Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/08/2010 - 2º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)
Córdoba, 02 de Agosto de 2010
Apolinario David - Usucapión" Expte. "B-02-05"
el Sr. Juez C.C.C. de Villa Cura Brochero, sito en Pérez Bulnes N 211, Sec. Dra. Fanny Mabel Troncoso, ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia Número: Veintinueve. Villa Cura Brochero, 28 de mayo de 2010. Y Vistos: Y
Resuelvo: I Hacer lugar a la demanda instaurada en todas sus partes y en consecuencia declarar que el Sr. Apolinario David Bustos, DNI N
7.997.914, argentino, casado en primeras nupcias con María Lidia Rosa Altamirano, domiciliado en Sipe Sipe N 1132 de B Residencial Santa Ana de la ciudad de Córdoba, es titular del derecho real de dominio, obtenido por prescripción adquisitiva veinteñal de una fracción de terreno ubicada en Pasaje Mendoza s/n de la localidad de Villa Cura Brochero, Pedanía Tránsito, Departamento San Alberto de esta Provincia de Córdoba, designada como Lote "22"
de la Manzana 31 y que se encuentra encerrada en una figura compuesta de cuatro lados, que a continuación se indican: al Sud el lado AB mide 11 m y linda con el resto de la Parcela 3 Lote 12
Betty Lacerra de Recalde Funes F 27.768 A
1967 al Este, el lado BC mide 30,80 mts. y linda con Parcela 4, Lote 13 Orlando Juan Fornoni F
1795/96 T 8 A 1978 al Norte el lado CD mide 11
mts. y linda con Pasaje Mendoza y al Oeste, el lado DA mide 30,80 m. y linda con Parcela 02, Lote 11 María Petrona Ferreyra de López F
47680 T 191 A 1974 todo lo cual hace una superficie de Doscientos Noventa y Nueve metros cuadrados con sesenta y nueve decímetros cuadrados 299,69m2 conforme mensura aprobada por la Dirección General de Catastro de la Provincia en Expte. N 0033-92571/04 con fecha 30 de diciembre de 2004, nomenclatura catastral: Departamento: 28, Pedanía: 03, Pueblo:
36, Circunscripción: 01, Sección: 01, Manzana:
31, Parcela: 22. II Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y diario "Comercio y Justicia" en el modo dispuesto por el art. 790
del C. de P.C. III. Oportunamente y atento a que el inmueble afectaría en forma parcial el inmueble designado como: Lote 12, Planilla N 65.005, Plano 40.108, N 21318, F 27.768 T 112 A 1967 a nombre de Betty Lacerra de Recalde Funes y José Antonio Lacerra, se orden a la anotación preventiva de la Sentencia en los Registros Públicos de la Provincia art. 789 C.P.C.C. a cuyo fin deberá oficiarse. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Juan Carlos Ligorria, Juez.
Villa Cura Brochero, 3 de junio de 2010. Mabel Troncoso.
10 días - 13314 - s/c
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