Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/05/2008 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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están inscriptas al Dominio N 36.663, Folio N
44.954, Tomo N 180 del Año 1959, a nombre de Héctor Manuel Esterico y empadronado en las cuentas N 2301-0941543/5 y 2301-0941544/3
a nombre del mismo.-Fdo. Gabriel I Prémoli, Juez P.L.T.- Dr. Sebastián Navarro, Prosecretario Letrado.- Cosquín, febrero 21 de 2008.10 días - 6234 - s/c.
RIO SEGUNDO - "Fernández, Jaime Usucapión". Juzg. 1 Inst. C.C.C.F. de Río 2.
"Sentencia nº 41. Río segundo, 12/03/08. Y
vistos y considerando Resuelvo: I HACER
lugar a la Presente demanda y en consecuencia declarar que el señor Jaime Héctor Fernández ha adquirido por usucapión el dominio del inmueble descripto como "lote de terreno designado con el número veinte de la manzana setenta y tres "b", ubicado en el pueblo de Río Segundo, pedanía Pilar, departamento Río Segundo de esta provincia de Córdoba, que mide diez metros de frente al oeste, por veintiocho metros de fondo, o sean doscientos ochenta metros cuadrados, y LINDA: AL ESTE con fondos DEL LOTE SIETE; AL NORTE CON EL LOTE
VEINTIUNO;ALSUD CON ELLOTE DIECINUEVE, TODOS DE LA MISMA Manzana, y al oeste con el Bv. Las Heras". El inmueble se encuentra empadronado en la D.G. de Rentas bajo cuenta Nº 270609629816, y conforme informa el Registro General, el dominio consta inscripto a nombre del demandado Félix Martínez Carazo al Nº 3916, Folio 4892, tomo 20 del año 1961", adquirido el dominio por prescripción. II Imponer las costas al accionante, y eximir de ellas a los colindantes por no haber deducido éstos últimos oposición, difiriendo las regulaciones de honorarios DE LOS DRES. JORGE O. GALLARÁ, PATRICIA CALANDÍN Y MARÍA DEL CARMEN
ADALID DE MARTÍNEZ, PARA Cuando haya base para ello.- III Ordenar se haga saber la presente resolución por edictos, publicados por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días en el BOLETÍN OFICIAL y diario ya sorteado.III Notifíquese al Registro General de la Propiedad y a la Dirección General de Rentas, oportunamente para que previo los informes de ley, tomen razón, artículo 15 de la ley 5445 y procedan a la cancelación del dominio existente del inmueble que resulta afectado y se inscriba el dominio del inmueble descripto en el punto I, a nombre del Sr. Jaime Héctor Fernández.
Protocolícese, hágase saber y dése COPIA.
Firmado: Susana E. Martínez Gavier Juez". Dr.
Marcelo Gutiérrez secretario. Río 2, 01/04/
08.
10 días - 6203 - s/c.
RIO CUARTO - El Sr. Juez de 1ra. Inst. y 1ra.
Nom. en lo Civil y Com. de esta ciudad, Dr. José A. Peralta, Secr. Dra. Mariana Andrea Pavón, en los autos caratulados "Apezteguía, Hugo Fabián y Sergio Avelino Costamagna -Demanda de Usucapión Expdte. A-7-05" cita y emplaza al demandado, señor Eustaquio M. Altamirano, a los colindantes y así como a todos quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, a comparecer a estar a derecho, dentro del termino de cuatro días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos que será de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, bajo apercibimiento legal. Inmueble a usucapir: Designado como .Manzana 172, sito en la zona urbana de la localidad de Pueblo Torres, Vicuña Mackenna, Pedanía La Cautiva, Departamento Río Cuarto y que linda: al norte, con calle Gabriela Mistral; al sur, con calle Fulvio Zambroni; al este, con calle Joaquín Cendoya y al oeste, con calle Hipólito Irigoyen de la localidad de Vicuña Mackenna.
Mide 100 ms. por todos sus lados, encerrando
BOLETÍN OFICIAL
una superficie de 10,000 m2., todo conforme plano de mensura confeccionado por profesional autorizado y aprobado por la Dirección de Catastro en el expediente número 0033-98030-2005, el 02 de junio de 2005. El fundo se encuentra inscripto en el Registro General de la Provincia en Protocolo de Dominio bajo el No. 94, Fo. 88, To. 1, Año 1924. La propiedad se encuentra designada a nivel municipal con el número 1-1-172-1 y lleva el número de cuenta 2788, siendo su nomenclatura catastral Dto. 24, Ped. 06, Pblo. 64, C. 01, S. 01, M. 183, P. 002., empadronado en la Dirección General de Rentas bajo el No. 2406-1603045/
1,1 Río Cuarto, 19 de marzo de 2008. Mariana Andrea Pavón, Secretaria.
10 días - 6130 - s/c El Sr. Juez de 1a. Ins. 14a Nomin. en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, Secretaria:
Dra. Nora Cristina Azar de Ruiz Pereyra en autos: Virga Nigro, Pablo EduardoUsucapión Expte N 725485/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 19 de octubre de 2007.Agréguese oficio acompañado. Habiéndose cumplimentado los requisitos establecidos por los arts. 780 y 781 del C. de P.C., admítase la demanda de Usucapión, la que se tramitará como juicio ordinario.-Cítese y emplácese A los demandados para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía a cuyo fin publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y diario que elija el interesado, sin perjuicio de las notificaciones a practicarse en los domicilios denunciados y en los términos prescriptos por el art. 783 del C.
P.C.- Cítese y emplácese a los colindantes, a la Provincia de Córdoba y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se trata de prescibir, en el mismo plazo anteriormente expresado, a fin de que comparezcan a pedir participación como demandados, bajo apercibimiento.- Líbrese providencia al Sr. Oficial de Justicia a los fines de la colocación del edicto pertinente en el Juzgado y del cartel indicador en el inmueble art. 786 del C. de P.C.Oportunamente traslado por diez días con copia de la demanda y la documental presentada al efecto.- Notifíquese.-Firmado: Gustavo R.
OrgazJuez; Mariana GiménezPro secretaria.10 días - 6235 - s/c.
EL Sr. Juez de 1 Inst. y 46 Nom. Civ. y Com.
de la ciudad de Córdoba, Secretaría del Dr.
Horacio Fournier, en autos: "RODA, ADELMO USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA
USUCAPION" - EXPEDIENTE Nº 484064 - ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA
NUMERO NOVENTA Y NUEVE. Córdoba 1 de abril de 2008. Y VISTOS Y
CONSIDERANDO RESUELVO: 1º Hacer Lugar parcialmente a la demanda y en consecuencia declarar al Sr. Adelmo Rodas, único titular del derecho real de dominio sobre la fracción de tierra descripta en la demanda ubicada en Pedanía Remedios, Departamento Río Primero de esta Provincia de Córdoba, la que, según plano de mensura confeccionado por el Ing. Civil Walter G. Ayala, aprobada por la Dirección Gral. de Catastro de la Provincia por Expediente Nº 0033-008113/03, el 2l de noviembre de 2003, se designa como LOTE 2123
-4332, que tiene las siguientes medidas, superficie y límites: Al Norte, partiendo del punto 1 con un ángulo de 87º3332 y una distancia de 393 m.92 cm., se llega al punto 2; Al Este, partiendo del punto 2, con un ángulo de 109º3402 y una distancia de 676 m. 74 cm., se llega al punto 3; desde este punto con un ángulo de 179º3957 y una distancia de 454 m. 15 cm., se llega al punto 4; desde este punto con un
ángulo de 91º0946 y una distancia de 38 m., se llega al punto 5; desde este punto con un ángulo de 268º2925 y una distancia de 807 m.
63 cm., se llega al punto 6; Al Sur, partiendo del punto 6, con un ángulo de 71º3722 y una distancia de 390 m. 2 cm., se llega al punto7; y Al Oeste, partiendo del punto 7, con un ángulo de108º0828 y una distancia de l.943 m. 59 cm.
se llega al punto 1, que cierra el polígono. Lo que hace una superficie total de 73 Has. 907
ms. cdos., que linda: Al Norte, camino público; Al Este, Pedro Kaufer, Moisés Niemierzanski y Eduardo Soler; Al Sur, José Karothy y Francisco Rodríguez y Rodríguez; y Al Oeste, Víctor León Poussif y Víctor Hugo Poussif, con exclusión del espacio correspondiente al Lote "J". 2º Ordenar la reformulación del plano pertinente en función del presente decisorio y la exclusión apuntada. 3º Oportunamente publíquense edictos por diez días a intervalos regulares en un periodo de treinta días en el Boletín Oficial y diario que corresponda. 4º
Oportunamente se deberá oficiar al Registro General de la Propiedad y a la Dirección General de Rentas de la provincia de Córdoba a los efectos de que se practiquen las anotaciones pertinentes, previo cumplimiento del punto 2º
de este decisorio, los trámites de ley y transcurrido los dos meses de publicación. 5º
Costas a cargo del accionante a cuyo fin difiero la regulación de honorarios del Dr. Tomás Antonio Fernández para cuando exista base para practicarla.- Protocolícese, Hágase Saber y Dese Copia.- Fdo. Rafael Aranda, Juez.10 días - 7479 - s/c.COSQUIN - Juzg. C C y Flia de 1ra Inst.,1ra Nom. Sec. Palladino, Sentencia 154. 17 Octubre de 2007 VISTOS los autos DIAZ MARTA Y OTRO
Medidas Preparatorias Usucapion Y CONSIDERANDO RESUELVO:1Hacer lugar a la demanda de usucapión incoada por los Sres.
Marta Alcira Diaz y Nemesio Albarracin - hoy su sucesión-.2Ordenar se inscriba en el Registro General de la Propiedad, el inmueble descripto en el considerando I,a nombre de los sucesores de los actores, por derecho de representación de sus respectivos padres, SANDRA MARCELA
MAS DNI 16.975.259 heredera de la Sra MARTA
ALCIRA DIAZ según Auto Nº 60 de fecha 7-32006 que así la declara, y los Sres CARLOS
JOSE ALBARRACIN DNI 10.284.468 Y ROXANA
HERMINIAALBARRACIN DNI 13.386.739 como herederos del Sr NEMESIO ALBARRACIN, según Auto N 145 de fecha 30-4-2007. 3Diferir la regulación de los honorarios de la Dra Mercedes del Carmen Fernandez para cuando exista base cierta a tal fin. Protocolícese, hágase saber y dese copia. fdo. Cristina Coste de Herrero-JuezINMUEBLE Lote 10 manzana 20 barrio la Cañada, Ped. San Antonio, Dpto Punilla, Mun. Villa Giardino. Inscripto al F 13.313 T54 año 1965.
Según Plano de la Dirección de Catastro expte 0033-34718 del 13-4-2000.10 días - 2076 - s/c.MORTEROSEl Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Conciliación, Familia, Control, Menores y Faltas de la Ciudad de Morteros, Sec. N 1, en los autos caratulados:
Grosso, DavidUsucapión Expte. Letra G, N 21, Año 2005 se ha dictado la siguiente resolución: Morteros, 09 de noviembre de 2007.Atento lo dispuesto por el art. 783 y 783 ter del CPCC, cítese y emplácese al demandado Sr.
Eusebio Córdoba y a quienes se crean con derecho sobre el inmueble que se trata de usucapir, por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL, por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, para que concurran a estar a derecho, bajo
Córdoba, 08 de Mayo de 2008
apercibimiento de rebeldía y de nombrarles por representante al Sr. Asesor Letrado.- Se trata del sgte. inmueble: Una fracción de terreno urbano ubicada sobre Bvd. J. D. Perón S/n de la ciudad de Morteros, Opto. San Justo, Pedanía Libertad, Pcia. de Cba., designado catastralmente como: Pblo 41- C 02- S 03- Mz 09- P 13 ó P 002 Nom. Catastral MunicipalLote oficial: 120, empadronado en la Cuenta N
30011647714/2 y descripto como: Una fracción de terreno urbano ubicado en la Manzana 09
del pueblo de Morteros, Pedanía Libertad, Departamento San Justo, Pcia. de Cba., que mide 20,00 m. de frente por 50,00 m. de fondo, haciendo una superficie de 1.000,00 m2, baldío, que linda: al N con calle pública; al E con Parc.
011 de Amalia Elsa Córdoba; al S con Pare. 009
de David Andrés Mansilla y al O con Pare. 001
de Sergio José Viano.- Se encuentra inscripto en el Reg. Gral. de la Pcia. bajo el N 611 F 697
Año 1.932.- Quedan Uds. debidamente notificados, citados, emplazados y apercibidos.Fdo: Dr. Daniel A. Balbo León, Juez.- Andrea Fasano, Secretaria.10 días - 2958 - s/c.BELL VILLE - El Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia, de Bell Ville, Secretaria de Mario A. Maujo, en los autos caratulados Cardarelli Ofelia Neli -Usucapión, se ha dictado la siguiente resolución; Sentencia Definitiva Numero: trescientos onceBell Ville 21 de setiembre de dos mil siete.- Y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: I Hacer lugar a la demanda de usucapión deducida por la Sra, Ofelia Neli Cardarelli, declarando adquirido por prescripción el inmueble objeto del presente juicio, conforme al plano de mensura que corre agregado a fs, 15, a favor del nombrado y que se describe como: una fracción de terreno, en el lugar denominado Las Tres Cruces, Pedania Bell Ville Depto. Unión de la Provincia de Córdoba, con una superficie de ocho hectáreas; dos mil novecientos sesenta y tres metros cuadrados, con todo lo clavado y plantado que se designa en e!
catastro provincial como 3603003140222100000, siendo en la Dirección General de Rentas, la propiedad número 36-031.820.985/1, lindando, según plano, al NE, con parcela 2321, a nombre de Antonio Félix Coppari, al SO, con parcela 2121, a nombre de Mercedes Ibañez y Mario Ibañez, al SE con camino público y al NO, con parcela 2420, de Dante Groppo S.R.L..- II Publíquense Edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en otro Diario con circulación en esta ciudad, A los fines de la notificación de la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art. 790 del CPCC.III Oportunamente ordénese la inscripción del inmueble a la orden del actor en el Registro General de la Provincia y simultáneamente, se cancelarán las inscripciones del Dominio, de los inmuebles que resulten afectados por la presente. IV - Protocolícese,-Hágase Saber y dése Copia.- Fdo.: Galo E. Copello - Juez.
10 días - 2991 - s/c.BELL VILLE. El Sr. Juez de 1ra. I., y 2da. N. en lo C.C.C. de la ciudad de Bell Ville; Sec. N 3, en autos. Bono, Alberto A., Miguel, María Cristina, Schiavettí, Luis José - Usucapión Expte. B.
114 bis/07.- ha dictado la siguiente resolución;
Bell Ville, 26 de diciembre de 2007. Sentencia Definitiva Numero: Cuatrocientos Diez. Y Vistos;
Y Considerando; Resuelvo; I Hacer lugar a la demanda de usucapión en favor de los Sres.
Alberto Alfredo Bono, M.l. 6.560.173 en la proporción del 50%, y a favor de los Sres. María Cristina Miguel, M. I. 5.970.126 y Luis José Schiavetti, M.l. 6.557.062 por el 50% restante, declarando adquirido por prescripción los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/05/2008 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date08/05/2008

Page count9

Edition count3646

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

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