Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCIII - Nº 124
CORDOBA, R.A. VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Anexo VIII de la presente, pertenecientes al Grupo B, a implementarse sobre las tarifas determinadas según las previsiones de la Resolución General ERSeP Nº 41/2023; los cuales contemplan los ajustes derivados del incremento de costos verificado para el primer trimestre del año 2023.
ARTÍCULO 3º: APRUÉBANSE los incrementos detallados en el Anexo III
de la presente, aplicables a los servicios prestados a partir del 01 de julio de 2023, sobre los Cargos Fijos, Tasas, Cargos por Energía y Cargos por Potencia incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias listadas en el Anexo IX de la presente, pertenecientes al Grupo C, a implementarse sobre las tarifas determinadas según las previsiones de la Resolución General ERSeP Nº 41/2023; los cuales contemplan los ajustes derivados del incremento de costos verificado para el primer trimestre del año 2023.
ARTÍCULO 4º: APRUÉBANSE los incrementos detallados en el Anexo IV de la presente, aplicables a los servicios prestados a partir del 01 de julio de 2023, sobre los Cargos Fijos, Tasas y Cargos por Energía incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias listadas en el Anexo X de la presente, pertenecientes al Grupo D, a implementarse sobre las tarifas determinadas según las previsiones de la Resolución General ERSeP Nº 41/2023; los cuales contemplan los ajustes derivados del incremento de costos verificado para el primer trimestre del año 2023.
ARTÍCULO 5º: APRUÉBANSE los incrementos detallados en el Anexo V
de la presente, aplicables a los servicios prestados a partir del 01 de julio de 2023, sobre los Cargos Fijos, Tasas, Cargos por Energía y Cargos por Potencia incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias listadas en el Anexo XI de la presente, pertenecientes al Grupo E, a implementarse sobre las tarifas determinadas según las previsiones de la Resolución General ERSeP Nº 41/2023; los cuales contemplan los ajustes derivados del incremento de costos verificado para el primer trimestre del año 2023.
ARTÍCULO 6º: APRUÉBANSE los incrementos detallados en el Anexo VI de la presente, aplicables a los servicios prestados a partir del 01 de julio de 2023, sobre los Cargos Fijos, Tasas y Cargos por Energía incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias listadas en el Anexo XII de la presente, pertenecientes al Grupo F, a implementarse sobre las tarifas determinadas según las previsiones de la Resolución General ERSeP Nº 41/2023; los cuales contemplan los ajustes derivados del incremento de costos verificado para el primer trimestre del año 2023.

dientes, la debida solicitud e información requerida deberá ser formalmente presentada y/o acreditada por cada interesada ante el ERSeP, a partir del dictado de la presente, para su evaluación y consideración, si resultara pertinente, al momento de implementar el primer proceso de recomposición tarifaria inmediato posterior al respectivo cumplimiento de requisitos.
ARTÍCULO 8º: DISPÓNESE que, sin perjuicio del presente procedimiento, los valores de la Tarifa Industrial Provincial Homogénea aplicables por las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba a partir de la fecha definida en los artículos 1º al 6º precedentes, se mantienen idénticos a los aprobados por la Resolución General ERSeP Nº 41/2023.
ARTÍCULO 9º: DISPÓNESE que, sin perjuicio del presente procedimiento, las Tarifas para Generación Distribuida aplicables por las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba a partir de la fecha definida en los artículos 1º al 6º precedentes, se mantienen idénticas a las aprobadas por la Resolución General ERSeP Nº 41/2023.
ARTÍCULO 10º: ESTABLÉCESE que, para las Distribuidoras alcanzadas por la presente, en los casos que correspondan, los cargos de la TARIFA Nº 9 SERVICIO DE PEAJE de la Estructura Tarifaria Única aprobada por Resolución General ERSeP Nº 17/2008 o sus equivalentes en el caso de Cooperativas Concesionarias que no hubieran llevado a cabo la adecuación de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha norma, deberán calcularse acorde a la metodología descripta en los considerandos de la Resolución General ERSeP Nº 14/2011, tomando como referencia las tarifas de venta que surjan de la aplicación de los artículos precedentes y las tarifas de compra respectivas.
ARTÍCULO 11º: DISPÓNESE que el cobro de Mayores Costos Operativos y/o su incorporación a tarifas en virtud de las previsiones del artículo 21.6 del Contrato de Concesión, debe ajustarse al procedimiento establecido en la Resolución General ERSeP Nº 57/2017, cabiendo ante cualquier contravención, la aplicación de las penas allí previstas.
ARTICULO 12º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICE-

ARTÍCULO 7º: ESTABLÉCESE que, para las Cooperativas Concesionarias no alcanzadas por los ajustes enumerados precedentemente, en el marco del presente procedimiento y la Audiencia Pública celebrada con fecha 05
de mayo de 2023, con el objeto de poder aplicar los incrementos correspon-

SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECNOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N 45
Córdoba 5 de julio de 2023
VISTO: la solicitud de inscripción en el Registro de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba RECOR, efectuada por la firma AI TECH S.A.SBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXO

CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, se creó el Registro de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba RECOR, en el que deben inscribirse quienes, cumpliendo los requisitos, estén inscriptos previamente en el Registro Nacional y se encuentren gozando de los beneficios estipulados en la Ley Nacional Nº 27.506 y deseen acceder a los beneficios creados por la precitada Ley.
Que por medio del Decreto Nº 193/2021, se aprobó la Reglamentación
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date08/07/2023

Page count33

Edition count4191

Première édition01/02/2006

Dernière édition01/08/2024

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