Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/11/2019 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 224
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 27 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

Ejec. Expte. Nº 7889397, con fecha 30/10/2019
Declarar rebelde al demandado, Morello Matías Sebastián D.N.I. Nº 32.477. 2 Mandar llevar adelante la ejec. promovida en contra del demandado hasta el completo pago de la suma de $34.077,08 con más el interés especificado en el consid. IV, 3 Imponer las costas a la demandada, a cuyo fin regulo los honorarios prof.
del Abog. Bartolomé Angeloni en la suma de $12.617,20, con más los honorarios del art. 104, inc 5º de la ley 9459, los que se fijan en la suma de $3.785,16.- PROTOCOLÍCESE Y HÁGASE
SABER. Fdo.: Dra. MARTINEZ de ALONSO, Mariana - JUEZ.
5 días - Nº 239550 - $ 1113,80 - 29/11/2019 - BOE

La Sra. Jueza de 1 Ins. Civ. y Com. de 17 Nom.
de la ciudad de Córdoba, Dra. Beltramone Verónica Carla en autos: GONZALEZ, Carlos Maximiliano c/ BORGHESE, Guillermo Daniel y otro - ORDINARIO - DAÑOS Y PERJ.- ACCIDENTES
DE TRANSITO Expte. 5723383, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA N188. CBA, 20/09/2019. Y VISTOSY CONSIDERANDO
RESUELVO: 1.- Hacer lugar parcialmente a la demanda deducida por el Sr. Carlos Maximiliano González, DNI 36.478.803, en consecuencia, condenar a los demandados Guillermo Daniel Borghese DNI 21.627.112 y José Torres DNI
30.847.644 en forma solidaria a pagar al actor dentro del término de diez días, la suma de Pesos CIEN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS
$ 100.236 en concepto de Incapacidad sobreviniente; la suma de pesos VEINTE MIL $ 20.000
en concepto de daño moral y la suma de Pesos CUATRO MIL SETECIENTOS $ 4.700 en concepto de daño emergente. Con más la suma de pesos QUINIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS
TREINTA Y UNO $510.831 correspondiente a los intereses establecidos hasta la fecha del presente. Lo que otorga la suma total de PESOS
SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE $637.767. Bajo apercibimiento de ejecución compulsiva, con más el recargo de intereses legales fijados en el considerando respectivo en caso de incumplimiento. 2.- Imponer concurrentemente las costas a los demandados. Con excepción de las generadas por la intervención del perito psiquiatra que son a cargo del actor. 3.- Regular en forma definitiva los honorarios del Dr. Dante Ariel Núñez en la suma de pesos CIENTO TREINTA Y SIETE
MIL CIENTO VEINTE $137.120. 4.- Regular en forma definitiva los honorarios de los peritos María Soledad Uanini, Omar Francisco Hiruela y Jorge Horacio Fernández Zavalía en la suma de pesos DIECISIETE MIL DOSCIENTOS CINCO
$ 17.205 para cada uno de ellos. 5.- Diferir la
fijación de estipendios de los letrados de la parte demandada para cuando lo soliciten. PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y DÉSE COPIA
1 día - Nº 241363 - $ 729,52 - 27/11/2019 - BOE

SENTENCIAS
RIO CUARTO. La Sra. Juez de 1 Inst. y 2 Nom en lo Civ. y Com. Secretaria N4 Ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO:
71. RIO CUARTO, 17/10/2019. Y VISTOS: Estos autos caratulados CABRAL, MIGUEL ANGEL
Y OTRO USUCAPIONExpte. Nº 2858033.
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1.- Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por los Sres. Miguel Ángel Cabral y Horacio Vicente Cabral y, en consecuencia, declarar que los accionantes han adquirido por prescripción el dominio del inmueble designado como: Una fracción de terreno, ubicada el Norte-Oeste de la Plaza principal de la ciudad de Río Cuarto y a la Banda Norte del Arroyo, Departamento Río Cuarto de esta Provincia de Córdoba, cuyo inmueble afecta la forma de un trapezoide y consta de: dieciséis metros veinte centímetros en el frente Norte; quince metros en el frente Sud;
veinticuatro metros cuarenta centímetros en el Este; y veintisiete metros treinta centímetros en el Oeste; lindando al Norte, con derechos desconocidos; al Este, con Liborio Sosa; al Sud, con calle Pública; y al Oeste con Clodomiro Soria;
identificado en la Dirección General de Rentas la cuenta N 2405-0.309.186/1, y cuya nomenclatura catastral es Circunscripción 05, Sección 2, Manzana 121, Parcela 12. Registrado a nombre de los Sres. Alberto Cabral, Vicente Cabral, Juan Carlos Sosa, Toribio Ernesto Sosa y Blanca Lidia Sosa, inscripto en el Protocolo de Dominio al Número 10.279, Fº12.605, Tº51, del año 1943, convertido a matrícula n 1500615.2.- Ordenar la inscripción del presente resolutorio en el Registro General de la Provincia al Dominio. A tal fin líbrese el pertinente oficio. 3.- Ordenar que se publique la presente resolución en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local por 10 veces, con intervalos regulares y durante un plazo no mayor de treinta 30 días.4.- Imponer las costas a la parte actora, difiriendo la regulación de los honorarios del Dr. Federico Leopoldo Scandizzi para cuando haya base económica para practicarla art. 140 bis C.P.C.C.. Protocolícese, hágase saber y dése copia.-Fdo. Dra. Fernanda Bentancourt Juez10 días - Nº 238456 - $ 7787,20 - 04/12/2019 - BOE

LABOULAYE.- Se hace saber a UD que en los autos caratulados: BANCO DE LA PROVINCIA
DE CORDOBA S.A. C/ LUNA, CECILIO MARCE-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LO-ABREVIADO EXPTE. 6863402- SENTENCIA NUMERO: 311. LABOULAYE 14/11/2019 - Y
VISTO Y CONSIDERANDO. RESUELVO: 1
Hacer lugar a la demanda interpuesta por Banco de la Provincia de Córdoba S.A., y en consecuencia condenar al demandado Sr. Cecilio Marcelo Luna, DNI. N 31.023.471, a abonar al mismo en el plazo de diez días la suma de pesos veintiún mil doscientos cincuenta y cinco con cincuenta y cinco centavos $21.255,55con más los intereses establecidos en el Considerando respectivo.- 2 Imponer las costas a cargo de la parte demandada.- 3 Regular en forma definitiva los honorarios de la Dra. María Fernanda Pasino en la suma de pesos dieciocho mil novecientos veinticinco $ 18.925, con más la suma de pesos tres mil setecientos ochenta y cinco $
3.785, por las tareas previstas en el art. 104 inc.
5 de la ley 9459.- PROTOCOLÍCESE, HÁGASE
SABER Y DESE COPIA. FDO. DR. SABAINI ZAPATA, IGNACIO ANDRES-JUEZ
5 días - Nº 240977 - $ 1700,10 - 02/12/2019 - BOE

RÍO CUARTO. El Sr. Juez de 1 Inst. y 7 Nom.
en lo Civ. y Com. Secret N13 se ha dictado la sig resolución: SENTENCIA N 20. RIO CUARTO, 15/4/19. Y VISTOS: Estos autos caratulados MARTINEZ MARIA ISABEL C/ MARTINEZ ENRIQUE MARCELO Y OTROSABREVIADO Expte. Nº 6314653CONSIDERANDO: RESUELVO:1 Hacer lugar a la demanda incoada por la parte actora, María Mabel Martínez, DNI
14.204.601, y, en consecuencia, condenar a las partes demandadas, 1 Enrique Marcelo Martínez, 2 Ángel Rubén Quiroga, María Alicia Quiroga y José Alberto Quiroga o los sucesores de este último todos ellos en represent de su madre fallecida Juana Rosa Martínez de Quiroga, 3
Blanca Elba Martínez de Rosales o sus sucesores, 4Miriam Patricia Martínez, Mario Ángel Martínez y Héctor Fernando Martínez en represent de su padre fallecido Angel Crescencio Martínez, 5 Saturnina María Severa Martínez de Andrada, 6 María Esther Martínez de Suarez o sus sucesores y 7 Nélida Rosa Martínez o sus sucesores, para que en el término de diez días de quedar firme el presente pronunciamiento abone a la parte accionante la suma reclamada de pesos quince mil doscientos cuarenta y tres con cincuenta y cinco centavos $ 15.243,55, con más los intereses fijados en el considerando respectivo, hasta la fecha de su efectivo pago.2 Imponer las costas a las partes demandadas vencidas. 3 Regular los honorarios de la Dra. María Eugenia Seimandi, de manera definitiva, en la suma de pesos catorce mil ochocientos ochenta y ocho con veinticinco centavos $14.888,25 15 jus por las tareas profesionales
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/11/2019 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date27/11/2019

Page count47

Edition count3644

Première édition01/02/2006

Dernière édition10/07/2024

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