Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/04/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 68
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 6 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que de las constancias de autos surge que la medida propiciada por el Jefe de Policía de la Provincia, encuentra su fundamento jurídico en las previsiones del artículo 32 inc. f de la Ley 9235 y artículo 113 incisos a y g, K 3 K4 K5 de la Ley Nº 9728, en correlación con los artículos 81 inc.
a y c, 82 d y e y 84 de la Ley Nº 8024 Decreto N 40/09, que en cada caso se especifican.
Que la medida procurada debe ser definida como un sistema de inestabilidad permanente que encuentra su justificación jurídica en el reconocimiento de una necesidad objetiva de la Institución consistente en la renovación periódica de sus cuadros, para provocar el estimulo y evitar así su estancamiento.
Que la valoración previa de los antecedentes funcionales o la explicación concreta de las razones de servicio, no resultan indispensables, toda vez que la propia norma consagra la causal de retiro citada, lo cual se explica por sí, en razón de la naturaleza misma de la medida a la que sirven de causa, ya que en modo alguno constituye ello una sanción, sino la implementación formal del derecho constitucional en su aspecto previsional.
Que la situación del personal cuyo retiro se gestiona fue tratada en la respectiva Junta, habiendo tomado la participación de su competencia el Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario.
Que en relación al Oficial Principal José Luis Moreno, Suboficial Mayor Eduardo Víctor Martínez, Suboficiales Principal Marcos Hernán Díaz y Claudio Alejandro Palacios, Sargentos Ayudante Mario Esteban Ligorria y Luis Ángel Macia, Sargentos Primero Daniel Osvaldo Cámara, Luis Adrián De Giorgi y Jorge Javier Roquier, Sargentos Luis Norberto Juárez y Cayetano Humberto Palermo, Cabos Primero Viviana Edith Arguello, Daniel Alberto Belbruno, Ariel Germán Frea y Pablo Adolfo Toranzo y al Cabo David Alejandro Tolosa, corresponde otorgarlo en forma condicionada, dado que el retiro por este acto dispuesto podría ser modificado en la medida que les
Decreto N 285
Córdoba, 1 de abril de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0002-030624/2016 del registro de la Policía de la Provincia, dependiente del Ministerio de Gobierno.

Y CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones, el Jefe de Policía de la Provincia propicia el pase a situación de Retiro Obligatorio de Oficiales Superiores.
Que de las constancias de autos surge que la medida propiciada por el Jefe de Policía de la Provincia, encuentra su fundamento jurídico en las previsiones de los artículos 32 inciso f de la Ley N 9235 y 113 incisos a y g de la Ley Nº 9728, en correlación con los artículos 81 inciso c y 84 de la Ley Nº 8024
Decreto N 40/09 que en cada caso se especifican.

Que la medida procurada debe ser definida como un sistema de inestabilidad permanente que encuentra su justificación jurídica en el reconocimiento de una necesidad objetiva de la Institución consistente en la renovación periódica de sus cuadros, para provocar el estimulo y evitar así su estancamiento.
Que la valoración previa de los antecedentes funcionales o la explicación concreta de las razones de servicio no resultan indispensables, toda vez que la propia norma consagra la causal de retiro citada en razón de la naturaleza misma de la medida a la que sirve de causa, ya que en modo alguno constituye ello una sanción, sino la implementación formal del derecho constitucional en BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

resulte adversa la resolución de la causa judicial y/o administrativa en la que se encuentran involucrados.

Por ello, actuaciones cumplidas, normas citadas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N 045/2016 y por Fiscalía de Estado bajo el N 117/2016 y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 1º de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1º.- DISPÓNESE, a partir de la fecha del presente instrumento legal el pase a situación de Retiro Obligatorio, por las causales que en cada caso se indica, a los Oficiales Subalternos y Personal Subalterno de la Policía de la Provincia de Córdoba, que se nominan en el Anexo Único compuesto de seis 6 fojas útiles, que se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto, sin perjuicio de transformarse la medida aquí dispuesta en una sanción de tipo segregativa, en los casos que corresponda, de resultarles adversas la resolución de la causa judicial y/o administrativa en que cada caso se encontraren.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Fdo: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / DR. JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIERNO / JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO: http goo.gl/IS1m6R

su aspecto previsional.
Que la situación del personal cuyo retiro se gestiona fue tratada en la respectiva Junta, habiendo tomado la participación de su competencia el Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario.
Que en relación a los Comisarios Mayores José Daniel Murua y Gerardo Saúl Vázquez, y a los Comisarios Inspectores Gabriel Carlos Álvarez y Luis Adalberto Carabajal, corresponde otorgarlo en forma condicionada, dado que el retiro por este acto dispuesto podrá ser modificado en la medida que les resulte adversa la resolución de la causa judicial y/o administrativa en la que se encuentran involucrados.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas citadas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N 046/2016 y por Fiscalía de Estado bajo el N 118/2016 y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 1º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA

Artículo 1º.- DISPÓNESE, a partir de la fecha del presente instrumento legal, el pase a situación de Retiro Obligatorio, por las causales que en cada caso se indica, a los Oficiales Superiores de la Policía de la Provincia de Córdoba, que se nomina en el Anexo Único compuesto de dos 2 fojas útiles que se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto, sin perjuicio de transformarse la medida aquí dispuesta en una sanción de
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/04/2016 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date06/04/2016

Page count20

Edition count4191

Première édition01/02/2006

Dernière édition01/08/2024

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