Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/12/2020 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXXII - Nº 282
CORDOBA, R.A., LUNES 14 DE DICIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

doba, autos: ACOSTA, CESAR EMANUEL PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO Expte N.º 9519730 por Sentencia Nº 181 de fecha 30/10/2020, se resolvió: Declarar abierto el concurso preventivo del Sr. Cesar Emanuel Acosta, DNI 26.484.839, CUIL 20-26484839-4, con domicilio real en calle Belisario Roldan N 16, Barrio Industrial, Villa Allende. Fijar como tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos probatorios ante el Síndico, Cr Arturo Enrique CONTI, con domicilio en Av Valparaíso N2885 B Jardín, Córdoba, teléfono 351-5319634, correo electrónico: enriqueconti@yahoo.com.ar, horario de atención Lunes a Viernes de 10 a 13 hs y de 14 a 17 hs, el día diecinueve de febrero del dos mil veintiuno 19/02/2021. Fdo: Silvestre Saúl Domingo Juez.
5 días - Nº 288727 - $ 1738,35 - 18/12/2020 - BOE

El Sr Juez de 1 Ins. CC 3-Con Soc 3 de la ciudad de Córdoba, hace saber que en autos Pajón Rubén JorgePEQUEÑO CONCURSO
PREVENTIVO EXPTE. N7716088, por SENTENCIA NUMERO: 279 de fecha 20/11/2020. Y
VISTOS: Y CONSIDERANDORESUELVO: I
Rechazar los planteos de inconstitucionalidad de la Ley Impositiva Provincial arts. 78 y ss. y del art. 266 L.C.Q. incoados en el presente concurso preventivo. Declarar la inconstitucionalidad del art. 17 de la ley número 6468 en orden a la oportunidad en que debe efectuarse el aporte a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Subsidios de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba. II Homologar el acuerdo preventivo celebrado por Rubén Jorge Pajón, con sus acreedores quirografarios, con los efectos y alcances de los arts. 52 y siguientes de la Ley concursal. III Mantener las medidas de los arts.
16, 17, 18 y 14 inc. 7 L.C.Q. por el plazo de cumplimiento del acuerdo preventivo. IV Disponer la continuación de la intervención de la Sindicatura para vigilar el cumplimiento del acuerdo, quien deberá informar acerca del cumplimiento luego de cada vencimiento y sobre la situación económica y financiera de la concursada, sin perjuicio del inmediato reporte de cualquier hecho que pudiere agravar la situación de la deudora.
V Imponer las costas al concursado. VI Regular los honorarios profesionales del síndico, Cr. Juan Fernández en la suma de pesos ciento cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta con cincuenta y dos centavos $145.682,52, la suma de pesos siete mil seiscientos sesenta y siete con treinta y nueve centavos $7.667,39 a favor del síndico Cr. Edgardo Elías Maer; la suma de pesos veintitrés mil quinientos noventa y uno con noventa y ocho centavos $ 23.591,98 para su asesor
letrado, Dr. Sergio Daniel Ferreyra a cargo de la Sindicatura art 257 LCQ y la suma de pesos ochenta y dos mil quinientos setenta y uno con noventa y seis centavos $82.571,96, a favor de la letrada del concursado Dra. Silvina Elizabeth Wortley; en todos los casos con más IVA en caso de corresponder. VII Ordenar la formulación por Secretaría de planilla general de gastos del concurso. VIII Emplazar al concursado para que proceda a oblar la tasa de justicia $2.290,02
en el plazo de 15 días y a la Caja de Previsión Social para Profesionales de Ciencias Económicas $1.145,01 bajo apercibimiento de ley; y el resto de los gastos del concurso que surjan de la planilla a confeccionarse por Secretaría. IX
Declarar la conclusión del presente concurso preventivo con los alcances y efectos del art. 59
L.C.Q. X Ordenar al concursado la publicación de la presente resolución por un día en el Boletín Oficial y en el diario Comercio y Justicia .
Protocolícese, hágase saber y dése copia Fdo Silvestre, juez.
1 día - Nº 288730 - $ 1365,27 - 14/12/2020 - BOE

Juez de 1 Ins. CC.7-Con Soc 4 de Córdoba, hace saber que en autos SANCHEZ CRISTIAN
EMANUEL PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVOExpte. 9621691, por Sentencia nº 206 del 20/11/2020, se resolvió: I I Declarar abierto el Concurso Preventivo del Sr. CRISTIAN
EMANUEL SANCHEZ DNI. Nº36.131.825. VIII
Fijar como plazo tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura Cra. Picchio, Paula Beatriz, Domicilio Duarte Quirós Nº93, 3º, A, Córdoba TEL: 3514225975Mail: paupicchio@hotmail.com , el día 02/03/2021.
5 días - Nº 289075 - $ 2338 - 17/12/2020 - BOE

El Sr. Juez de 1 Inst. 3 Nom. de Bell Ville, Sec.
nº 5, en autos RACCA, Roberto Oscar PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO, Expte.
9404090, ha dispuesto: Y VISTOS: . Y CONSIDERANDO: . RESUELVO: IDeclarar la apertura del concurso preventivo del Sr. ROBERTO
OSCAR RACCA, D.N.I. N 25.155.917, argentino, casado, mayor de edad, fecha de nacimiento: 12/11/1976, con domicilio real en calle Deán Funes Nº 237 de la ciudad de Bell Ville, constituyéndolo a todos los efectos procesales en calle Rivadavia Nº 71 de la ciudad de Bell Ville, en los términos de los arts. 288 y 289 de la LCQ.
IIOrdenar la anotación del presente concurso preventivo en el Registro Público de Comercio Dirección de Inspección de Personas Jurídicas-, y en el Registro de Juicios Universales, requiriéndose informe sobre la existencia de otros procesos concursales anteriores. IIIOrdenar la
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anotación de la inhibición general de bienes del concursado en los registros pertinentes, a tales efectos, ofíciese art. 14 inc. 7 de la LCQ. IVHacer saber al concursado que en el supuesto de requerir viajar al exterior deberá previamente comunicar al juez del concurso en las condiciones establecidas en el art. 25 de la LCQ. VIntimar al concursado para que en el término de tres 3 días consigne judicialmente la suma de pesos cuatro mil $4.000 para abonar los gastos de correspondencia conf. art. 14 inc. 8 de la LCQ, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 30 de la ley citada-, a cuyo fin por secretaría procédase a la apertura de cuenta judicial.
VIDesignar el día 03 de febrero de 2021 a las 10:30 horas, para realizar audiencia de sorteo de síndico, notificándose al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Dra. Ana Laura Nieva, Secretaria, custodia y administradora de la Lista única para sorteos de Síndicos. Hágase saber que dado el contexto de prestación del servicio de justicia bajo presencialidad administrada actualmente vigente, dicho sorteo será efectuado por el Tribunal en el día y a la hora establecidos precedentemente siempre que así sea instado por la parte mediante escrito que a tales fines deberán ingresar vía presentación remota SAC para auxiliares con antelación de un 01 día a la fecha dispuesta. VIIFijar como plazo para que los acreedores presenten en formato papel sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante el Síndico hasta el día 19 de marzo de 2021.- conf. art. 14, inc. 3 y 32 de la LCQ. VIIIEmplazar a la Sindicatura para que en el término de 48 hs de vencido el plazo del art. 34, ley citada, suba al sistema informático y presente ante el Tribunal copias de las impugnaciones para su incorporación al legajo previsto en el art. 279 de la LCQ. IXHacer saber al síndico que deberá presentar en formato papel los informes individuales de los créditos el 30 de abril de 2021. XHacer saber al concursado que la propuesta fundada de agrupamiento y clasificación en categorías de los acreedores verificados y declarados admisibles deberá presentarse dentro de los diez 10 días contados a partir de que haya recaído la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ, de conformidad a lo dispuesto por el art. 41 -ley citada. XIHacer saber a la Sindicatura que dentro de los treinta 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al del dictado de la sentencia verificatoria, deberá presentar el informe general a que alude el art. 39
de la Ley 24.522. XII-Hacer saber al concursado que, para el caso de ser factible una propuesta de acuerdo preventivo, ella deberá efectuarse siguiendo los lineamientos de los arts. 43 a 45
de la LCQ -en sus partes pertinentesy hacerla
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PaysArgentine

Date14/12/2020

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