Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/04/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 69
CORDOBA, R.A. JUEVES 12 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

la ejecución de la mencionada obra, encontrándose la misma debidamente identificada según declaración genérica prevista por el artículo 2 de la Ley N 6394, y habiendo intervenido el Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP en el marco de las facultades otorgadas por los artículos 22 y 25, inciso p de la Ley N 8835 y conforme las previsiones de la Ley N 9857.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor máximo correspondiente en concepto de total indemnización por los bienes a expropiar.
Que sin perjuicio de lo expuesto, y a mérito del tiempo transcurrido desde el dictado de la Ley N 9857 y la medida que por autos se propicia, la Jurisdicción de origen podrá proseguir con las actuaciones en la medida de concertarse avenimiento con los titulares regístrales artículos 8, 15, 20y concordantes de la Ley citada: caso contrario, será de aplicación lo previsto por el artículo 57 ibídem, debiendo proceder en consecuencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Unidad de Asesoramiento Legal y Técnico de la Gerencia Vial y Edilicia del Ente Regular de los Servicios Públicos ERSeP con el N 13/2017, por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento con el N 03/2018, por Fiscalía de Estado bajo el N
161/2018, y en uso de sus atribuciones conferidas por artículo 144, incisos 1 y 2 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA

Decreto N 398

Artículo 1.- INDIVIDUALÍZASE los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación por Ley N 9857, necesarios para la ejecución de la obra: DUPLICACIÓN Y REHABILITACIÓN DE CALZADA VARIANTE JUÁREZ CELMAN AJC - TRAMO: AV. DE CIRCUNVALACIÓN
- DISTRIBUIDOR EMPALME RUTA NACIONAL N 9 NORTE KM 724, de conformidad con el Plano de Afectación Parcelaria -Plano N CS-PX
AJC 011-ROA-, que incluye Planilla de Afectación, plano de mensura, titular registra1, nomenclatura catastral, número de cuenta ante la Dirección General de Rentas, asiento dominial, superficie afectada y total, con las observaciones correspondientes, el que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas útiles, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio del bien por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Articulo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección Provincial de Vialidad y a Caminos de las Sierras S.A. a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO
DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Anexo: http boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2018/04/29761.pdf
Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N 346/2015 del Ministerio de Desarrollo Social se dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los términos del artículo 14 punto II, apartado A
de la Ley N 9361, para cubrir cargos vacantes de Jefes de Sección y Jefes de División.
Que en el Anexo II de la citada Resolución se llamó a cubrir el cargo vacante de la Jefatura de Sección Gestoría dependiente de la Jefatura de Área Dictámenes del citado Ministerio, el que fuera debidamente publicado en la página web oficial del Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N
9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, la que, a su turno, aprobó mediante Resolución N 004/2015, modificada por su similar N 006/2015, las bases y condiciones generales del concurso de que se trata, con los alcances, requisitos, designación de los integrantes del Tribunal del Concurso y demás aspectos de la convocatoria efectuada.

citada Comisión.
Que se publicó en la página web oficial la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso y la fecha para la prueba de oposición, prevista para el día 26 de septiembre de 2015.
Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas las jurisdicciones, quienes certificaron el proceso de ensobrado y custodia de los cuestionarios y estuvieron presentes durante toda la jornada en que se realizaron las Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, luego de producida la prueba de oposición, continuó el proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de Mérito Provisorio el que fuera notificado a los participantes.
Que durante los días 26 al 28 de octubre de 2015 se receptaron las observaciones al orden de mérito provisorio.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efectuados por los concursantes, en los términos de las bases concúrsales y
Que en virtud del cronograma establecido, se recepcionaron las inscripciones de los postulantes desde el día 5 hasta el día 8 de septiembre de 2015.
Que entre los días 1O al 14 de septiembre de 2015 se fijó el plazo para las excusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos las que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, procediéndose a la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso por Resolución N 008/2015 de la
del artículo 78 de la Ley N 5350 T.O. Ley N 6658, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo, el que fue notificado.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Definitivo, habiendo superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo vacante de la Jefatura de Sección Gestoría dependiente actualmente de la Jefatura de Área Dictámenes de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales en el ámbito de la Dirección General de Asuntos Legales de la
Córdoba, 21 de Marzo de 2018.
VISTO: El Expediente N 0427-052775/2015 2 cuerpos del registro del Ministerio de Desarrollo Social
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/04/2018 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date12/04/2018

Page count18

Edition count4177

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

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