Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2010 - 2º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

10
elección, con las formalidades y alcances estipuladas en los artículos 789, 783 ter y 790 del C.P.C..- IV Imponer las costas por su orden. Regular provisoriamente los honorarios del Dr. Mario Federico Citto en la cantidad de pesos Un Mil Seiscientos Noventa y Seis $ 1.696 20 Jus.Protocolícese, hágase saber y dése copia.Héctor Daniel Suarez Juez.- Córdoba, 20 de septiembre de 2010.10 días 25007 s/c.Cosquín. La Sra. Juez de Primera Instancia y Única Nominación en lo Civil y Comercial, de Conciliación y Familia de la ciudad de Cosquín, Secretaría Nº 2, a cargo del Dr. Nelson Ñañez, en los autos OLIVA DE CHAPARRO ANA MARÍA
MED. PREPARATORIAS DE USUCAPIÓN - EXPTE
LETRA O Nº70/08 cita y emplaza a las Sras.
Graciana Bonnement de Oliva y Honoria Marcocci de Petrocco y sus herederos para que comparezcan a estar a derecho en las presentes actuaciones en el término de veinte días bajo apercibimiento de rebeldía. Asimismo se cita y emplaza a los colindantes actuales en su calidad de terceros, y a los que se consideren con derecho al inmueble que se trata de prescribir para que en el plazo de veinte días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos comparezcan a estar a derecho, tomar participación y deducir oposición bajo apercibimiento.- Cosquín, 17 de Agosto de 2010.
Fdo: Cristina Coste de Herrero. Juez. Ileana Ramello. Prosecretaria Letrada.- Inmueble que se pretende prescribir: Lote de terreno ubicado en el Dto. Punilla, Pedanía Rosario, Barrio Villa Caeiro de la localidad de Santa María de Punilla. Posee la forma de un polígono de siete lados: En el lado Norte, en el tramo A-B mide 0,89m.; en el tramo BC 6,71m. y en el tramo C-D 22,12m. lo que hace un total de 29,72m. para el lado Norte, colindando con mayor superficie de la misma Parcela 12 titular Bonnement de Oliva Graciana y Marcocci de Petrocco Honoria, Matrícula: 1069310; En el lado Este en el tramo D-E mide 9,46m. colindando con calle Comodoro Rivadavia dominio público de la Municipalidad de Santa María de Punilla; en el lado Sur en el tramo E-F mide 15,95m., colinda con la Parcela 13 Lote 20 titular Manuel González, Carmen González de Puigsubira y Antonio González, Fº17279 Año 1986 y Parcela 14
Lote 19 titular Ernesto José Bossio Fº25688
Año 1949, sin afectar las mismas; en el tramo FG mide 13,62m. colinda con mayor superficie de la misma Parcela 12 titular Bonnement de Oliva Graciana y Marcocci de Petrocco Honoria, Matrícula: 1069310, lo que hace un total para el lado Sur de 29,57m.; Por último, cerrando el polígono, en el lado Oeste en el tramo G-A mide 9,50m. y colinda con mayor superficie de la misma Parcela 12 titular Bonnement de Oliva Graciana y Marcocci de Petrocco Honoria, Matrícula:
1069310 determinando una superficie total de 281,41m2.- El inmueble se encuentra inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula:
1069310 titular Bonnement de Oliva Graciana y Marcocci de Petrocco Honoria.10 días 25775 s/c.La Srta. Juez de 1º Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Alta Gracia, en autos caratulados: PEREYRA, Oscar del Valle s/ Medidas Preparatorias Usucapión Expediente Nº 45, ha resuelto: Alta Gracia, 21 de septiembre de 2010. Agréguense las constancias acompañadas. Admítase la presente demanda de Usucapión en cuanto por derecho corresponda, la que sustanciará en los términos previstos en los arts. 782, 783 y concordantes del C.P.C.. Cítese y Emplácese a TOMAS RICCI y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble para que en el
BOLETÍN OFICIAL
plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario que determine el interesado durante diez veces a intervalos en el período de treinta días. Cítese en sus respectivos domicilios a Tomás Ricci y Jorge Neder para que como colindantes denunciados, a la Municipalidad de Alta Gracia y la Provincia de Córdoba para que tomen conocimiento del juicio en calidad de terceros interesados en los términos del art. 784 del CPC.
Cumpliméntese con lo dispuesto por el art. 785
CPC. A los fines de dar cumplimiento al art. 786
del CPC, líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia a los fines de la colocación en el inmueble del cartel indicativo con referencias al presente juicio que deberá ser mantenido por los actores durante su tramitación. Oportunamente, traslado.
Notifíquese. Dra. Dra. Graciela María Vigilanti Juez Dr. Alejandro Daniel Reyes Secretario.El inmueble a usucapir se describe Matricula 1195482 antecedente Dominio 11907 Folio 14419
- Año 1961 - Departamento Santa María - UNA
FRACCION DE TERRENO, baldío, ubicado en Barrio Liniers de la ciudad de Alta Gracia, Pedanía del mismo nombre, Departamento Santa María, Provincia de Córdoba, designado en el plano especial confeccionado por el Ingeniero Miguel ángel Simeone, del loteo de la fracción A como LOTE
NÚMERO DIEZ de la MANZANA DIECINUEVE, con una superficie total de setecientos dieciocho metros siete decímetros cuadrados, que mide diecisiete metros de frente al Este, sobre calle Callao; por un contrafrente de veinte metros en el costado Oeste, por donde linda con parte del lote nueve, treinta y tres metros de fondo en su costado Norte y frente a la calle Yapeyú, formando en la esquina de ambas calles una ochava circular de tres metros; y treinta y seis metros de fondo en el costado Sud, lindando con el lote once.10 días 25936 s/c.El Sr. Juez de 1ra. Instancia y 27 Nominación en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, en los autos caratulados MOLINA, LUIS MARIO
USUCAPION MEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPION Expte. 297028/36 cita y emplaza a RAMÓN SALVADOR en calidad de codemandado y en calidad de terceros interesados a JOSE SANCHEZ, LUIS ALBERTO
BUSTAMANTE y JUAN CARLOS ZARATTI y a todos quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, que se identifica como:
Un Lote de Terreno ubicado en Barrio Villa Gran Parque, de la Ciudad de Córdoba, designado como Parcela 29, Nomenclatura Catastral Provincial Dpto. 11 Ped. 01 Pblo. 01 C. 16 S. 10
Manz. 04 Parc. 29, Nomenclatura Municipal D.
16 Z. 10 Manz. 04 Parc. 29, que según plano de Mensura de Posesión, Expediente Nº 0033-66773/02 de la Dirección de Catastro con fecha de aprobación 02/10/2002, ejecutada por la Ing. Alicia Gentilini Mat. Prof. Nº 2688 mide y linda: Al Norte: es una línea recta que partiendo del vértice NO designado con la letra A y en dirección SE, tramo A B con una longitud de 107,77 metros, linda con la Parcela 1 de propiedad de Luis Alberto Bustamante Mat. F. R. 96.399; Al Este: es una línea curva que partiendo del vértice B forma el tramo B C ?= 54 48 40 r= 12.00
m D= 11.48 con una longitud de 11,94 metros y linda con Calle Pública; Al Sur: es una línea recta que partiendo del vértice C y en dirección NO
forma el tramo C D con una longitud de 100,20
metros y linda con la Parcela 14 de propiedad de José Sanchez Mat. F. R. 152.978; Al Oeste: es una línea recta que partiendo del vértice D con un valor angular interno de 110 00 00 forma el tramo D A con una longitud de 11,43 metros, cerrando la poligonal límite de propiedad en el
vértice A que tiene un valor angular interno de 70º 00 00 y linda con Camino a Jesús María;
encerrando una superficie total de Un Mil Ciento Seis con 40/100 metros cuadrados; para que en el lazo de tres días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento Notifíquese. Fdo.:
José Luis García Sagués Juez, Beatriz E.
Trombetta de Games Secretaria.- Córdoba, de octubre de 2010.10 días 25659 s/c.El Sr. Juez de 1º Instancia en lo Civil, Comercial, conciliación y familia de esta ciudad de Cosquin, en los autos caratulados GOMEZ ERNESTO
MARTIN S/ USUCAPION cita y emplaza al demandado Sr. Belisario Reyna; a los colindantes y a los que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir y sus herederos para que en el termino de veinte días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos comparezcan a estar a derecho, tomar participación y deducir oposición bajo apercibimiento de ley. El inmueble a usucapir según el plano se describe como: un lote de terreno con todo lo clavado, plantado y en el construido, ubicado en la localidad de La Cumbre, Pedanía Dolores, Departamento Punilla, de esta provincia de Córdoba, designado catastralmente como: DEP: 23, Ped: 01, Pblo:
029, Cir: 11, Sec: 03, Manz: 103, Parc: 19
Dep: 23, Ped: 01, Pblo: 029, Circ: 011, Sec: 03, Manz: 103, Parc: 20. Se trata de un inmueble en forma rectangular que según plano de mensura efectuado por el ingeniero Jose Osvaldo Colombo mide: una línea de 36,27mts.
al Norte; 23,90 mts. al Este; 34,24. Al Sur; y 29,87 mts. al Oeste. Limitando su lindero norte en parte con parcela 3 de propiedad de Amable Álvarez Vázquez y con parcela 18 de propiedad de Vicente Florencio Sanguinetti; al oeste limita con parcela 21 de propiedad de Belisario Reyna; al este, con parcela 22 de propiedad de María Eulogia Luna, Telésforo Reinatorio Luna y Santiago Rómulo Luna y al sur con calle Sanguinetti. Lo descripto surge del plano de mensura firmado por el Ing. Jose Osvaldo Colombo y visado por la Dirección General de Catastro. El inmueble cuya declaración de prescripción adquisitiva persigue se encuentra inscripto en el Registro General de la Provincia a nombre de Belisario Reyna, inscribiéndose el dominio en el protocolo de punilla al Nº 6130, Fº 7247, Año: 1939 y en la dirección general de rentas en las cuentas 23-01-1403949/2 y 23-01-1403948/4. Oficina, Fdo: Dr. Nelson Ñañez Secretaria Nº 2
Cosquin, 17 de Septiembre de 2009.10 días 25984 s/c.La Sra. Juez de 1 Inst. en lo Civ., Com., Conc.
y Familia de la ciudad de Cosquín, en autos caratulados FERREYRA Tulián A. y otroUsucapión-Ordinarioha resuelto: SENTENCIA
NUMERO doscientos cuarenta y ocho 248.
Cosquín, treinta de Agosto de dos mil diez. Y
VISTOSY CONSIDERANDOSE
RESUELVE: I.- Hacer lugar a la demanda de usucapión entablada, declarando la prescripción adquisitiva en condominio, a saber: en un 50% a favor de la Sra. Rafaela Leonor Ferreyra, LC. N 4.129.162, CUIT N 2704129162/7, en su carácter de cesionaria de las acciones posesorias ejercidas en el presente y que le correspondieran al actor y cedente Diego César Ferreyra y el 50% restante a favor de los herederos del co-actor Tulian Andrés o Andrés Tulian o Andrés Julián Ferreyra: Sres. Rafaela Leonor Ferreyra, LC.
N 4.129.162, CUIT N 27-04129162/7, Rosana Analía Ferreyra, DNI N 21.099.872, CUIT N
27-21099872/7, Claudio Alejandro Ferreyra,
Córdoba, 30 de Noviembre de 2010
DNI. N 20.325.648, CUIT N20-20325648, Daniel Lucio Ferreyra, DNI. N 17.781.844, CUIT N2017781844, Zulma Ester Ferreyra, DNI. N
22.443.997, CUIT N27-22443997, Raúl Esteban Solís, MI.N6.691.757, CUIT. N20-06691757/7, Elida Adriana Solís, DNI.N25.892.486, CUIT.
N27.25892486/5, Soledad Andrea Solís, DNI.N27.468.516, CUIT. N27-27468516, Esteban Andrés Solís, DNI. N20.325.929, CUIT.
N20-20325929/9, Sara Ester Solís, DNI.N21.619.752, CUIT. N 27-21619752 y Sergio Aníbal Solís, DNI.N0 23.624.732, CUIT.
N 20-23624732, sobre el inmueble que se describe como: Lote "A" y mide: Al Norte, desde el punto 1 al 2, 51,72m; del 2 al 3, 96,07m; al Este, del 3 al 4, 84,77m; del 4 al 5, 82,19m; del 5 al 6, 59,30m; del 6 al 7, 5,88m; al Sur-Oeste, del 7 al 8, 54, 32m; del 8 al 9, 71,99m; del 9 al 10, 90,79m; al Oeste, del 10 al 11, 58,55m; del 11 al 12, 18,47m; al Nor-Oeste del 12 al 13, 30,42m; y al Oeste, cerrando la figura, del 13 al 1, suma 31,69m. Todo lo cual hace una superficie de 28.353,28m2. Linda: al Norte con calle Pan de Azúcar; al Este del 3 al 5, con terrenos de María Isabel FERREYRA y del 5 al 6, con calle Charrúas; al Sur, del 6 al 7 y parte del 7 al 8, con lote 1 de Vicente BUSTOS; al Sur-Oeste, el tramo restante del 7 al 8 y hasta el punto 10, con terrenos de los sucesores de Carlos TERNENGO; al Nor-Oeste, del 10 al 12, con un arroyo sin nombre; al Norte, del 12 al 13
y del 13 al 1, cerrando la figura, con terrenos de la Municipalidad de Cosquín. Empadronado a los fines de la contribución territorial en la Dirección General de Rentas al número23030946811/8, e identificado como parcelas 20, 21 y 22 de la Manzana 44 en Barrio La Toma del Municipio de Cosquín. II.Ordenar se haga saber la presente por edictos publicados en Boletín Oficial y diario La Voz del Interior. III.- Oficiar al Registro General de la Provincia para que, previo informe de ley, efectúe la inscripción correspondiente, no constando afectación dominial inscripta.
Asimismo comuníquese a los entes fiscales y a la Dirección de Catastro. IV.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Mario J. Prati en la suma provisoria de pesos un mil cuatrocientos setenta y cinco $1.475.00. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Firmado: C. COSTE
de HERRERO. Juez.
10 días - 23358 - s/c Por disposición del Señor Juez de Múltiple Competencia de la ciudad de Arroyito, Departamento San Justo, Pcia. de Córdoba, en los autos caratulados: Luque Hector Julio c/
Faustina Algarbe de Valente y/o F. Algarbe de Valenti y/o Faustina Clara Algarbe de Valenti Demanda de Usucapiónse dispuso: Cítese y emplácese por edictos a publicarse en el Boletín Oficial y diario de la zona por el término de treinta días, a la parte demandada y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente, para que en el plazo de 20 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento art. 783 CPCC. Cítese a los colindantes, a la Provincia a la Municipalidad de Arroyito y los titulares de derechos reales pertinentes, en el término de tres días, a los fines de que tomen conocimiento, y si consideran afectados sus derechos pidan participación como demandados, bajo apercibimiento de presumir que no se encuentran afectados sus derechos art. 784 CPCC. El inmueble a usucapir se describe como: Una fracción de terreno ubicada en la ciudad de Arroyito, Pedanía Arroyito, Departamento San Justo, el que según Plano de Mensura de Posesión confeccionado por el Ingeniero René Carlos Rodríguez y aprobado por la Dirección de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2010 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date30/11/2010

Page count11

Edition count3646

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2010>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930