Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2009 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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María E. Olariaga de Masuelli, Secretaria.
5 días - 8011 - 13/5/2009 - $ 51.VILLA CARLOS PAZ - El Sr. Juez del Juzgado C.C.C. y Flia. de Villa Carlos Paz, en autos: "Cuneo Gisela del Valle c/Bustamante Julio Cesar - P.V.E. - Ejecutivo" Expte. 223, ha dictado la siguiente resolución: "Villa Carlos Paz, 16 de Marzo de 2009. Agréguese instrumental y aportes que se acompañan.
Téngase por ampliada la demanda por el monto que se expresa. Notifíquese Fdo.:
Andrés Olcese, Juez - Paula G. Peláez de Ruiz Moreno, Secretaria.
5 días - 7983 - 13/5/2009 - $ 35.-

INSCRIPCIONES
El Sr. Juez de 1ra. Instancia Civil y Comercial de 52 Nominación Concursos y Sociedades N 8 Secretaría a cargo de la Dra. Carolina Musso en los autos caratulados "Germano Santiago - Insc. Reg. Púb. Comer. - Matr.
Martillero y Matr. Corredor", Expte. N
1630296/36, hace saber que Santiago Germano DNI. 31.947.829, con domicilio en calle Dr. Finochietto N 868 de B Parque V.
Sarsfield, de la ciudad de Córdoba, ha solicitado la inscripción en el Registro Público de Comercio en la Matrícula de Martillero y Corredor Público. Fdo.: Carolina Musso - Sec.
Oficina, 27/4/2009.
3 días - 8874 - 11/5/2009 - $ 30.Por orden del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de 39 Nominación, Concursos y Sociedades N 7, de ésta ciudad de Córdoba, se hace saber a Ud. que el Sr.
Ricardo Matías Mercado, DNI. N 31.717.272
con domicilio en Ruta 38 Km 55, Bialet Masse, provincia de Córdoba, ha solicitado su inscripción en el Registro Público de Comercio en la Matrícula de Martillero y Corredor Público en autos: "Mercado Ricardo Matías s/ I.R.P.C.
- Matrícula Martillero y Matrícula Corredor", Expediente Número 1474007/36. Dra.
Martínez de Petrazzini, Verónica Francisca.
Córdoba, 23 de Abril de 2009. Oscar Lucas Dracich - Pro-Sec. Letrado.
3 días - 8890 - 11/5/2009 - $ 30.-

AUDIENCIAS
La Sra. Juez de Familia de Cuarta Nominación de la ciudad de Córdoba, Secretaría Número siete en autos caratulados "Figueroa Hebe Carolina c/ Héctor Ricardo Galván - Divorcio Vincular", cita y emplaza al Sr. Héctor Ricardo Galván a comparecer a estar a derecho y en forma personal y con patrocinio letrado a las audiencia a realizarse el día 25 de Junio de 2009, a las 8,30 hs.
para tratar la demanda de Divorcio Vincular incoada Art. 60 de la Ley 7676 y para igual día a las 8,45 hs. a los fines de tratar la tenencia provisoria 21 inc. 4 de la Ley 7676
bajo apercibimiento de ley. Córdoba, 13 de Abril de 2009.
3 días - 8988 - 11/5/2009 - s/c.-

USUCAPIONES
SAN FRANCISCO - El Juzgado de 1º Nominación Civil y Comercial de la Ciudad de San Francisco, en autos "CONTI, Stella Maris c/Manuela Luján de Zucco - USUCAPION", Sec. N 1, ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NUMERO: Trescientos cincuenta y nueve.- San Francisco 29 de mayo de 2007.- Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda y,
BOLETÍN OFICIAL
en consecuencia, declarar adquirido por la actora Stella Maris Conti, DNI 12.554.070, el siguiente inmueble: "Según Plano de Mensura, confeccionado por el Ing. Civil Rubén O.
Valentinis, aprobado técnicamente para juicio de usucapión, por el Departamento de Control de Mensuras de la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba, con fecha 27 de agosto de 1999, en Expte. Prov.
N 03312543/99, y en Expte Municipal N 571Exter/99-28/05/99 Deólese 16/09/99, se describe como lote número 3 de la manzana numero 41 del barrio de plaza San Francisco de la ciudad de San Francisco, Pedanía Juárez Celman, Departamento San Justo , Provincia de Córdoba, República Argentina, la que, partiendo del punto A, extremo NorEste de la figura, con rumbo hacia el Sud Oeste, mide ochenta y seis metros ochenta centímetros, hasta llegar al punto B, formando la Iínea A-B, por donde linda con calle Pública;
desde éste último punto, con rumbo hacia el Sud-Oeste, mide cuarenta y tres metros treinta centímetros, hasta llegar al punto C, formando la línea B-C, por donde linda también con Calle Pública; desde éste último punto, con rumbo hacia el Nor-Oeste, mide ochenta y seis metros sesenta centímetros hasta llegar al punto D, formando la línea C-D, por donde linda con la Parcela número tres, propiedad de la señora Manuela Luján de Zucco; desde éste último punto, con rumbo hacia el Nor-Este, mide cuarenta y tres metros treinta centímetros, hasta llegar nuevamente al punto A, formando la línea D-A y cerrando la figura, por donde linda también con Calle Pública; todo lo que hace una superficie total de Tres mil setecientos cuarenta y nueve metros setenta y ocho decímetros cuadrados.- Nomenclatura catastral Provincial: Departamento 30, Pedanía 01, Pueblo 46, Circunscripción 01, Sección 01, Manzana 041, Parcela 003 y Propiedad Horizontal 000.Nomenclatura catastral Municipal:
Departamento 30, Pedanía 01, Pueblo 46, circunscripción 01, sección 01, manzana 091, parcela 001 y Propiedad Horizontal 000.Número de cuenta de la D.G.R de la Prov. de Cba: "3001-2292115/1".- 2 Notifíquese la sentencia por edicto a publicarse en el B.
Oficial y La Voz de San Justo art. 790 y 783
ter. CPC.- 3 Diferir la regulación de honorarios de la Dra. Viviana Venturuzzi por no constar la,.base en el expediente.
Protocolícese, hágase saber y dése copía.Fdo: Victor H Peiretti, Juez.- San Fco. Julio de 2007.10 días - 23711 - s/c.El Sr. Juez de 1 Inst. y 18 Nom. en lo Civil y Comercial de Córdoba, Dr. Juan Carlos Maciel en autos "Allevi, Marino José Usucapión - Medidas Preparatorias para Usucapión" Expte. Nº 1102725/36 ha resuelto: "Córdoba, 5 de febrero de 2009.
Agréguese. A fs. 65/66: por iniciada la presente demanda de usucapión. Admítase.
Cítese y emplácese al Sr. Carlos Emilio Kindgren, para que en el plazo de diez días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese y emplácese también por edictos al demandado art. 152 y 165 CPC y a todos los que se consideren con derecho al inmueble en cuestión; los que se publicarán por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el BOLETÍN OFICIAL
y diario a elección, en los términos de los arts. 783 y 783 ter. del CPC a fin de que concurran a deducir oposición dentro de los seis días subsiguientes al vencimiento de
dicha publicación. Líbrese mandamiento al señor intendente de la Municipalidad de Pueblo Estación La Puerta a fin de que coloque copia del edicto en la puerta de la intendencia a su cargo durante treinta días.
Líbrese providencia al Sr. Juez de Paz, a los mismos fines. Cítese al fisco de la Provincia ya la Municipalidad de Pueblo estación La Puerta para que en el término de cinco días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley art. 784 CPC Líbrese oficio al Sr. Juez de Paz a fin de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencia acerca de la existencia del presente juicio en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante toda la tramitación del juicio art. 786 CPC. Cítese a los colindantes del inmueble que se trata de usucapir arts. 784 inc. 4º del CPC para que en el término de cinco días comparezcan a tomar participación en autos, en calidad de terceros, debiendo transcribirse la última parte del art. 784 del CPC en la cédula correspondiente. Notifíquese. El inmueble a usucapir se describe de la siguiente manera:
"Una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado, plantado y demás adherido al suelo, ubicado en la Manzana Nº 26 del Pueblo Estación La Puerta, Pedanía Castaños, Departamento Río Primero, Provincia de Córdoba, de ochocientos ochenta y nueve metros treinta centímetros cuadrados 889,30m2 que es parte de mayor superficie descripta de la siguiente manera:
Lote de Terreno ubicado en la Manzana Nº 26 del Pueblo Estación La Puerta en Pedanía Cataños, Departamento Río Primero de esta provincia que consta de 64,80 mts. en el lado S, 42,40 mts. aen el lado E, 46,45 mts. en el lado N y 40,60 mts. en el lado O, con superficie de 2265m2 y linda al S con calle San Lorenzo al O, con calle Las Heras, al N, con propiedad de Jesús Tissera hijo y al E, con propiedad de Florentino Carnero, e inscripta dicha superficie mayor en el Registro General de la Propiedad en la Matrícula Nº 1198382 25 a nombre de Carlos Emilio Kindgren, todo ello según plano de mensura confeccionado al efecto por el Ingeniero Civil Víctor Hugo Fascina, Mat. 1266/3, el que se encuentra debidamente aprobado y/o visado por la Dirección General de Catastro de Córdoba con fecha 21/6/06, conforme Resolución Normativa Nº 1/4, Expte. Provincial Nº 003312620/2006". Fdo. Dr. Juan Carlos Maciel, Juez. Dra. Adriana L. Bruno de Favot, prosecretaria letrada.
10 días - 2179 - s/c Ciudad de Córdoba, en Autos : "ROCHI, Alberto - USUCAPIÓN - MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN CUESTIÓN DE COMPETENCIA - Expte. Nº 827168/36",que se tramitan por ante este Juzg.CC.38 Nom. Secretaria A. R. Gómez, se ha resuelto citar y emplazar a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto por la SENTENCIA NUMERO:
223.Córdoba, 29 de junio de dos mil ocho. Y
VISTOS: Estos autos caratulados "ROCHI, Alberto - USUCAPIÓN - MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN CUESTIÓN DE COMPETENCIA - Expte. Nº 827168/36", Y CONSIDERANDO: SE
RESUELVE: 1 Hacer lugar a la demanda de usucapión entablada en autos, y en consecuencia declarar que los Sres. Enzo Juan Angel Capovilla en un cincuenta y siete y medio 57,50% e Inversora Balsuc S.A. en un cuarenta y dos y medio por ciento
Córdoba, 07 de Mayo de 2009
42,50% de los derechos y acciones tratados en la presente causa respectivamente, han adquirido por prescripción adquisitiva veinteñal art. 4015, Código Civil, con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo por accesión física y/o moral el dominio del inmueble objeto de la usucapión inscripto en el Registro General de la Provincia al numero Ochenta y dos 82, Folio Cincuenta y dos 52vta.. Tomo 1 del año Mil novecientos catorce 1914, Departamento Capital, y denominado Villa Alberto. La presente Usucapión integra los lotes de las manzanas respectivas, conforme la descripción ya realizada en el Considerando X, a saber: 2 Ordenar la publicación por edictos de la presente sentencia, por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín Oficial y en diario a elección A.R. 29 serie B del 11/
12/01, conforme lo prescripto en el art. 790
del C.P.C.C..3 Oportunamente ordenar la inscripción en el Registro General de la Provincia de Córdoba del dominio sobre los referidos lotes de terreno que forman parte del inmueble denominado "Villa Alberto", respecto de los cuales resultó procedente la usucapión, conforme los Considerandos X, en condominio y en la proporción del cincuenta y siete y medio por ciento 57,50%
en favor del Sr. Enzo Juan Angel Capovilla y del cuarenta y dos y medio por ciento 42,50
% en favor de Inversora Balsuc S.A., en virtud de las sucesivas cesiones de derechos relacionadas en el considerando pertinente; y asimismo ordenar la cancelación de la inscripción del dominio sobre quienes resulten sus actuales titulares, debiendo librarse a tal efecto los oficios respectivos.4Tener presente a Los acuerdos de partes celebrados en autos sin perjuicio de terceros , los cuales se instrumentaron transcriptos en los vistos, interponiendo para su mayor validez la pública autoridad que el Tribunal inviste, los cuales se instrumentaron en: Auto número Ciento seis 106 de fecha Ocho de abril de mil novecientos ochenta y cinco 08/04/1985, Auto numero Ciento noventa 190 del Siete de junio de mil novecientos ochenta y cinco 07/06/1985, Auto número Trescientos dieciséis 316 del dos de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco 02/09/1985 y Auto número Doscientos cuarenta y uno 241
de fecha Veintiséis de abril de dos mil dos 26/04/2002. Ello sin perjuicio de los Autos homologatorios ya dictados: Auto número doscientos cinco 205 de fecha Once de mayo de mil novecientos ochenta y tres 11/
05/1983, Autos número Trescientos cincuenta y seis 356 del Veinte de julio de mil novecientos ochenta y cuatro 20/07/
1984, y Auto Cuatrocientos treinta 430 del Once de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro 11/09/1984.5 Costas del juicio:a Sin costas, en relación a aquellos demandados y terceros que no hubieren formulado oposición art. 789, del C.P.C.C..-Costas por el orden causado, en relación a los demandados ANDRES PARODIE
MONTERO o MANTERO y/o sus sucesores, AURELIA SANCHIS, JOSE IGNACIO CORNEJO
y CARLOS MASCASINI, OSVALDO ANTONIO
CHIOTTI y ANTONIO SUMALDI, EJIDIO o EGIDIO COELI y sus herederos, JOSEFA
RODRIGUEZ PALACIO DE IANNACCONE, DOMINGO o DOMINGO ANDRES CULASSO y/
o sus herederos, ALEJO JOSE MARTINEZ
ESTEVE o ESTEVES o ESTEVEZ, ELSA FORH
o FORD DE MARTINEZ ESTEVE y ROBERTO
JUAN GARCIA, PALMIRAAMALIA ZENKLUSEN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2009 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date07/05/2009

Page count13

Edition count3660

Première édition01/02/2006

Dernière édition01/08/2024

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