Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2018 - 2º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 72
CORDOBA, R.A., MARTES 17 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

dad de ArsenFeredjian, D 21.954 F 25.857 T
104 A 1.947, en posesión de Municipalidad de Salsipuedes y Cta. N 1304-0.050.907/8, y con C. 01-S 01-Manzana 012-Parcela 001, Manzana 6- Lote Of. 1 propiedad de Teodoro José Cruz Pino hoy sus sucesores Matr. N 1.181.889 y Cta. N 1304-0.388.141/5. d en costado este, el lado A-B de 128,20M con rumbo NO, con ángulo en vértice A de 8951; lindando con Calle Juan XXIII, cerrándose así el polígono. 2 A mérito de lo dispuesto por el art. 1905, CCCN, fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real en el mes de enero de 1918. 3
Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por diez días a intervalos regulares dentro de un período de treinta días arts. 790 y 783, CPCC. 4 Transcurridos dos meses desde la publicación de edictos, previo los informes de ley, ORDENAR LA INSCRIPCIÓN A NOMBRE DE la actora, Arzobispado de Córdoba, en el Registro General de la Propiedad, Dirección de Rentas, Dirección de Catastro de la Provincia y Municipalidad de Salsipuedes.
5 IMPONER las costas por el orden causado, difiriendo la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes para cuando éstos lo soliciten y se determine la base regulatoria.
PROTOCOLICESE, HAGASE SABER Y DESE
COPIA Firmado: Román Andrés ABELLANEDA.
JUEZ. OTRA RESOLUCIÓN:AUTO NUMERO:
10. CORDOBA, 08/02/2018. Y VISTOS: Estos autos caratulados: ARZOBISPADO DE CORDOBA USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPION, Expte.N 5622779, de los que resulta que el Tribunal advierte la existencia de un error material involuntario en la Sentencia Número 455, dictada con fecha 10/11/2017. A fs.
se dicta decreto de autos, el que firme permite resolver. ----- Y CONSIDERANDO: I Que el Tribunal verifica la existencia de un error material involuntario cometido en los Vistos, Considerando y en el Resuelvo de la Sentencia Número 455, dictada con fecha 10/11/2017 vide fs. 339/347-, por lo que corresponde sea revocado art. 129, CPCC, dejándose constancia en la resolución aludida. --- II A esos fines, se constata la existencia de un error involuntario, toda vez que se consigna como nombre del Sr. ArsenFeredjian, el de ArsenFeredijian. --- III Que en función de lo expuesto, corresponde pues, rectificar la resolución aludida en esos puntos. Por todo ello
COLICESE, HAGASE SABER Y DESE COPIA.
Firmado: Román Andrés ABELLANEDA, JUEZ.
Queda Ud. Debidamente notificado.

y lo dispuesto por los art. 336, 337 y del CPCC.
--- RESUELVO: 1 Aclarar la Sentencia Número 455, dictada con fecha 10/11/2017, en los Vistos, Considerando y Resuelvo, donde dice ArsenFeredijian debe decir ArsenFeredjian. 2 Certificar por Secretaria en forma marginal en el protocolo correspondiente el presente decisorio. PROTO-

el vértice A desde donde, con un ángulo interno de 7958 se miden 30.19 m hasta el vértice B
desde donde, con un ángulo interno de 11247
se miden 10.18 m hasta el vértice C desde donde, con un ángulo interno de 26737 se miden 77.93 m hasta el vértice D desde donde, con un ángulo interno de 8908 se miden 31.86 m
10 días - Nº 145836 - s/c - 07/05/2018 - BOE

El Juzg. de 1ra. Nom. en lo Civil, Ccial y de Flia de la ciudad de Villa Dolores, pcia. de Córdoba, a cargo del Dr. Juan Carlos Ligorria, Secretaría N
2, a cargo de la Dra. María Alejandra Larghi de Vilar, en autos: ROWELL, MARTÍN USUCAPION. Exp.1279659, cita y emplaza a quienes se consideren con derecho al inmueble que se trata de prescribir y, como terceros interesados y en sus domicilios, si se conocieren, a la Provincia de Córdoba en la Persona del Sr. Procurador del Tesoro, a la Municipalidad de La Paz, y a los colindantes Teresa del Carmen Carcomo, Sucesión Benítez y Blanco Belgrano, para que dentro del término precitado comparezcan a estar a derecho y tomar participación en éstos autos dentro del mismo término, todo bajo apercibimiento de ley. El inmueble que se pretende usucapir resulta conforme plano de mensura para Juicio de Usucapión aprobado por la Dirección General de Catastro bajo el Expte. Prov. Nº 0033-6423311, Aprobación de fecha 06 de Septiembre de 2012, una fracción de terreno de forma irregular sita en la localidad de Las Chacras, pedanía Talas, departamento San Javier, provincia de Córdoba, con acceso por calle vecinal, designado como Parcela: 2534-0483, al que le corresponde la siguiente Nomenclatura Catastral: Depto: 29, Pedanía: 05, Hoja 2534 y Parcela: 0483 y, que conforme ANEXO de mensura se describe de la manera siguiente: El bien esta ubicado en Departamento San Javier, Pedanía Talas, en el lugar Las Chacras. Descripción: A partir del vértice H con ángulo interno de 14046 se miden 10.67 m hasta el vértice I desde donde, con un ángulo interno de24342 se miden 49,47 m hasta el vértice J desde donde, con un ángulo interno de 15358 se miden 32,85 m hasta el vértice K desde donde, con un ángulo interno de 8856 se miden 7,19 m hasta el vértice L
desde donde, con un ángulo interno de 16219
se miden 31,33 m hasta el vértice M desde donde, con un ángulo interno de 14857 se miden 28,74 m hasta el vértice N desde donde, con un ángulo interno de 19936 se miden 8,24
m hasta el vértice Ñ desde donde, con un ángulo interno de 20046 se miden 7,58 m hasta
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

hasta el vértice E desde donde, con un ángulo interno de 11151 se miden 5,50 m hasta el vértice F desde donde, con un ángulo interno de 16236 se miden 8,41 m hasta el vértice G
desde donde, con un ángulo interno de 17705
se miden 45,35 m hasta el vértice H donde se cierra el perímetro totalizando una superficie de 5.783,62 m2.- La propiedad colinda en su costado Norte lados A-B, B-C, C-D, con Teresa del Carmen Carcomo parcela sin designación datos de Dominio no constan, en su costado Este lado D-E con Blanco Belgrano Parcela sin designación datos de Dominio no constan, en su costado Sur lados E-F, F-G, G-H, con Calle Vecinal y en sus lados H-I, I-J, J-K, con sucesión Benítez Parcela sin designación datos de Dominio no constan y en su costado Oeste con Calle Vecinal.- Fdo.: Maria Alejandra Larghi de Vilar.
SECRETARIA 1RA. INTS. OBSERVACIONES:
Exento del pago de tasas art. 4, Ley N 8884;
art. 25, Ley Nº 9100.10 días - Nº 146997 - s/c - 24/04/2018 - BOE

El Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Trigésima Nominación de la Ciudad de Córdoba, Federico Alejandro Ossola, Secretaría única a cargo de la Doctora María Gabriela Arata de Maymo, en autos caratulados:
5715914 - GIUSTOZZI, Liliana Vicenta c/ SANTA
ANA S.A.N.A. SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
y otro - USUCAPIÓN - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NÚMERO: CIENTO
TREINTA Y CINCO 135. Córdoba, NUEVE de ABRIL de DOS MIL DIECIOCHO.- Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- Hacer lugar en todas sus partes a la acción promovida por la Sra. LILIANA VICENTA GIUSTOZZI
D.N.I.10.046.243, declarando a la nombrada titular del derecho de dominio por prescripción adquisitiva sobre el inmueble indicado en los Vistos del presente, y que se describe como: lote de terreno ubicado en la Ciudad de Córdoba, barrio Alberdi, calle Caseros 1236 esquina pedro José Frías, designado como lote treinta y ocho 38 de la manzana sesenta y uno 61, con las siguientes medidas y linderos: partiendo del esquinero noroeste, vértice A con ángulo interno de setenta y ocho grados y cincuenta y cinco minutos 78º55 y con rumbo sureste hasta el vértice B
mide diez metros con sesenta y dos centímetros 10,62m, segmento a-b colindando con parcela treinta y siete 37, propiedad de Silvia del Carmen Bertola y Sergio Victorio Metrebian; desde este vértice B con ángulo interno de ochenta y nueve grados y treinta y cuatro minutos 89º34
hasta el vértice C mide dieciocho metros con
50

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2018 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date17/04/2018

Page count52

Edition count3646

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2018>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930