Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

jerarquía también definida de manera consensuada. A partir de los objetivos que se definen en esas instancias participativas se determinan los requerimientos específicos para el cumplimiento de los mismos. La etapa final consiste en la combinación de los mapas de requerimientos de cada objetivo para detectar los conflictos derivados de la superposición en espacio y tiempo de actividades no compatibles. Este conflicto se propone se resuelvan según la jerarquía de los objetivos: las actividades de mayor jerarquía prevalecen sobre las otras, que deben ajustarse a sus requerimientos máximos, aceptables y mínimos. Para el caso específico de la Reserva Hídrica Natural Pampa de Achala, dicho plan ha sido realizado en todo conforme a los procedimientos técnicos-académicos específicos descriptos, han sido validados por el CFI y desde la Secretaría se verificó la pertinencia y ajuste a los TdR de la convocatoria, así como la adecuación de los mismos a los requerimientos operativos y funcionales del área protegida en cuestión. Por lo dicho, se le sugiere al Sr. Secretario de Ambiente Dr. Juan Carlos Scotto apruebe por resolución dicho plan como el documento rector de la Reserva Hídrica Natural Pampa de Achala Que obra el PROYECTO PARA EL PLAN DE MANEJO DE LA RESERVA HÍDRICA PROVINCIAL DE ACHALA Y ÁREAS DE RESERVAS
PROVINCIALES RELACIONADAS elaborado por la Facultad de Ciencias Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba cuya aprobación se propicia y al que remito en honor a la brevedad.
Que obran Anexos correspondientes al Plan supra referido.
Que se pronuncia mediante Dictamen Legal la Dirección General de Asuntos Legales de esta Secretaría, mediante el cual se concluye En consecuencia, podrá el señor Secretario de Ambiente, si así lo estimare, dictar el acto administrativo que apruebe el PLAN DE MANEJO DE LA
RESERVA HÍDRICA PROVINCIAL DE ACHALA Y ÁREAS DE RESERVAS
PROVINCIALES RELACIONADAS elaborado por la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba como Plan de Manejo rector de la misma no correspondiendo a esta Dirección General emitir valoraciones referidas a cuestiones técnicas, económicas, de mérito, oportunidad y conveniencia, en razón de resultar ajeno a su competencia..
Que, conforme lo previsto por el artículo 22 del Decreto N1615/2019, ratificado por Ley N10.726, la Secretaría de Ambiente es el órgano encargado del desarrollo del Sistema Provincial de áreas Protegidas, con miras a conservar, en el contexto del ordenamiento territorial, muestras representativas y significativas de los ecosistemas del territorio provincial y de los principales núcleos poblacionales de flora y fauna.
Que, conforma dicho Sistema Provincial entre otras, la Reserva Hídrica Natural Pampa de Achala, creada mediante el Decreto Provincial Nº 361/99, en el marco de la Ley Provincial N 7.343/85 y de la Ley Provincial N 6.964/83.

Que, la citada Ley Provincial de Áreas Naturales de la provincia de Córdoba N 6964, en su artículo 13 establece El planeamiento específico del funcionamiento de un área natural, se concretará en un plan director o plan de administración, propio de cada una de ellas. Dicho plan aspirará al establecimiento de políticas, las que fijarán la clase y grado de desarrollo y la gestión del área, la organización de su territorio en base al sistema de zonificación, las actividades de la administración oficial y los usuarios particulares, las permisiones y prohibiciones
Que, ahora bien, un Plan de Manejo es un documento técnico y normativo que establece las directrices generales de conservación, ordenación y usos del espacio natural, para constituirse en el instrumento rector del ordenamiento territorial, gestión y desarrollo integral de los recursos de las áreas protegidas. Asimismo, constituye un instrumento dinámico que debe
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CX - TOMO DCCV - Nº 169
CORDOBA, R.A. MARTES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ser revisado con una periodicidad acorde a las necesidades del medio.
Que, los mismos deben contener las medidas de manejo, prevención, mitigación, control, protección, vigilancia, y describen la forma, momento y lugar donde deben ser aplicadas, para controlar los impactos identificados, como asimismo incluir conocimiento científico del área, el diagnóstico biofísico, identificación de los principales problemas que deben ser abordados para lograr un desarrollo sostenible, los objetivos de planificación y manejo de los recursos del área, la zonificación y una serie de instrumentos de manejo que deben ser implementados a través de planes operativos específicos.

Que, en tal sentido cabe destacar que la importancia de la planificación de las áreas protegidas ha sido reconocida como proceso fundamental en el ciclo de gestión de las mismas.

Que, en efecto, la falta de planificación lleva a visiones parciales de los problemas que las afectan y a un abordaje desarticulado de las necesidades para cumplir los objetivos para las que fueron creadas amén que dificulta el trabajo de las personas responsables de las áreas, no se hace un uso eficiente del presupuesto, ni se establece un esquema de seguimiento de la evolución de su patrimonio natural y cultural.

Que, en consonancia tanto en el plano nacional como internacional, se plantea como necesidad la puesta en valor de procesos de planificación, como herramienta estratégica para promover los objetivos de conservación de las áreas protegidas y su entorno.
Que, así las cosas, a los fines de contar con un plan de manejo apropiado para LA Reserva Hídrica Natural Pampa de Achala con el apoyo del Consejo Federal de Inversiones CFI, se convocó a la Facultad de Ciencias Exactas Físicas y Naturales de la Universidad de Córdoba a los fines de su elaboración.
Que, ahora bien, conforme surge del informe de la Directora de Jurisdicción de Gestión de Recursos Naturales que integra las presentes actuaciones, el Plan en cuestión ha sido realizado en todo conforme a los procedimientos técnicos-académicos específicos, ha sido validado por el CFI y desde la Secretaría se verificó la pertinencia y ajuste a los TdR de la convocatoria, así como la adecuación de los mismos a los requerimientos operativos y funcionales del área protegida en cuestión.
Por todo ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales, la estructura orgánica vigente, Ley 9814 y el Decreto Reglamentario 170/2011, las competencias delegadas mediante el artículo 22 del Decreto N 1615/2019, ratificado por Ley Provincial Nº 10.726.
EL SECRETARIO DE AMBIENTE
RESUELVE:
Artículo 1: APROBAR el PLAN DE MANEJO DE LA RESERVA HÍDRICA PROVINCIAL DE ACHALA Y ÁREAS DE RESERVAS PROVINCIALES RELACIONADAS elaborado por la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba como Plan de Manejo rector de la misma, que, como Anexo I, con sus dieciocho 18 anexos, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN CARLOS SCOTTO - SECRETARIO DE AMBIENTE
ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date05/09/2023

Page count47

Edition count4191

Première édition01/02/2006

Dernière édition01/08/2024

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