Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/11/2016 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
2016 - 2017 Año Brocheriano
MARTES 1º DE NOVIEMBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 215
CORDOBA, R.A.
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
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a SECCION
SUMARIO
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 330 A Pag. 1
Resolución N 331 A Pag. 1
Resolución N 332 A Pag. 2
Resolución N 334 A Pag. 2
Resolución N 335 A Pag. 3
Resolución N 336 A Pag. 3
Resolución N 337 A Pag. 4
Resolución N 338 A Pag. 4
Resolución N 341 A Pag. 4
Resolución N 343 A Pag. 5
Resolución N 344 A Pag. 5
Resolución N 348 A Pag. 6
Resolución N 349 A Pag. 6
Resolución N 350 A Pag. 6
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 330 - Letra:A
Córdoba, 20 de Octubre de 2016
VISTO: El Expediente N 0007-127701/2016, mediante el cual la entidad civil denominada CAMARA DE MONOTRIBUTISTAS, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b-, 169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada CAMARA DE
MONOTRIBUTISTAS, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada CAMARA DE MONOTRIBUTISTAS.
Resolución N 331 - Letra:A
Córdoba, 20 de Octubre de 2016
VISTO:
El Expediente N 0007-127618/2016, mediante el cual la entidad civil denominada FUNDAR FUNDACION PATAGONICA, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
continua en pagina 2
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efectos y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b-, 169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada FUNDAR
FUNDACION PATAGONICA, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
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