Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/12/2006 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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de lo establecido por el art. 1 de la Ley 24.432.
VI Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.: Graciela María Vigilanti, Juez.
Nº 29166 - $ 38.VILLA DOLORES - El Sr. Juez C. C. C. de 1ra.
y 2da. Nom. de la ciudad de Villa Dolores, Cba., Sec. Nº 3, en autos caratulados "Zapata, Eliseo Alberto y Otra c/ Sucesión de Dragomir Babic Escrituración", ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Numero: Sesenta.- Villa Dolores, trece de junio de dos mil seis.- Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: a Hacer lugar a la demanda de escrituración promovida en autos por Eliseo Alberto Zapata y Maria del Carmen Antón en contra de la sucesión de Dragomir Babic y a mérito de ello condenar a esta última, a otorgar a favor de los actores la escritura traslativa de dominio, respecto del inmueble objeto del presente juicio que fuera descripto, dentro del término de treinta días, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento, la escritura traslativa de dominio sea otorgada por el Tribunal, y que en caso de imposibilidad, se resuelva la obligación en el resarcimiento de los daños y perjuicios irrogados, cuyo monto -en su casose determinara en los procedimientos de ejecución de sentencia. b Imponer las costas a la demandada vencida, a cuyo fin regulo provisoriamente los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Celli en la suma de pesos trescientos sesenta y siete con sesenta y cinco centavos $ 367,65 15 Jus hasta tanto exista base económica cierta. Protocolícese y dése copia.- Fdo.: Dra. Elba del Valle Allende - Juez.
3 días - 25018 - 2/2/2007 - $ 58
RIO SEGUNDO - Sra. Juez de 1ra. Instancia Civil, Com., Conc., y Flia. de Río Segundo, Secretaría Dra. Verónica Stuart en autos "
Municipalidad de Pilar c/ Juan Lara - Ejecutivo Fiscal" se ha dictado la siguiente Resolución:
"Sentencia Numero Trescientos Ochenta y Siete. Río Segundo, 14 de Noviembre de 2006.
Y Visto Y Considerando Resuelvo: I Hacer lugar a la demanda y en consecuencia ordenar llevar adelante la ejecución en contra del Sr.
Juan Lara hasta el completo pago del capital reclamado de Pesos Un Mil Ciento Cincuenta y Dos con Once Centavos $ 1.152,11, con más intereses, conforme lo establecido en el considerando IV. II Con costas a la vencida.
III Regular los honorarios profesionales del Dr.
José Luis González por sus trabajos en esta instancia en la suma de Pesos Doscientos Cuarenta y Cinco $ 245; y regular los honorarios por apertura de carpeta Art. 99
inc. 5 de la Ley 8226 en la suma de Pesos Setenta y Tres $ 73. Protocolícese, hágase saber y dése copia.- "Firmado: Dra. Susana E.
Martínez Gavier - Juez.
3 días - 28884 - 6/2/2007 - $ 90.

BOLETÍN OFICIAL
segunda Nominación Villa Dolores, Dr. Rodolfo Mario Álvarez, Secretaria Nº 3 a cargo de la Dra.
E. Susana Gorordo de G. Zugasti, en los autos caratulados: "Municipalidad de Villa Dolores c/
Máximo Sáenz - Ejecutivo" han dictado las siguientes resoluciones. Villa Dolores, 01 de junio de 2006. Por acompañada boleta de aportes, agréguese. A merito de la documental acompañada téngase al compareciente por presentado, por parte y con domicilio legal constituido. Admítase en cuanto por derecho corresponda el presente juicio ejecutivo. Fdo.:
Dr. Rodolfo Mario Álvarez, Juez. Dra. E. Susana Gorordo de G. Zugasti, Secretaria. Otra Resolución: Villa Dolores 04 de septiembre de 2006. Por agregado informe del Juzgado Electoral. Atento lo solicitado y constancias de autos, cítese y emplacese a Máximo Sáenz para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho y de remate para que dentro de los tres días siguientes oponga excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimientos, a cuyo fin publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Fdo.: Dr. Rodolfo Mario Álvarez.
Juez Dra. E. Susana Gorordo de G. Zugasti, Secretaria:
5 días - 28903 - 6/2/2007 - $ 70,50.
VILLA DOLORES - El Señor Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación de Primera Instancia y Segunda Nominación Villa Dolores, Dr. Rodolfo Mario Álvarez, Secretaria Nº 3 a cargo de la Dra.
E. Susana Gorordo de G. Zugasti, notifica y hace saber que en los autos caratulados:
"Municipalidad de Villa Dolores c/ Epifanio Pereyra - Ejecutivo" se ha dictado la siguiente resolución:
Villa Dolores, 24 de agosto de 2006. Estando acreditado en los autos que el fallecimiento del causante se produjo con anterioridad a la promoción de la demanda, y a mérito de lo requerido por la accionante a fs. 32, téngase por rectificada la demanda y por dirigida la acción en contra de los sucesores de Epifanio Pereyra. En consecuencia cítese y emplácese a los mismos por edictos a publicarse en el diario "BOLETÍN
OFICIAL", para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, y en el mismo acto cíteselos de remate para que opongan excepciones si las tuvieren dentro de los tres días posteriores al vencimiento del término de comparendo, bajo apercibimiento Notifíquese.
Fdo.: Dr. Rodolfo Mario Álvarez. Juez. Dra. E.
Susana Gorordo de Zugasti, Secretaria. Villa Dolores, 17 de octubre de 2006.
5 días - 28902 - 6/2/2007 - $ 70,50.

El señor Juez de 1ra. Instancia y 24
Nominación en lo Civil y Com. de la ciudad de Córdoba, Secretaria Dra. Molina de Mur, en autos caratulados: "Banco Central c/Abdala Mario Rubén y otro - Otros Ordinarios", Expte. Nº 524985/36, cita y emplaza a los herederos de la Sra. María Susana Lange, para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Fdo.:
Dra. Faraudo, Juez. Dra. Molina de Mur, Secretaria.
5 días - 29104 - 6/2/2007 - $ 34,50.-

VILLA DOLORES - El Señor Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación de Primera Instancia y Segunda Nominación Villa Dolores, Dr. Rodolfo Mario Álvarez, Secretaria Nº 3 a cargo de la Dra. E. Susana Gorordo de G. Zugasti, notifica y hace saber que en los autos caratulados:
"Municipalidad de Villa Dolores c/ Suc. de Alfredo Bucco - Ejecutivo" se ha dictado la siguiente resolución: Villa Dolores, 17 de abril de 2006. Proveyendo a fs. 21, atento, el fallecimiento del demandado denunciado por el apoderado de la actora y lo dispuesto por el art. 97 del C.P.C.C. suspéndase el trámite de la presente causa y cítese a los herederos de Alfredo Bucco para que en el plazo de veinte días comparezcan a hacer valer sus derecho bajo apercibimientos de ley, a cuyo fin publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Fdo. Dr. Rodolfo Mario Álvarez.
Juez, Dra. E. Susana Gorordo de G Zugasti.
Secretaria. Villa Dolores, 20 de octubre de2006.
5 días - 28901 - 6/2/2007 - $ 54,50

VILLA DOLORES - El Señor Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación de Primera Instancia y
VILLA DOLORES - El Señor Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación de Primera Instancia y
CITACIONES

Segunda Nominación Villa Dolores, Dr. Rodolfo Mario Álvarez, Secretaria Nº 3 a cargo de la Dra.
E. Susana Gorordo de G. Zugasti, notifica y hace saber que en los autos caratulados:
"Municipalidad de Villa Dolores c/ Suc. de Clara González de Balmaceda - Ejecutivo" se ha dictado la siguiente resolución: Villa Dolores, 14 de noviembre de 2006. Proveyendo a fs.12, téngase presente. Atento, el fallecimiento denunciado, cítese y emplácese a los sucesores de Clara González de Balmaceda para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, y en el mismo acto cíteselos de remate para que opongan excepciones legítimas si las tuvieren, dentro de los tres días siguientes al vencimientos de aquel plazo, todo bajo apercibimiento de ley, a cuyo fin publíquense edictos por el plazo legal en el BOLETÍN OFICIAL Art. 152 C.P.C.C Fdo.:
Dr. Rodolfo MARIO Álvarez, Juez. Dra. E. Susana Gorordo de G. Zugasti, Secretaria. Villa Dolores, 29 de Noviembre de 2006.
5 días - 28899 - 6/2/2007 - $ 54,50.
El señor Juez Federal de Primera Instancia, del Juzgado Nº 1 de la ciudad de Córdoba, Dr.
Ricardo Bustos Fierro, Secretaría a cargo de la autorizante, en autos "Pavone, Raúl Angel c/
Crédito Imperial Argentina S.A.- Acción Sumarísima", ha resuelto mediante decreto de fecha 10 octubre de 2006, notificar por edictos a la demandada Crédito Imperial Argentina S.A.
las siguientes resoluciones: Córdoba, 02 de febrero de 2005.-Y
Vistos Y
Considerando Resuelvo: 1 Hacer lugar a la acción de amparo iniciada por el señor Raúl Angel Pavone en contra de Crédito Imperial Argentina S.A., Banco Sudameris Argentina S.A. y Poder Ejecutivo Nacional. 2 Declarar la inconstitucionalidad del Decreto 1387/01 art.
30 inc. a y art. 39 y la Comunicación "A" 3398
del B.C.R.A., modificatorias y la Comunicación "A" 3494 y 3562 en cuanto exigen la conformidad previa del acreedor para que los deudores clasificados en situación 1, 2, o 3
por el Banco Central de la República Argentina, accedan al modo de cancelación de sus deudas con el sistema financiero y bancario previsto en el decreto mencionado en primer término.3 Autorizar al demandante a cancelar su deuda en el Banco demandado, interpretado a la fecha de interposición de la acción de amparo 1605-2002 a través de la dación en pago de Títulos Públicos de la Deuda Pública Nacional a su valor técnico, previa acreditación de los requisitos exigidos por las normas en cuestión.4 Las costas se imponen en el orden causado, atento a la naturaleza y complejidad de la cuestión debatida art. 68 CPCN. Los honorarios de los de los Dres. Raúl Angel Pavone, Enrique Matías Paris y Eduardo Luis Rodríguez, se fijan en la suma de pesos Tres Mil $ 3.000, por todo concepto, en conjunto y proporción de ley ley 21.839 y ley 24.432.
Protocolícese y hágase saber.- Córdoba, 11 de mayo de 2005. Y Vistos Y Considerando
Resuelvo: 1 Hacer lugar a la aclaratoria en cuanto se omitió tener presente en la sentencia de fs. 350/351 vta.. El pago efectuando conforme la medida cautelar dispuesta debiendo considerarse a cuenta y dentro de la modalidad dispuesta en la mencionada resolución y a determinarse conforme la normativa vigente en la etapa de ejecución.- 2 No hacer lugar a la aclaratoria articulada en cuanto a la determinación del monto a efectuarse, debiendo concederse la apelación en subsidio por ante la Exma. Cámara en relación y con efecto suspensivo art. 498 inc. 6º del C.P.C.N.. De su fundamentación córrase traslado a la contraria por el término de cinco días hábiles
inc. 3º del art. citado. 3 No regular los
Córdoba, 28 de Diciembre de 2006
honorarios a los Dres. Carlos José Molina y Antonio Eugenio Márquez, por ser profesionales a sueldo de su mandante Ley 21.389 y Ley 24.432.
5 días - 28940 - 6/2/2007 - $ 162.
El Sr. Juez de la 1 Instancia y 43 Nominación Civil y Comercial de esta Ciudad, en los autos caratulados: " Chaves Atilio Roque c/ Ocampo Cecilia Blanca y Otro - Ordinario - Escrituración - Expte. Nº 1065087/36 - Cuerpo 1" cita y emplaza a los herederos del causante Abdón Victoriano Pereyra, L.E. Nº 2.649.441, para que en el término de veinte días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía.- Cba, 3 de Agosto de 2006. María Romero Secretaria.
5 días - 29216 - 6/2/2007 - $ 34,50.
El Juzgado de 1º Instancia y 47º Nom. Civil y Comercial de Cba. Sec. a cargo de la Dra. Sara del Valle Aragón de Pérez, en autos caratulados: " Perlisa S.R.L. c/ Di Luca Marcos Roberto y OtroExpte. Nº 824229/36 - Ordinario - Cobro de Pesos" cita a Claudio di Luca, heredero de Marcos Roberto Di Luca, Claudio Di Luca para que en el término de 20 días comparezcan a defenderse o a obrar en la forma que les convenga conforme lo dispuesto por el art. 97 del C.P.C y C. bajo apercibimiento de rebeldía. Fdo.: Sara Aragón de Pérez: Sec.
5 días - 29141 - 6/2/2007 - $ 34,50.
El Sr. Juez de Primera Instancia y 9
Nominación en lo Civil y Comercial de Córdoba, en los autos caratulados " Jurmussi, Luis Pablo - Ausencia por Desaparición Forzada" Nº Expte. 1032782/36 cita por edictos al Sr. Luis Pablo Jurmussi para que dentro del término de 60 días corridos comparezca ante este Tribunal, bajo apercibimiento. Publíquense edictos por el término de tres días sucesivos. En forma gratuita en el BOLETÍN OFICIAL, conforme lo prescripto por el art. 5 de la ley 24.321 Fdo.:
Guillermo Edmundo Falco: Juez; María Virginia Vargas: Secretaria.
5 días - 29209 - 6/2/2007 - s/c.
ALTA GRACIA - El Sr. Juez Civ. Com., Conc. y Flia. de Alta Gracia, Sec. Nro. 2, en los autos caratulados: "Munic. de Sta. Rosa de Calamuchita c/María Esther Sarmiento de Zacarini Expte. 131; c/Georgina Angela Bouat y Rolla y otros Expte. 58; c/Suárez Alvarez Baudilio Laureano Expte. 304; c/Fernández Alvarez Victorino Expte. 348; c/Costa Antonio Lorenzo Esteban Expte. 225; c/Brunstein Manuel Expte. 341; c/Genise Francisco Expte. 213; c/Rivero Carlos Felix Expte. 221;
c/Garcia Monti Carlos Alberto Expte. 173; c/
Santarelli Vicente Setimo Expte. 455; c/Theni Alberto Ricardo Expte. 315; c/Sacca Alberto Expte. 301; c/Andrade Felipe Armando Expte.
295; c/Veliz Alfredo Nicolás Isidoro Expte.
391; c/Vecchiola Aldo Expte. 318; Ventureira José Francisco Expte. 353; c/Pini Amelia Expte. 292; c/Sofía Teresa Soliño Expte. Nro.
302 y sus acumulados; c/Oscar José Tapparello y otro Expte. 125; c/Santarelli Vicente Setimo Expte. 449; c/Vicente Larosa Expte. 214; c/Celestino Cristóbal Tamargo Expte. 31; c/Juan Carlos La Bianca y otro Expte. 62; c/Gutiérrez Emeterio Expte. 294;
c/Abraham Kaplan Expte. 95; c/Levit de Zadunaisky Fanny Expte. 312; c/Sylvia Rosa Urrutia de Urrutia Expte. 163; c/Veliz Alfredo Nicolás Isidoro Expte. 390; c/Amrein Adrián Expte. 48; c/Augusto José Negraes Expte.
34; c/Panizza de Caporaletti Clelia Expte. 372;
c/Filiberto Angeloz Expte. 354; c/Riveiro Perez Alberto Segundo Expte. 350; c/Kañevsky

Acerca de esta edición

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TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date28/12/2006

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Edition count3641

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Dernière édition04/07/2024

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