partir de que la repartición respectiva acredite en el expediente haber efectuado la insinuación de su crédito. Protocolícese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. CHIAVASSA Eduardo Néstor-Juez. NOTA: se hace saber que se ha designado como síndicos a Estudio Contable Pereyra-Gallo contadores Gallo Adriana del Carmen, M.P. 10.02746.0 y Pereyra Luis Pedro, M.P.
10.02070.4 con domicilio en calle 25 de mayo 271
piso 7mo de la Ciudad de Córdoba Cel contador Pereyra 3516515664, Cel contadora Gallo 3513188001, correo electrónico: adrianadcgallo@hotmail.com, horario de atención al público de lunes a viernes de 09 a 15 hs.
5 días - Nº 289822 - $ 43048,75 - 22/12/2020 - BOE

DECLARATORIAS DE
HEREDEROS
El Sr. Juez de 1 Inst. y 3 Nom. en lo Civil y Com.
de la ciudad. de Río III, Sec. Nº 6 a cargo de la Dra. Anahí Beretta, en autos: 9361750 ERRAS-

4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2020 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date16/12/2020

Page count60

Edition count3647

Première édition01/02/2006

Dernière édition15/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Diciembre 2020>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031