Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXIII - Nº 109
CORDOBA, R.A. LUNES 27 DE MAYO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 2610
Córdoba, 29 de diciembre de 2023
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir del 10 de diciembre de 2023, a la señora María Fernanda GRIMALDI, D.N.I. N 20.310.364, como Directora General de la Delegación del Gobierno de la Provincia de Córdoba en San Francisco, dependiente del Ministerio de Economía y Gestión Pública.

Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Economía y Gestión Pública a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto, en caso de corresponder.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Economía y Gestión Pública y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MARTÍN MIGUEL LLARYORA, GOBERNADOR - GUILLERMO ACOSTA, MINISTRO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 2611
rio de la Terminal de Ómnibus Córdoba Sociedad del Estado.
Córdoba, 29 de diciembre de 2023
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Economía y Gestión Pública y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MARTÍN MIGUEL LLARYORA, GOBERNADOR - GUILLERMO ACOSTA, MI-

Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir del día 10 de diciembre de 2023, al señor Federico SALVI, D.N.I. N 29.203.933, como Presidente del Directo-

NISTRO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 178
Córdoba, 23 de mayo de 2024
VISTO: El Expediente Digital N 0385-004645/2024 por el cual se solicita llamado a audición para generar un orden de mérito a fin de cubrir necesidades transitorias o eventuales en la Orquesta Sinfónica de la Provincia, dependiente de esta Sociedad del Estado.
Y CONSIDERANDO:
Que el trámite comienza con una nota iniciada por el Mtro. JongWhi Vakh, Director Artístico de la Orquesta Sinfónica de la Provincia, en la que se dirige al Director del Teatro del Libertador General San Martín, ámbito dependiente de esta Agencia Córdoba Cultura S.E. en los términos se autorice el llamado a audición para establecer orden de mérito en virtud de la cobertura de contratos eventuales, interinatos y suplencias para la Orquesta Sinfónica de la Provincia de Córdoba. Allí indica las condiciones de la audición, a realizarse el día 10 de junio del corriente en el Teatro del Libertador General San Martin, y como estará compuesto el jurado. Asimismo, detalla los horarios y requisitos, así como los documentos que deben presentar los postulantes que audicionen para los instrumentos Trombón tenor y Trombón bajo. La nota es igualmente suscripta por el Inspector del BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

elenco, Prof. Mateo Massanet.

Que toma conocimiento de lo solicitado el Director del Teatro del Libertador General San Martin, instando la prosecución del trámite.
Que en el orden N 04 se incorporan las bases y condiciones que regirán la convocatoria.
Que así, en el orden N 07 interviene el Sr. Presidente del organismo autorizando la realización de las audiciones.
Que las bases de la presente convocatoria establecen de forma clara y precisa quienes se pueden presentar, de qué manera deben hacerlo, los criterios para el ingreso a las audiciones y los criterios de evaluación que considerará el Jurado, que obras y extractos orquestales deberán rendir los participantes, la conformación del Jurado, así como el correo electrónico a través del cual se receptarán las inscripciones y consultas.
Que esto se corresponde con lo que establece el art. 10 Ley 8835, el que dispone que las funciones, prestaciones, y servicios del Estado Provincial están sujetas a los principios de información y transparencia, lo que implica que deberá suministrarse toda la información disponible en lenguaje simple, preciso y de fácil acceso sobre la gestión y servicios existentes, criterios de admisión, trámites que deben realizarse, estándares de calidad, desempeño, plazos, costos y funcionario responsable.
Que la audición correspondiente a la presente convocatoria se realiza en el marco de lo previsto por el Decreto N 402/2022, de fecha 28 de abril
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2024 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date28/05/2024

Page count9

Edition count4188

Première édition01/02/2006

Dernière édition29/07/2024

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