Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/06/2023 - 1º Sección
Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.
Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
4
1
a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 118
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
bajo el N 635/2023 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el Artículo 144 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Artículo 3º.- AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que verifique el otorgamiento de la fianza correspondiente y proceda a su aceptación.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 4º.- DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dispuesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno atento las condiciones establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 1º.- DESÍGNASE al Abogado Tufih SAHADE, D.N.I. N 26.412.922, Matrícula N 1-31947, como Procurador Fiscal de la Dirección General de Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias administradas por dicha Dirección General, en las distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que el Procurador Fiscal designado en el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza pertinente.
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 432
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
Córdoba, 22 de junio de 2023
VISTO: Los Trámites Nros. DEIP01-243055050-720, DGES01- 628866050221, DEIP01-535729050-220, DEMS01-541124050-020, DEIP01532450050- 117, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, en toda su situación de revista, las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que a continuación se detallan, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
Resolución N 433
Córdoba, 22 de junio de 2023
VISTO: Los Trámites Nros. DEMS01-016991050-921, DEMS01-184715050820, DEMS01-693380050-021, DGES01-209028050- 920, GRH02077026050-219, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
3