Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/08/2011 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

BOLETÍN OFICIAL

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18310, tipo tractor de carretera, año 2004 cuya descripción y estado constan en autos, sin base, dinero de contado o cheque certificado Art. 580 del C. de P.C. y al m/postor. Post.
Mínima $ 300.- debiendo abonar el 20% del precio de compra en el acto de sub. más com.
ley mart. 10% 2% Ley Prev. de Violencia Familiar e IVA, saldo a l aprob. de remate. Compra comisión Art. 586 CPC. Tít.: Art. 599 CPC. Exhib.:
días 10/8 y 11/8 de 16 a 17hs. en Pje. Agustín Pérez N 98 B Cofico. Inf. Mart. Tel. 155559886.
Oficina, 4/8/2011. Verónica Marcellino
Secretaria.
N 19798 $ 52.Orden Juez C. y C. 1 Inst. y 1 Nom. Sec. Nº1
San Fco. AUTOS: MUNICIPALIDAD DE
BALNEARIA c/ VASALLO Blas Demanda EjecutivaExpte Letra M, Nº 18, Año 2010, Mart. Fernando Panero, M.P. 01-585 rematará el 12-08-2011, a las 10:00hs en el Juzgado de Paz de Balnearia, lo sig.: FRACCION DE
TERRENO, con todo lo en ella edificado, clavado, plantado y demás mejoras que contiene que es parte de la Quinta Nº 17 del Pueblo San José, Estación Balnearia, Ped. Concepción del Dpto. SAN JUSTO, provincia de Córdoba y que situada en la esquina S.O., de dicha quinta, mide 40mts. de E. a O., por 50mts. de N. a S., superficie 2000 mts. cdos., lindando: al N., con más terreno de la misma quinta, propiedad de Germano y Oscar Ardiles; al S., con la quinta 25; al E., con de Felipa Maturaa o Maturano de Toro Moreno y al O., con calle Goyena. Inscripto en Matrícula 918.011 de propiedad del Sr. Blas Vasallo en la proporción del 100%.CONDICIONES DE VENTA: BASE $1.580 DINERO
EN EFECTIVO, MEJOR POSTOR, MAS COMISION
DE LEY, con pago del 20% del precio de compra más comisión en el acto de subasta y el resto al aprobarse la misma, mas el 2% del Fondo de Violencia Familiar art. 24, Ley 9505, más I.V.A.
si correspondiere. POSTURA MÍNIMA: 1% de la base TÍTULOS: Art. 599 C.P.C.C.- MEJORAS:
Ver Oficio de constatación. INFORMES Mart.
Fernando Panero. Las Malvinas Nº 1298.- T.E.
03564-433268 ó 15661055.- Oficina, 04 de Agosto de 2011.- Fdo. Dra. Silvia Lavarda SECRETARIA.
N 20033 - $ 72.-

AUDIENCIAS
Se hace saber a Chiaro S.A. que por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Ramón Bergia, en los autos Banco Finansur SA c/ Berretoni Carlos A. s/ Ordinario, Expte.
N 664/01, se ha fijado audiencia a los fines de absolución de posiciones y reconocimiento de documental para el día 1 de Setiembre de 2011
a las 08,30 hs mediante el siguiente decreto:
Rosario, 1 de Agosto de 2011. A los fines que la anterior desígnase audiencia del día jueves 1 de Setiembre de 2011 a las 8,30 hs. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. Marcelo Ramón Bergia Juez, Dra. Eliana C. Gutiérrez White Secretaria. Y este otro: Rosario 3 de Agosto de 2011. Advirtiéndose el error incurrido, revócase el decreto de fecha 1/8/11 fs. 629
en cuanto expresa Notifíquese por cédula y en su lugar se dispone: Notifíquese de acuerdo lo dispuesto a fs. 612. Fdo.: Dr. Marcelo Ramón Bergia Juez, Dra. Eliana C. Gutiérrez White Secretaria. En consecuencia queda Ud.
debidamente notificado del decreto que antecede, y es por ello que deberá presentarse por ante este Tribunal, a través de su representante legal, el día 1 de Setiembre de
2011 a las 8,30 hs. munido de su DNI y/o Cédula Federal y el poder y/o contrato social de donde surge su condición de representante legal, para absolver posiciones y reconocer prueba documental en la presente causa, bajo los apercibimientos de los Arts. 162 y 176 del C.P.C.C. de Santa Fé.
5 días 20399 18/8/2011 - $ 72.-

CONCURSOS Y
QUIEBRAS
El Sr. Juez de 1o Inst. y 29 Nom. C. y C.
Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos "RAMIREZ PORTIÑO, GEOVANA
CAROLA - QUIEBRA PROPIA SIMPLE" Expte.
N 2163456/36, por Sentencia N 227 del 26/
07/11 se resolvió: I Declarar la quiebra de la Sra. GEOVANA CAROLA RAMIREZ PORTIÑO, D.N.I. N:94.156.489, empleada, con domicilio en calle Mz. 36 Lote N8, Ciudad De Los Niños, Juárez Celman, Dpto Colon, Provincia de Córdoba, nacida el 01 de Diciembre de 1975 en Cochabamba, Bolivia V Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes de la misma, para que en el término de veinticuatro horas de su requerimiento, pongan a disposición del Sr.
Síndico los mismos, bajo apercibimiento art.
88 inc.3 L.C.Q.. VI Intímase a la fallida para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86 2do. párrafo de la ley 24.522 e informe al Juzgado la descripción y ubicación exacta de sus bienes muebles e inmuebles y para que entregue a la Sindicatura, dentro del término de veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad que obrare en su poder art.88 inc.4 ley 24522, VII Prohíbese a la fallida realizar pagos de cualquier naturaleza haciéndose saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces;
asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos art.88 inc. 5 ley 24522. Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 05/09/11 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el síndico Cr. Daniel Alberto Di Muzio, Río Negro 436 T.E.0351-4801878, Cba.; Informe Individual: 19/10/11; Resolución art. 36 L.C.Q.
17/11/11; Informe General: 21/12/11. Of. 04/08/
11. Ana R. Vázquez, Sec..
5 días - 20296 - 18/8/2011 - $ 182
VILLA MARÍA - JUZG.1º INST.3º NOM. C.C.
FAMILIA VILLA MARIA-SEC Nº 6-DRA. NORMA
WEIHMULLER.-AUTOS BAROTTO LAURA
ELIZABETH-CONCURSO PREVENTIVOSENTENCIA NUMERO: CIENTO CUARENTA Y
OCHO.-Villa María, nueve de Junio de dos mil once. Y VISTOS: Estos autos caratulados "
BAROTTO LAURA ELIZABETH - CONCURSO
PREVENTIVO Expte. letra "B" n 58 de fecha 2.08.10 Y CONSIDERANDO: RESUELVO:
I Declarar la apertura del concurso preventivo de la Sra. Laura Elizabeth BAROTTO, argentina, D.N.I. Nº 18.505.702, de estado civil casada, de profesión odontóloga con domicilio en calle Intendente Fasolis Nº 334, de la localidad de James Craik, y constituyéndolo a todos los efectos legales en calle General Paz Nº 481, ambos de la Provincia de Córdoba, bajo las condiciones establecidas en el considerando 5, el que además deberá tramitarse en forma paralela con el concurso del Sr. Mario Eduardo Nicola y bajo una misma sindicatura.--- VI
Designar audiencia a los fines del sorteo de síndico, clase "B", para el día 21 del Junio del corriente año, a las 11:00 horas, debiendo notificarse al Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Córdoba, sin el requisito del art. 155 del C. de P.C. y C. VII Fijar hasta el día de 31 de Agosto del corriente año a los fines de que los acreedores presenten sus pedidos de verificación ante el Síndico que resulte designado.- ---X Fijar hasta el día 13 de Octubre del corriente año a los fines de que la Sindicatura presente el Informe Individual previsto por el art. 35 de la ley 24.522. XI Hacer saber a la sindicatura que dentro del término de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al del dictado de la sentencia verificatoria, deberá presentar el Informe General a que alude el art. 39 de la ley 24.522. XII
Hacer saber que la sentencia de categorización será dictada el día hábil número diez contado a partir del día siguiente al vencimiento del plazo para observar el informe general. XIII Hacer saber al deudor que para el caso de ser factible el ofrecimiento de una propuesta de acuerdo preventivo, ella deberá efectuarse siguiendo los lineamientos de los arts. 43 a 45 de la ley 24.522 y hacerse pública en el expediente con una antelación no menor a veinte días del vencimiento del periodo de exclusividad.- XIV
Establecer que la audiencia informativa que prescribe el penúltimo párrafo del art. 45 de la Ley de Concursos y Quiebras, se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tribunal sito en el segundo piso de calle General Paz 331, de esta ciudad, a las 10:00 hs., el día hábil número ochenta y cinco posterior al dictado por el Tribunal de la resolución sobre categorización de acreedores, la que se celebrará sólo en el supuesto de que con anterioridad a dicha fecha la concursada no hubiese obtenido las conformidades previstas en dicho artículo y hubiera comunicado dicha circunstancia al Juzgado acompañando las constancias pertinentes.- XV Hacer saber al deudor que el término para presentar ante el Tribunal la documentación acreditante de la obtención de las mayorías legales con la que se arriba a la aprobación del acuerdo preventivo art. 45 ley 24.522, vence el día hábil número noventa contado a partir del día siguiente al del dictado por el Tribunal de la resolución sobre categorización de acreedores.- XVII Declarar "pequeño concurso" el presente proceso.- Protocolícese, hágase saber y agréguese copia en el principal y legajo del art. 278 de la ley concursal.
Fdo. AUGUSTO G. CAMMISA-JUEZ. En la ciudad de Villa María con fecha 21 de junio del 2011 se designó síndico en los presentes autos a la contadora DORIS MARINA CALLA, M.P.:
10.05336.2 con domicilio en calle Buenos Aires Nº 720 de la ciudad de Villa María, y con fecha 22 de julio de 2011 aceptó el cargo de síndico para el que fuera designada fijando domicilio en calle Buenos Aires Nº 720 Villa María teléfono: 0351 - 4252573 .5 días - 18931 - 18/8/2011 - $ 371.En los autos caratulados: "MAINARDI OSCAR
ANTONIO - QUIEBRA PEDIDA SIMPLE" Expte.
N 2136679/36", que se tramitan por ante el Juzgado de 1 Instancia y 13 Nom. C.C. Conc. y Soc. N1, se ha designado Síndico al Cdor. JUAN FERNANDEZ M.P. 10-4769-1, con domicilio en calle Margariños 772 Barrio Gral.
Bustos de la ciudad de Córdoba.. Córdoba, 21
de julio de 2011.
5 días - 19272 - 18/8/2011 - $ 70.El Sr. Juez de 1o Inst. y 29 Nom. C. y C.
Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos "OVIEDO, ALEXIS CARLOS PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO - Expte N
1888513/36", por Sentencia N 223 del 22/07/
11 se resolvió: I Declarar la quiebra de ALEXIS

Córdoba, 12 de Agosto de 2011
CARLOS OVIEDO D.N.I. 25.819.701, C.U.I.L.
N 20-25819701-2, argentino, nacido en Santa Fe el 10-07-1977, de profesión empleado, con domicilio en calle Almirante Brown N 851, tira 40, Dpto 2, Planta Baja, Barrio Alto Alberdi de la ciudad de Córdoba VI Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes del mismo, para que en el término de veinticuatro horas de su requerimiento, pongan a disposición del Sr.
Síndico los mismos, bajo apercibimiento art.88
inc.3 L.C.Q.. VII Intímase al fallido para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86 2do. párrafo de la ley 24.522 e informe al Juzgado la descripción y ubicación exacta de sus bienes muebles e inmuebles y para que entregue a la Sindicatura, dentro del término de veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad que obrare en su poder art.88 inc.4 ley 24522, VIII Prohíbese al fallido realizar pagos de cualquier naturaleza haciéndose saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces;
asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos art.88 inc.5 ley 24522. Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 08/09/11 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el síndico Cra. María Estela Ame, Gral.
Paz N 108 - 2o piso, Cba.; Informe Individual:
24/10/11; Resolución art. 36 L.C.Q: 24/11/11;
Informe General: 28/12/11. Of. 25/07/11
N 19273 - $ 175.-

REBELDÍAS
Señor Juez de 1 Inst. y 18 Nom. Civ. Y Com.
Ciudad de Cba. sec. Dra. Paez Molina de Gil, con fecha 9 de Diciembre de 2010 en autos Banco Macro S.A c/ Benito Julio Sergio
Ejecutivo Expte. 1902536/36 dictó sentencia número Trescientos Sesenta y Seis: Y
VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1
Declarar rebelde al Sr. BENITO JULIO SERGIO
DNI 16.014.212. 2 Mandar llevar adelante la ejecución seguida por Banco Macro S.A. en contra del mismo hasta hacerse al actor integro pago del capital reclamado de pesos DIECISIETE
MIL QUINIENTOS CUARENTAY OCHO $17.548
con más los intereses señalados en el considerando 3, e IVA sobre intereses. Y las costas del juicio a cuyo fin se regulan los honorarios de los Dres. Julio Manuel Escarguel y Jorge Raúl Casas en la suma de pesos tres mil seiscientos nueves con 10/100 $3.609,10
en conjunto y proporción de ley, con más la suma de pesos DOSCIENTOS SESENTA Y
NUEVE CON 22/100$269,22 en virtud de lo prescripto por el Art, 104 inc. 5 ley 9459, calculados tomando como base el valor actual del ius que asciende a pesos ochenta y nueve con 74/100 $89,74. Con más la suma de pesos OCHOCICENTOS CATROCE CON 44/
100$814,44 Protocolícese, hágase saber y dese copia. Firmado: Dr. Juan Carlos Maciel Juez.3 días 20017 - 16/8/2011 - $ 80.Señor Juez de 1 Inst. y 45 Nom. Civ. Y Com.
Ciudad de Cba. sec. Dra. Villagran, con fecha 17 de Agosto de 2010 en autos Banco Macro S.A c/ Morino Rubén Ejecutivo Expte.
1524309/36 dictó sentencia número Trescientos Diecisiete: Y VISTOS Y
CONSIDERANDO RESUELVO: 1 Declarar rebelde al Sr. MORINO RUBEN DNI 14.627.653
2 Mandar a llevar adelante la ejecución seguida por el Banco Macro SA en contra del mismo hasta el completo pago del capital reclamado

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/08/2011 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date12/08/2011

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Edition count3639

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/07/2024

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