Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/04/2009 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 21 de Abril de 2009
5 días - 6707 - 27/4/2009 - $ 74,50.En los autos "Banco de la Provincia de Córdoba c/ Ducasse S.R.L. - Ejecutivo - Expte.
Nº 862579/36, que se tramitan en el Juzgado de 1º Instancia y 6º Nom. Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, segundo piso s/
pasillo central, se cita a DUCASSE S.R.L.:
"Córdoba, 03 de Abril de 2006. Por presentada, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Por iniciada la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más la de Pesos Dos Mil Trescientos Setenta y Cinco con cuarenta centavos $
2.375,40, en que se estiman provisoriamente los intereses y costas del juicio. Cítese y emplácese a la demandada para que en el término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, y cíteselo de remate para que dentro del término de los tres días siguientes oponga y pruebe excepciones legítimas, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese."Fdo.: Dra. Cordeiro Juez y Dr. Monfarrell Secretario". Otro decreto:
"Córdoba, 12 de Setiembre de 2008.
Agréguese. A mérito de lo solicitado y constancia de autos, cítese y emplácese a la firma demandada "Ducasse SRL" para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho y para que en el término de tres días posteriores al vencimiento de aquel, oponga y pruebe excepciones legítimas, en los términos del decreto de fecha 03/04/2006 fs. 11. A
tales fines, publíquense edictos como se solicita y en los términos del art. 152 del CPC." Fdo:
Dra. Cordeiro Juez y Dr. Monfarrell Secretario.5 días - 6702 - 27/4/2009 - $ 74,50.-

REBELDÍAS
En los autos "Banco de la Provincia de Córdoba c/ Lallana, Juan Carlos Hijo y Otro Ejecutivo - Expte. Nº 1166032/36, que se tramitan en el Juzgado de 1º Instancia y 18º Nom. Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, planta baja pasillo s/ Caseros, se cita a dictado la siguiente resolución: "SENTENCIA NUMERO:
TREINTA Y CINCO. Córdoba, diez de Febrero de 2009. Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO: 1 Declarar rebelde a los demandados JUAN CARLOS LALLANA DNI Nº 11.972.026 y VICTOR HUGO TORANZO DNI Nº 8.633.226; 2 Hacer lugar a la demanda promovida por el BANCO DE LA PROVINCIA DE
CORDOBA en contra de los accionados y en consecuencia mandar a llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago de la suma reclamada de PESOS QUINIENTOS
CUARENTA Y TRES con cuarenta y tres centavos $543,43 con más sus intereses conforme al considerando III, IVA sobre los mismos. 3 Imponer las costas a los demandados a cuyo fin regulo los honorarios profesionales del Dr. Santiago Romero Díaz en la suma de pesos seiscientos veintiuno $621
más el monto reglado por el art. 99 inc. 5º de LA de pesos ciento ochenta y seis con 30/100
ctvs. $186,30 PROTOCOLICESE, HAGASE
SABER Y DESE COPIA." Fdo.: Dr. Juan C. Maciel JUEZ.3 días - 6706 - 23/4/2009 - $ 66,50.En los autos "Banco de la Provincia de Córdoba c/ Mena, Gregorio José - Ejecutivo Expte. Nº 862576/36, que se tramitan en el Juzgado de 1º Instancia y 6º Nom. Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, sito en
BOLETÍN OFICIAL
Edificio de Tribunales I, Caseros 551, 2º piso sobre pasillo central, se ha dictado la siguiente resolución: "SENTENCIA NÚMERO: trescientos noventa y cinco. Córdoba, dos de octubre de dos mil ocho. Y VISTOS: .. Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1 Declarar rebelde al demandado Sr. Gregorio José MENA 2 Mandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago de la suma reclamada de Pesos Dos mil ochocientos noventa y tres con noventa y cuatro centavos $ 2.893,94.- con más sus intereses, que se liquidarán en la forma indicada en el considerando III, más el I.V.A sobre intereses 3 Imponer las costas al demandado, a cuyo fin regulo los honorarios profesionales del Dr. Alejandro Damia, en la suma de pesos un mil doscientos cincuenta y ocho $ 1.258 con más la de pesos ciento ochenta y seis con treinta centavos $186,30
contemplada en el art. 104 inc. 5º L.A. y la ley 9459 y la de pesos trescientos tres con treinta centavos $ 303,30, en concepto de I.V.A.
sobre honorarios. Protocolícese, hágase saber y dése copia."
3 días - 6704 - 23/4/2009 - $ 57,50.En los autos "Banco de la Provincia de Córdoba c/ CHAIG, Ruperto y Otro - Ejecutivo Expte. Nº 1283756/36, que se tramitan en el Juzgado de 1º Instancia y 40º Nom. Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, planta baja sobre pasillo Caseros, se ha dictado la siguiente resolución: "SENTENCIA NUMERO:
Quinientos cuatro. Córdoba, once de Diciembre de 2008. Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO: 1º Declarar rebelde a los demandados Ruperto Chaig DNI Nº 6.501.518
y Alberto Manuel Vázquez DNI Nº 6.423.009
2º Mandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos Dos mil setecientos ochenta y cuatro $2.784.- más sus intereses establecidos en el considerando respectivo, IVA sobre intereses 3º Imponer las costas a los demandados, a cuyo fin regulo los honorarios profesionales del Dr. Santiago Romero Díaz, en la suma de pesos seiscientos veintiuno $621.-, más la suma de pesos Ciento ochenta y seis $186.-, correspondiente al art. 104 inc. 5º L.A.Protocolícese, hágase saber, y dése copia." Fdo: Dr. Alberto J. Mayda, Juez.3 días - 6705 - 23/4/2009 - $ 49,50.En los autos "Córdoba Bursátil S.A. c/
Quinteros, María Cristina y Otro - Ejecutivo Expte. Nº 628990/36, que se tramitan en el Juzgado de 1º Instancia y 45º Nom. Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, planta baja sobre Caseros, se ha dictado la siguiente resolución: "SENTENCIA NÚMERO: ciento cincuenta y cinco. Córdoba, dos de julio del año dos mil ocho. Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I Declarar rebelde a los demandados Quinteros Maria Cristina DNI Nº 21.392.362 y Álvarez Eulalia Rosa DNI Nº 4.561.736 II Mandar llevar adelante la ejecución promovida en contra de los demandados, hasta el completo pago del capital reclamado de pesos Un mil trescientos ochenta $ 1.380.-, con más los intereses en la forma establecida en el considerando pertinente, IVA sobre intereses, Coeficiente de Variación Salarial CVS y costas; III Costas a cargo de los demandados a cuyo fin regulo los honorarios profesionales de los Dres. Augusto Duarte Acosta, Orlando Carena y Alejandro Damia, en conjunto y proporción de ley en la suma de pesos seiscientos veintinueve con
diez centavos $ 629,10 con más la suma de pesos Setenta y tres con cincuenta y tres ctvs.
$ 73,53, atento lo dispuesto por el art. 99 inc.
5 de la ley 8226, correspondiendo el 40% de dicha suma a los Dres. Augusto Duarte Acosta y Orlando Carena por haber presentado el escrito de demanda, y el 60 % de dicha regulación al Dr. Alejandro Damia por haber cumplido el resto de las etapas procesales art.
42 Ley 8226. Asimismo deberá adicionarse el 21 % en concepto de I.V.A sobre el proporcional correspondiente al Dr. Alejandro Damia por revestir el Carácter de Responsable Inscripto.
Protocolícese, hágase saber y dése copia."
Fdo: Dr. Héctor Daniel Suárez Juez.3 días - 6717 - 23/4/2009 - $ 85.En los autos "Córdoba Bursátil S.A. c/ Marsili, Flavia M. y Otro - Ejecutivo - Expte. Nº 564238/
36, que se tramitan en el Juzgado de 1º Instancia y 34º Nom. Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, 2º piso sobre calle Caseros, se ha dictado la siguiente resolución:
"SENTENCIA NÚMERO: ciento ochenta y cinco.
Córdoba, nueve de junio del año dos mil ocho.
Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I Declarar rebeldes a los demandados Sres. Sres. Flavia M. Marsili LC:
7.682.608 y Eduardo Alberto Villafañe DNI:
10.652.016; II Mandar llevar adelante la ejecución promovida en contra de los demandados, Sres. Flavia M. Marsili LC:
7.682.608 y Eduardo Alberto Villafañe DNI:
10.652.016, hasta el completo pago del capital demandado de pesos Trescientos noventa y tres con noventa y tres centavos $ 393,93.-
con más los intereses en la forma establecida en el considerando IV, IVA sobre intereses, y costas; III Costas a cargo de los demandados a cuyo fin regulo los honorarios profesionales del Dr. Ernesto A. Blanco, en la suma de pesos quinientos setenta y ocho $ 578 con más la suma de pesos ciento veintiuno $ 121 en concepto de IVA sobre honorarios; y la suma de pesos ciento setenta y tres $ 173 en concepto del art.99 inc.5º L.A., y la suma de pesos treinta y siete $ 37 en concepto de IVA. sobre dicho importe.- Protocolícese, hágase saber y dése copia." Fdo: Dr. Guillermo Tinti Juez.3 días - 6713 - 23/4/2009 - $ 67.En los autos "Córdoba Bursátil S.A. c/
Lencinas, Gabriel Alejandro y Otro - Ejecutivo Expte. Nº 605977/36, que se tramitan en el Juzgado de 1º Instancia y 31º Nom. Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, 2º piso sobre pasillo sobre Bolívar, se cita a dictado la siguiente resolución: "SENTENCIA NÚMERO:
Doscientos Setenta y Cinco.- Córdoba, Dieciocho de Junio de dos mil ocho.- Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1
Declarar rebelde a los demandados Sres.
Gabriel Alejandro Lencinas DNI 21.859.856 y Paulo Eugenio Avila DNI 23.451.542 2 Mandar llevar adelante la ejecución promovida en contra de los demandados, hasta el completo pago del capital demandado de dos mil doscientos pesos $ 2.200.-, con más los intereses en la forma establecida en el considerando IV, IVA
sobre intereses y costas 3 Costas a cargo de los demandados a cuyo fin regulo el honorario profesional de los Dres. Augusto E. Duarte, Orlando Carena y Alejandro Damia, en conjunto y en proporción de ley, en la suma de mil quinientos treinta pesos $ 1.530.- con más la suma de setenta y tres pesos con cincuenta y tres centavos $ 73,53.-, prevista en el inc 5
del art 99 de la ley 8226 y en concepto de IVA

3
al Dr Alejandro Damia en la suma de ciento siete pesos con diez centavos $ 107,10.-.
Protocolícese, hágase saber y agréguese en autos la copia que expido - Fdo: Aldo Novak.
Juez 3 días - 6715 - 23/4/2009 - $ 66.-

DECLARATORIAS DE
HEREDEROS
RÍO TERCERO - El Juzgado de Primera Instancia y Primera Nominación en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Río Tercero, Secretaría a cargo de la Dra.
Alicia Peralta de Cantarutti, en los autos:
"Cavallo, Ernesta ó Ernesta Matilde y otro Declaratoria de Herederos Expte. 06/2009", cita y emplaza a los herederos y acreedores de los causantes y a todos aquellos que se crean con derecho a la sucesión de ERNESTA
ó ERNESTA MATILDE CAVALLO y JACINTO
ERMIDIO MARIN, para que comparezcan a tomar participación dentro del término de veinte 20 días, bajo apercibimiento de ley.
Oficina, 24 de Febrero de 2009.
5 días - 4063 - 21/4/2009 - $ 34,50.El Señor Juez de 1ra. Instancia y 14.
Nominación en lo Civil y Comercial, cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a la herencia de VACA JOSE RAMON, en los autos caratulados Vaca José Ramón - Declaratoria de Herederos - Expte. N 1542371/36 - cuerpo Uno", por el término de veinte días bajo apercibimiento de ley. Cba., 5 de Noviembre de 2008. Dr. Gustavo Orgaz - Juez. Dra. Nora Cristina Azar - Sec.
5 días - 1169 - 21/4/2009 - $ 34,50
El Sr. Juez de 1ra. Inst. Civil y Comercial de 42
Nominación, cita y emplaza a los herederos y acreedores de Guillermo Alberto Layún, en autos caratulados "LAYÚN, GUILLERMO
ALBERTO.- Declaratoria de Herederos.
Expediente nº 66970/36", y a los que se consideren con derecho a la sucesión por el término de 20 días bajo apercibimiento de ley.Córdoba, 11 de Abril de 2005.- Secretaria.
Gladis Quevedo de Harris.
5 días - 7104 - 27/4/2009 - $ 34.50.-

CONCURSOS Y
QUIEBRAS
BELL VILLE - El Juzgado de Primera Instancia y Segunda Nominación Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Bell Ville, Secretaria Nº 4 a cargo de la Dra. Elisa Molina Torres, hace saber que en los autos caratulados:
Coppola Edico Omar y Jorge Omar Coppola Concurso Preventivo", se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número: Ochenta y nueve. Bell Ville, tres de abril de dos mil nueve.
Y Vistos Y Considerando Resuelvo: 1º Declarar la quiebra indirecta por incumplimiento del acuerdo, de los Sres. Edico Omar Coppola, M.I. Nº 6.532.789 y Jorge Omar Coppola, M.I.
Nº 14.504.441. 2º Ordenar que la presente declaración de quiebra se inscriba en el Registro Público de Comercio de la Provincia.
Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, como así también en el Registro de Juicios Universales de la Provincia; a cuyo fin, ofíciese.
3º Ordenar la inhibición general de los bienes de los fallidos; a tal efecto, deberá oficiarse al Registro General de la Provincia, y Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. 4º Ordénese a los terceros que entreguen al Síndico a designarse los bienes de los fallidos.
Intimase a los mismos para que dentro del

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/04/2009 - 2º Sección

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