Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXIV - Nº 122
CORDOBA, R.A. JUEVES 13 DE JUNIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

rial en los supuestos en que se autorice la subdivisión en el marco de la Resolución 194/2012, artículo 6 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos-hoy Ministerio de Bioagroindustria-, esto es parcelas destinadas a viviendas rurales, casas de fin de semana, explotación turística y/o destinos comerciales no agropecuarios.
Por todo ello, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto N 2206/2023, ratificado por Ley Provincial N 10.956, que establece la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo, vigente y con el visto bueno del Secretario de Desarrollo Sostenible de este Ministerio quien suscribe la presente en tal carácter, LA MINISTRA DE AMBIENTE Y ECONOMIA CIRCULAR
RESUELVE:
Artículo 1: ESTABLÉZCASE que, tanto las mensuras simples, como las subdivisiones, conforme las definiciones y subtipos establecidos en los considerandos, a realizarse sobre parcelas rurales o urbanas dentro de radios municipales, que tengan por objeto el simple fraccionamiento, y que no posean asociados proyectos que estén comprendidos en el Anexo I y/o II de la Ley N 10.208 modificada por Ley provincial N 10.830, no ameritan
presentación de Estudio de Impacto Ambiental ni Aviso de Proyecto ante el Ministerio de Ambiente y Economía Circular.
Artículo 2: ESTABLÉZCASE que la intervención del Ministerio de Ambiente y Economía Circular es obligatoria, en todos los casos de subdivisiones de inmuebles fuera de todo radio urbano en los que el Ministerio de Bioagroindustria se declare incompetente en virtud de lo dispuesto en el artículo 1, inciso c de la Ley N 5485.
Artículo 3: ESTABLEZCASE que la intervención del Ministerio de Ambiente y Economía Circular es obligatoria cuando se autorice la subdivisión en el marco de la Resolución N 194/2012, artículo 6 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos hoy Ministerio de Bioagroindustria, en tanto el proyecto o actividad a desarrollar esté previsto en los Anexos I y II
de la Ley N10.208.

Artículo 4: PROTOCOLIZASE, notificase y archivase.

FDO: MARIA VICTORIA FLORES, MINISTRA DE AMBIENTE Y ECONOMÍA CIRCULAR - JUAN CARLOS SCOTTO, SECRETARIO DE DESARROLLO SOSTENIBLE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 453 - Letra:D
Córdoba, 05 de junio de 2024
VISTO: El Expediente Nº0723-169241/23 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con la terna elevada para la imposición de nombre a la Escuela de Nivel Inicial, SIN NOMBRE ANEXO ERNESTO BANCALARI de Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial.
Que de la misma surge el nombre de FLORENCIO MOLINA CAMPOS, como justo homenaje al pintor y dibujante argentino que exalto nuestras tradiciones a través de la representación humorística y caricaturesca de las costumbres y paisajes rurales de nuestro país, sus obras se han convertido en un legado duradero en el mundo del arte argentino. Es una versión única e imperecedera de lo que representa nuestra identidad.

Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº7694/E/68.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 2024/00000594 y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N 2449/2023;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- IMPONER el nombre de FLORENCIO MOLINA CAMPOS a la Escuela de Nivel Inicial, SIN NOMBRE ANEXO ERNESTO BANCALARI
de Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: HORACIO A. FERREYRA. MINISTRO DE EDUCACIÓN.

MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N 314
Córdoba, 30 de mayo de 2024
VISTO: el Expediente Digital Nº 0002-040305/2024.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Jefatura de la Policía de la ProBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

vincia propicia el pase a situación de Retiro Voluntario de diverso personal policial, a partir del 30 de junio de 2024.

Que lucen incorporadas solicitudes de pase a Retiro Voluntario, copias certificadas de los documentos de identidad de los presentantes e informes y constancias de servicios de los nombrados.
Que ha tomado debida intervención el Tribunal de Conducta Policial y
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2024 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date14/06/2024

Page count4

Edition count4176

Première édition01/02/2006

Dernière édition11/07/2024

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