Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/11/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVII - Nº 216
CORDOBA, R.A. JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

3.12.01.00 Limpieza y Desinfecciones del P.V., según Orden de Compra Nº 2018/000116 y $ 4.298,85.- según el siguiente detalle: por el período 12
al 31 de octubre de 2017, $ 760,80.-; por el período noviembre-diciembre de 2017, $ 2.358,70.- y por el mes de enero de 2018, $ 1.179,35.- al Programa 152-001, Partida: 3.12.01.00 Limpieza y Desinfecciones del P.V., según Orden de Compra Nº 2018/000117.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: MICAELA VANESA SPERANZA, DIRECTORA GRAL. DE COORDINACIÓN
OPERATIVA

ANEXO

lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Legales a fs.132, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 16/16;

Resolución N 1333

EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE

Córdoba, 6 de noviembre de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0110-116472/2009 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con la baja por fallecimiento de personal dependiente de esta Cartera Educativa.
Que se ha dado cumplimiento con las disposiciones legales pertinentes.
Por ello, el Dictamen N 2275/2017 del Área Jurídica de este Ministerio,
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución N 239
Córdoba, 7 de noviembre de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0436-002494/2018, registro de este Ministerio de Agricultura y Ganadería;

Art. 1.- DISPONER la baja por fallecimiento, a partir del 19
de marzo de 2016, de la señora Lilian Mercedes PACHECO M.I. N
13.247.182, en el cargo de Preceptor 13-520, dependiente de este Ministerio.
Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. : WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN

Que toma debida intervención el Sr. Secretario de Agricultura instando el dictado de la Resolución complementaria al Decreto con el fin de poder emitir las constancias correspondientes.
Por ello, las facultades conferidas por el artículo 11º del Decreto Nº 840/2018, lo informado por el área de Emergencia Agropecuaria y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura y Ganadería bajo Nº 255/2018;
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE

Y CONSIDERANDO:
Que obra Decreto Nº 840/2018, por el que se declara en estado Emergencia y/o Desastre Agropecuario a partir del 1 de Junio de 2018 y hasta el 31 de Octubre de 2018 a los productores agrícolas, y desde el 1 de Junio de 2018 y hasta el 31 de Diciembre de 2018 a ganaderos, tamberos, apícolas y frutihortícolas, que se vieran afectados por el fenómeno de sequía durante el ciclo productivo 2017/2018 que desarrollan su actividad en las zonas afectadas por dicho fenómeno, las que han sido delimitadas utilizando el criterio de polígonos georeferenciados.
Que el artículo 11 del instrumento legal referenciado precedente-

Artículo 1º APROBAR los listados de productores agrícolas, ganaderos y tamberos afectados por el fenómeno de sequía, declarados en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario mediante Decreto N
840/2018, los que forman parte integrante de la presente Resolución, como Anexo I con cuatro 4 fojas útiles y Anexo II con catorce 14
fojas útiles.
Artículo 2 EL señor Ministro de Agricultura y Ganadería, el señor Secretario de Agricultura y el Señor Director General de Agencias Zonales podrán emitir certificaciones conforme el modelo aprobado opor-

mente, faculta a esta Cartera de Estado a dictar las normas complementarias que se requieran a los fines de la aplicación del mencionado Decreto.

tunamente.

Que el Área de Emergencia Agropecuaria dependiente de la Secretaría de Agricultura adjunta para su aprobación el listado de productores agrícolas, ganaderos y tamberos afectados por dicho fenómeno.

FDO: SERGIO SEBASTIAN BUSSO - MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADE-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, comuníquese y archívese.
RÍA.

ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/11/2018 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date08/11/2018

Page count10

Edition count4166

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/06/2024

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