Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/03/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 61
CORDOBA, R.A., JUEVES 30 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

tes contables y las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 8º.- FACÚLTASE a los señores Ministros de Finanzas y de Inversión y Financiamiento para que en forma conjunta: 1 determinen la época y oportunidad para la emisión de los Títulos de Deuda, los términos y las condiciones de los mismos; 2 adopten todas las medidas, disposiciones y/o resoluciones complementarias, aclaratorias e interpretativas que sean requeridas a efectos de la emisión y colocación de éstos; y 3 negocien, modifiquen, aprueben y suscriban los documentos e instrumentos que fuesen necesarios para la emisión de los Títulos de Deuda y para la instrumentación de su respectiva garantía.

Decreto N 392
Córdoba, 20 de Marzo de 2017
VISTO: el Expediente LETRA M Nº 4/2017 del Registro del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la Escribana Liliana Beatriz MOTTO, Titular del Registro Notarial N 286, con asiento en la localidad de Alcira Gigena, Departamento Rio Cuarto, Provincia de Córdoba, propone como Adscripta a la Escribana Andrea SARJANOVICH, Matrícula Profesional N
2440.
Que de las constancias de autos surge que la Escribana propuesta ha sido matriculada y colegiada por el Colegio de Escribanos de la Provincia, bajo Matrícula Profesional N 2440.
Que obra petición de la Escribana Titular y la conformidad de la propuesta como Adscripta, adjuntándose sus datos personales y profesionales.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que por Decreto N 618
de fecha 17 de junio de 2015 se designó a la Escribana Liliana Beatriz MOTTO, Titular del Registro Notarial N 286 con asiento en la localidad de Alcira Gigena, Departamento Rio Cuarto, Provincia de Córdoba, prestando juramento de Ley el día 09 de febrero del 2017 y continuado con el ejercicio de sus funciones notariales hasta el día de la fecha.
Que la Escribana Andrea SARJANOVICH no es titular ni adscripta de ningún Registro Notarial, no se encuentra comprendida dentro del Régimen de incompatibilidades, no registra antecedentes desfavorables en el
Decreto N 355
Córdoba, 8 de marzo de 2017
VISTO: Que el señor Ministro de Finanzas, Lic. Osvaldo Eugenio Giordano debe ausentarse transitoriamente de la Provincia.

Artículo 9º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas, Ministro de Inversión y Financiamiento, Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 10º.- PROTOCOLICESE, comuníquese a la Legislatura de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO - SERGIO BUSSO, MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA - RICARDO SOSA, MINISTRO DE INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO
- FABIAN LÓPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS

Tribunal de Disciplina Notarial y por lo tanto no tiene impedimento para ejercer el notariado.
Que se pronuncia en forma favorable el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, haciendo lo propio el Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 17, 25, 26 y concordantes de la Ley Orgánica Notarial N 4183 y sus modificatorias, artículos 44, 50 y 51
del Decreto Reglamentario N 2259/75, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno con el N
111/2017, por Fiscalía de Estado bajo el N 0222/2017, y en usos de sus atribuciones constitucionales;
E L GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1.- DESÍGNASE a la Notaria Andrea SARJANOVICH, D.N.I.
28.829.713, Matrícula Profesional N 2440, como Adscripta del Registro Notarial N 286, con asiento en la localidad de Alcira Gigena, Departamento Rio Cuarto, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

Que como lo prevé la norma mencionada, se designa al Señor Ministro de Agricultura y Ganadería para que subrogue al Señor Ministro de Finanzas mientras dure su ausencia.
Por ello, lo dictaminado por el Fiscal de Estado en casos análogos, lo dispuesto por la norma legal citada y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 9º del Decreto Nº 1791/15 dispone que -en caso de ausencia transitorialos Ministros serán subrogados en la forma que determine el Poder Ejecutivo.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :

Artículo 1º DESÍGNASE al Señor Ministro de Agricultura y Ganadería
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/03/2017 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date30/03/2017

Page count12

Edition count4189

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