Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2008 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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BOLETÍN OFICIAL y diario local Puntal art. 152
del C.P.C.C..- De la misma manera cítese a los colindantes denunciados en su calidad de terceros Sres. Raúl Eloy Fajrdo, Juan Martínez, Juan Carlos Angeletti, Luis Martin Baronio, Norberto Omar Colombo, Miguel Ángel Bueno, Fernando Humberto Navarro, Graciano Capellán, Raúl Mario Carbonari y María Ascensión Rubistein de Carbonari para que en igual término de días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. El inmueble que se pretende usucapir se describe de la siguiente manera: Un inmueble ubicado sobre calle Maipú N 739 interno de Río Cuarto, Cba, empadronado en la D.G.R. en la cuenta N
24-05-0935.538/1, en catastro Municipal C 1-S
01- Mza. 055- P 022 y en E.M.O.S. bajo el Nro.
de Cliente 30409/0; y en Catastro de la Provincia, de una superficie de 482mts.2, siendo sus colindantes el lote 27 de propiedad de Raúl Eloy Fajardo, el lote 6 de Juan Martínez, el lote 7 de Luis Martín Baronio, el lote 8 de Raúl Carbonari, Lote 9 de Norberto O. Colombo, Lote 15 de Miguel Ángel Bueno, Lote 22 de Fernando Humberto Navarro, Lote N 25 de Graciano Capellán, Lote 22 de Juan Carlos Angeletti y lote N 26 de Ricardo Andrés Addiego.- Fdo.
Sandra Tibaldi de BerteaJuezDr. Elio PederneraSecretaria. Of., 29/2/08.
10 días - 3388 - s/c En los autos caratulados "Paredes Juan Cruz - Usucapión Expte. N 871277/36" que se tramitan ante el Juzgado de 1a Inst. y 41a Nom.
Civil y Com. de la ciudad de Córdoba, Secretaría a cargo de la Dra. Miriam Pucheta de Barros, se ha dictado la siguiente resolución: "Córdoba, 06 de Marzo de 2007.- Por iniciada la presente demanda de usucapión, la que tramitará como juicio ordinario. Cítese y emplácese al demandado Ignacio Baigorria; a los colindantes Aydees Mercedes Villagra, Ramón Roberto González, Héctor Patricio Maldonado, Enzo Mateo, Gregorio José Fernández, Domingo Caparelli y Miguel Olmos; terceros interesados, a la Provincia y Municipalidad del lugar art.
784 del C.P.C. y C., para que en el término de tres días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía,- Publíquense edictos por diez veces en un período de 30 días en el BOLETÍN OFICIAL y en diario autorizado, más próximo a la ubicación del inmueble.- Ofíciese al Juzgado de Paz a fin que proceda a exhibir al público, durante 30 días, una copia del edicto a publicar, la que deberá acreditarse con la certificación respectiva; debiendo colocarse cartel indicativo en un lugar del inmueble visible desde el principal camino de acceso durante toda la tramitación del juicio.Notifíquese.- Firmado: Jorge Eduardo Arrambide, Juez. Miriam Pucheta de Barros, Secretaria". Otra resolución: "Córdoba, dieciséis 16 de agosto de 2007. Téngase presente la rectificación efectuada.
Notifíquese en los términos del decreto inicial.
Firmado: Miriam Pucheta de Barros, Secretaria". Descripción del inmueble: Un lote de terreno, con las mejoras que contiene, el que según Plano de Mensura para Juicio de Usucapión aprobado por la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba en expediente N 0033-51834/94 en fecha 20 de Diciembre de 1994, debidamente actualizado con fecha 15 de Diciembre de 2004, se ubica en la Ciudad de Villa Allende, Pedanía Calera, Departamento Colón de esta Provincia de Córdoba, se designa como Lote Treinta y Siete de la Manzana Cuarenta y Ocho, y consta de Diez metros diez centímetros de frente al Nor-Oeste Puntos F-A, linda con pasaje público que le da salida
BOLETÍN OFICIAL
a Calle Libertad; Cuarenta metros catorce centímetros al Nor-Este puntos A-B, linda con Parcela Trece de Aydees Mercedes Villagra; Nueve metros sesenta y un centímetros al Sud-Este Puntos B-C, linda con Parcela Seis de Ramón Roberto González; y su costado Sud-Oeste, esta formado por una línea quebrada de tres tramos que miden la primera Puntos D-C, veinticuatro metros dos centímetros; la segunda Puntos D-E, un metro sesenta y seis centímetros; y la tercera Puntos E-F con la cual se cierra la figura, catorce metros cuarenta y seis centímetros, lindando con parcelas ocho y nueve de Héctor Patricio Maldonado, Parcela Diez de Gregorio José Fernández, y Parcela Once de Domingo Caparelli, todo lo que encierra una superficie total de trescientos noventa y ocho metros cincuenta y dos decímetros cuadrados. El inmueble precedentemente descripto se halla inscripto en el Registro General de la Provincia, por conversión de Folio N 5171/
64, en la Matrícula N 908079 13, según la cual se detalla de la siguiente forma: "Lote de Terreno, ubicado en esta localidad de Villa Allende, Dpto. Colón, Prov. de Cba., que según plano de subdivisión del vendedor de una mayor sup. se designa como lote 8 "m", y consta de 10 mts. de frente, por 40mts. de fondo, o sea 400Mts.2, que lindan, al N., con el lote 8-"l"; al S., con parte de los lotes 8-"a", 8-"b" y 8-"d"; al E., con de Benigno Alonso; y al O., con calle dejada por el vendedor, todo de acuerdo al citado plano de subdivisión". En la Dirección de Rentas de la Provincia se empadrona como Propiedad Numero 13-010.058.511/2.
10 días - 4850 - s/c VILLA DOLORES. La Señora Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación de Primera Instancia y Primera Nominación Villa Dolores, Dra.
Graciela C. de Traversaro, Secretaría N 2 a cargo de la Dra, María Leonor Ceballos, notifica y hace saber que en los autos caratulados: "Romero Rosalva -Usucapión"
se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia Numero: Veintitrés. Villa Dolores, cuatro de marzo de dos mil ocho. Y Vistos
Y Considerando Resuelvo: a Hacer lugar a la demanda de que se trata en todas sus partes y en consecuencia, declarar que la Sra. Rosalva Romero, D.N.I N 2.331.678, de estado civil casada con Felipe Ramón Roldan, con domicilio en calle Los Molles N 125, Barrio Los Sauces, de Córdoba Capital, nacida con fecha 06/03/1936, que revista en la Administración Federal de Ingresos Públicos con CUIL/CUIT N 2702331678-7, es titular del derecho real de dominio, obtenido por prescripción adquisitiva veinteñal, sobre una fracción de terreno ubicada en la localidad de San Pedro, Pedanía San Pedro, Dpto. San Alberto Pcia. de Córdoba. Que mide:
partiendo de vértice A con un ángulo de 90 54 35" y rumbo Oeste-Este hacia el vértice B mide I3,85m, de este vértice B
con un ángulo de 185 3641" y rumbo Oeste-Este hacia el vértice C mide 6,70 m, desde este vértice C con ángulo de 1780943" y rumbo Oeste-Este hacia el vértice D mide 3,67m, desde este vértice D
con un ángulo de 1785202" y rumbo OesteEste hacia el vértice E mide 5,78 m, desde este vértice E con un ángulo de 753247" y rumbo Norte-Sur hacia el vértice F mide 2,94m, desde este vértice F con un ángulo de 1860753" y con rumbo Norte-Sur hacia el vértice G mide 9,36 m, desde este vértice G

con un ángulo de 8958!00" y con rumbo EsteOeste hacia el vértice H mide 17,08 m, desde este vértice H con un ángulo de 1850419" y con rumbo Este-Oeste hacia el vértice I mide 11,58 m, desde este vértice I con un ángulo de 894400" y con rumbo Sur-Norte hacia e!
vértice A mide 9,20 m; vértice en el cual, se cierra la figura, lo que totaliza una superficie de 296,58m2, con las siguientes colindancias y límites: en su lado Norte con González Victoria. Al Sur parcialmente con Rodríguez José y la otra parte con Ferreira de Recalde Cortez María Elisa, al Este con Ebeling Guillermo, al Oeste con calle 25 de Mayo;
según datos enunciados y que surgen del plano de mensura para usucapión confeccionado por el Ing. Civil Daniel Lujan Rubiolo, Mat. Prof. 2736-2 y aprobado por la Dirección General de Catastro de la Provincia con fecha dieciséis de marzo de 2004, en Expediente N 0033-41326/00 designado como Lote 22, Manz 04, al que corresponde la siguiente Nomenclatura Catastral: Dpto.28, Pedanía 06, Pueblo 28, Parcela 22, N de Cuenta 2806-1.536.643/1. El inmueble de referencia afecta parcialmente el Dominio inscripto al N 48, Folio 35, Año 1916, a nombre de María Elisa Ferreira de Recalde Cortez; por lo que se ordena la anotación en forma preventiva de la sentencia, en el Registro General de la Provincia de conformidad a lo dispuesto en el art. 789 del C.P.C.C., respecto del citado dominio, atento que la presente resolución lo afecta en forma parcial.- b Notifíquese la presente resolución por edictos a publicarse en el diario "BOLETÍN
OFICIAL" y otro de circulación local, a libre elección del peticionante en el modo dispuesto por el art. 790 del C. de P.C.- c Ordenar la inscripción de la presente resolución en el Registro General de la Provincia art. 789 del C. de P.C,.- d Cumpliméntese las demás formalidades de ley y oportunamente, ofíciese a los fines de la inscripción.- e Regular en forma provisoria los honorarios profesionales de los Dres.
Astrid Uez y Marcelo Duran Lobato en conjunto y proporción del 40% y 60%
respectivamente, en la suma de Pesos Setecientos Cincuenta $750 15 JUS, hasta que exista base determinada para su cálculo definitivo. Protocolícese y dése copia. Fdo.
Dra. Graciela C. de Traversaro, Juez.-Villa Dolores, 07 de marzo de 2008. Ceballos, Sec..
10 días - 4039- s/c En los autos caratulados:" Moreno Bernardino - Usucapión -", Expte. N 1050510/36, que tramitan por ante el Juzgado de 1a Instancia y 36 Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, Secretaria a cargo del Dr. Claudio Perona, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Numero: Quinientos Cuarenta y Tres. Córdoba, trece de septiembre de dos mil dos. Y Vistos
Y Considerando Resuelvo: 1 Hacer lugar en todas sus partes a la acción de usucapión promovida por el Sr. Bernardino Moreno en contra de los Sres. Marcelino Chaile, Ramona Vera de Chaile y/o sus herederos o sucesores, y en consecuencia declarar al Sr. Bernardino Moreno titular del derecho de dominio sobre el inmueble identificado como lote de terreno ubicado en la manzana 167 del Barrio Pueyrredón, de esta ciudad de Córdoba, Municipio de esta ciudad, Lote N 11 hoy Pasaje Tránsito N 1131, con una superficie de 175.91
mts.2, compuesto de 22.02 mts. de fondo al Norte, 22.04 mts. de fondo al Sud, 8mts. de frente al Este y 7.97 mts en su fondo Oeste,
Córdoba, 17 de Abril de 2008
lindando al Norte con la parcela 10 de Carolina Achiarri viuda de Moya hoy calle Charcas, al Sud lote 12 de José Gallardo, María Francisca García de Gallardo hoy calle Buchardo, al Oeste con parcela 20 de Francisco Domeñe hoy calle Pringles, y al Este con Pasaje Tránsito, consolidado mediante la prescripción adquisitiva y que se encuentra registrado en la Dirección General de Catastro de la Provincia en el plano de mensura Expte. N 0033-38477/
93 de fecha 4/08/93, en el Registro General de Propiedad al F 8962 del año 1949, en la Municipalidad de la Capital identificado catastralmente con el N 01-15-031-011, los derechos y acciones que le corresponden sobre el inmueble citado y descrito precedentemente. 2 Oportunamente oficiar al Registro General de la Provincia, a la Dirección General de Rentas y Dirección General de Catastro de la Provincia a sus efectos. 3
Publíquense edictos, oportunamente de la presente resolución por el término de ley. 4
Con costas al actor a cuyo fin regúlense provisoriamente los honorarios de los Dres.
Ricardo Fasolis y Osmar Somale, en conjunto y proporción de ley en la suma de pesos trescientos sesenta y ocho $ 368,00, al no estar determinada la base a dichos fines.
Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo:
Dra. Sylvia E. Lines. Juez.
10 días - 5648 - s/c.
COSQUIN - La Sra. Juez en lo Civil, Comercial, de Conciliación y Familia de Cosquín, en autos "Caracci María Luisa - Usucapión", cita y emplaza a los demandados, en contra de Marina Juliana María Amancia Sánchez, Vicente Ramón Pedro Marcos Moncada y Marcos Aurelio Moncada, Blanca Olmos de Tissera, Nélida Olmos de Wuthrich, Graciela Olmos De Berreta, Estela Olmos, María Adelia Olmos, Angélica Olmos y Manuel Antonio Olmos y de Héctor Manuel Esterico, para que comparezcan a estar a derecho en el término de 20 días contados desde el último día de su publicación, bajo apercibimiento de rebeldía; a los colindantes actuales en su calidad de terceros, Héctor Manuel Esterico, Carlos Spagnoletti y Genilda Spagnoletti, para que comparezcan a estar a derecho en el plazo de 20 días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos a los efectos de tomar participación y deducir oposición bajo apercibimiento y a los que se consideren con derecho sobre el inmueble que se trata de prescribir, para que en el plazo de 20 días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos, comparezcan a estar a derecho, tomar participación y deducir oposición bajo apercibimiento; con relación a una fracción de terreno sita en Capilla del Monte, Pedanía Dolores, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba que presenta todos sus límites materializados mediante alambrados de hilos, los cuales encierran una superficie total de Cuatro mil cuatrocientos cuarenta y siete metros cuadrados con veintitrés decímetros cuadrados, que mide y linda: Al Oeste, el lado AB, mide veinticuatro metros, sobre la calle Copiapó, Al Norte, en línea quebrada, primero el lado BC, que partiendo del punto B y con rumbo de Oeste a Este, mide diecinueve metros, luego le sigue una línea curva con desarrollo de cuarenta y ocho metros con sesenta y nueve centímetros, continuando desde el punto D y con dirección de Sud a Norte, el tramo DE, el cual mide siete metros, y por último el lado EF, que partiendo del punto D y con rumbo de Oeste a Este, mide cincuenta y ocho metros, colindando los tres primeros tramos con calle Pública y el último lado con la calle Los Alazanes;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2008 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date17/04/2008

Page count7

Edition count3642

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

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