Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2020 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 151
CORDOBA, R.A. JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la Escribana Margarita Laurentina RÍOS
de ULLOQUE, D.N.I. 6.212.114, como Vocal Titular del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2.- DESÍGNASE al Escribano Fernando Manuel LANFRANCHI, D.N.I. 13.963.290, como Primer Vocal Suplente del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba -.
Artículo 3.- DESÍGNASE al Escribano Gustavo José ZAMORA, D.N.I.
20.622.527, como Segundo Vocal Suplente del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba -.
Artículo 4.- DESÍGNASE al Escribano Mario Esteban MOYANO
CENTENO, D.N.I. 7.986.583, como Tercer Vocal Suplente del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Artículo 5.- DESÍGNASE al Escribano Miguel SÁNCHEZ MALUF, D.N.I. 27.656.135, como Cuarto Vocal Suplente del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Artículo 6.- PROTOCOLICESE, comuníquese, dése al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - Facundo Torres Lima, Ministro de Gobierno - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N 462
Córdoba, 22 de junio de 2020.VISTO: el Expediente Letra B N 1/2020 del Registro del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Escribana Nilda Jesús BETTERLE de EULMESEKIAN, Titular del Registro Notarial N 3, con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital de esta Provincia, propone la designación del Notario Santiago José ROJAS MORESI, Matrícula Profesional N 2742, en calidad de Adscripto al mencionado Registro.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que la Escribana Nilda Jesús BETTERLE de EULMESEKIAN, fue designada titular del Registro Notarial N 3, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Departamento Capital, mediante Decreto N 2818/2001 del Poder Ejecutivo de la Provincia, prestando Juramento de Ley el día 21 de febrero de 2001, y continuando con el ejercicio de sus funciones notariales en forma ininterrumpida hasta el día de la fecha.
Que por su parte, la Secretaría de dicho Tribunal certifica que el señor Santiago José ROJAS MORESI no es titular ni adscripto de ningún Registro Notarial y no registra antecedentes desfavorables en el Tribunal de Disciplina Notarial.
Que tanto la Comisión de Matrículas y Registros del Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, como el Tribunal de Disciplina Notarial
se expiden favorablemente respecto a la petición de autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los artículos 17 y 25
de la Ley Nº 4183 T.O. por Decreto N 2252/1975, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N 036/2020 por Fiscalía de Estado con el N 268/2020 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- DESÍGNASE al Escribano Santiago José ROJAS MORESI, D.N.I. N 34.988.587 - Clase 1990-, Matrícula Profesional N 2742, como Adscripto al Registro Notarial N 3 con asiento en la Ciudad de Córdoba, Departamento Capital de esta Provincia.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - Facundo Torres Lima, Ministro de Gobierno - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERÍA
DIRECCIÓN GENERAL DEFENSA DEL
CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL
Resolución N 18
Córdoba, 26 de julio 2020
VISTO: El artículo 42 de nuestra Constitución Nacional, la ley 24.240, respecto de la cual esta Dirección General de Defensa del Consumidor constituye Autoridad de Aplicación, la ley provincial 10.247 que regula el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
procedimiento ante este organismo y complementa las facultades que las normas citadas le atribuyen y la situación mundial que se está viviendo a raíz de la pandemia generada por la enfermedad denominada Covid-19 y sus consecuencias e impactos en la labor de todas las esferas gubernamentales.CONSIDERANDO:
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