Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXII - Nº 29
CORDOBA, R.A. VIERNES 07 DE FEBRERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Accesos a la Ciudad de Córdoba, y los señores Lucía Ramona González, D.N.I. N 3.205.347, Rosa Elisa Sosa, D.N.I N 6.130.962, Ramón Bernardino Sosa, D.N.I. N 10.968.302, Ilda Graciela Sosa, D.N.I. N 11.899.750, Dora Margarita Godoy, D.N.I. N 13.894.436, Víctor Hugo Quevedo, D.N.I.
N 10.811.867, Silvia Andrea Quevedo, D.N.I. N 27.064.831, Héctor Ramón Quevedo, D.N.I. N 29.463.453, Juana Patricia Martínez, D.N.I. N
20.566.960, Héctor Sebastián Godoy, D.N.I. N 31.413.812, y Mirta Elsa Godoy, D.N.I. N 31.413.986, todos herederos universales de los señores Pascual González y Catalina Josefa Gallo, ex titulares del terreno en cuestión, conforme a los Autos Interlocutorios y resoluciones supra citadas, en carácter de cotitulares del mencionado bien, por la suma total, única y definitiva de Pesos Trescientos Setenta y Ocho Mil Quinientos Cuarenta y Ocho con Noventa y Un Centavos $ 378.548,91, para ser destinado a la
ejecución de la obra DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N
36 - TRAMO: ALMAFUERTE - ELENA .
Artículo 2- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa Caminos de las Sierras S.A., publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

Decreto N 18
Córdoba, 09 de enero de 2020
VISTO: el Expediente N 0521-059908/2019 del registro del Ente Regulador de Servicios Públicos E.R.Se.P..
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del E.R.Se.P. propicia la aprobación del Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en el lugar denominado Paraje El Tala, Pedanía Los Cóndores, Departamento Calamuchita de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en Matricula N
1.595.043, con una superficie a afectar de 1 ha., 996 m2, suscripto en el mes de diciembre de 2017, entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y las señoras Nélida Isabel BRUNATTO, Aurelia María BRUNATTO, Ermelinda Apolonia BRUNATTO, Norma Graciela BRUNATTO y el señor Juan Carlos Florencio BRUNATTO, todos en carácter de únicos y universales herederos de los señores José BRUNATTO y Dominga AGUILES o ACHILLI, ex titulares del terreno en cuestión, conforme Auto Interlocutorio N 69 de fecha 26 de marzo de 2008, en autos caratulados BRUNATTO JOSÉ Y OTRA - DECLARATORIA DE HEREDEROS, dictado por el Juzgado de 1 Instancia y 1 Nominación en lo Civil, Comercial, de Conciliación y de Familia, Secretaría N 2, de la ciudad de Rio Tercero, en carácter de cotitulares del mencionado bien, para ser destinado a la ejecución de la obra DUPLICACIÓN DE CALZADA
RUTA NACIONAL N 36 - TRAMO: ALMAFUERTE - ELENA.
Que el referenciado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica conforme lo dispuesto por la Ley N 10.175, que declara en dicha condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecución de la Red de Acceso a Córdoba RAC correspondientes a la Ruta Nacional N 36, e individualizado por Resolución N 121/2014 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014; ello con destino a la obra pública citada anteriormente, siendo la superficie a afectar de 1 ha., 996
m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo, visado por la Dirección General de Catastro con fecha 22 de marzo de 2017, en el Expediente N 0033-097851/2015.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que luce incorporado el Convenio de que se trata, así como su antecesor suscripto, entre las mismas partes, en el mes de septiembre de 2014, por el cual los propietarios y cesionarios vendieron y transfirieron la fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada conforme Plano de Afectación CS-PXRN36255ROA para la ejecución de la obra de que se trata, encerrando una porción afectada sujeta a determinación mediante el correspondiente plano de mensura; asimismo, hace entrega de la posesión, abonando la empresa parte del precio a cuenta del que, en definitiva, fijase el Consejo de Tasaciones; en tanto, se acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores de los Convenios en cuestión.

Que en el Convenio Definitivo de que se trata se consigna que las partes fijan de común acuerdo el precio de la fracción expropiada del inmueble en la suma de Pesos Ochenta y Siete Mil Novecientos Sesenta y Ocho $87.968,00, importe que coincide con lo establecido mediante Resolución N 9027/2017 del Consejo General de Tasaciones, más un 10% conforme lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N 6394, lo que hace un total de Pesos Noventa y Seis Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con Ochenta Centavos $ 96.764,80.
Que asimismo, se consigna que habiendo abonado al momento de la toma de posesión parte del precio, se obla a los propietarios el saldo restante mediante cheques, los cuales son imputados al pago total, único y definitivo.
Que la transferencia del dominio del inmueble a favor del Estado Provincial será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N
6394.
Que procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y 21 de la Ley N 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N 1598/1997, así como en el artículo 7, inciso d, del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Coordinación Legal de la Obra Pública del Ministerio de Obras Públicas con el N 437/2019, por Fiscalía de Estado bajo el N 12/2020 y en uso de atribuciones constitucionales;

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2020 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date07/02/2020

Page count17

Edition count4189

Première édition01/02/2006

Dernière édition30/07/2024

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