Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2015 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 13 de marzo de 2015

Resolución N 293 A
Córdoba, 22 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-114135/2014, mediante el cual la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, remite las actuaciones de la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO VILLA ADELA, en cumplimiento de lo normado en el artículo 4 y concordantes de la Ley Provincial N 9420 y Decreto Reglamentario N 1769.Y CONSIDERANDO:
Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Municipal en un todo de acuerdo la normativa vigente en la materia .
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización para funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 segunda parte y concordantes del Código Civil; artículos 5, 9 y concordantes de la Ley Provincial N 9420, Decreto Reglamentario N 1769 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada CENTRO
VECINAL DE BARRIO VILLA ADELA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGIS
TRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 294 A
Córdoba, 22 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-112738/2014
mediante el cual la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL TRONCO POZO, con asiento en la Ciudad de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Ordinaria con fecha 29 de Mayo de 2014.Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 29 de Mayo de 2014 por la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL TRONCO
POZO, CUIT N 30-71429514-0, con asiento en la Ciudad de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modificando el art. 34, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-

BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 49
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, modificando el art. 34, sancionada en Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 29 de Mayo de 2014, de la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL
TRONCO POZO, CUIT N 30-71429514-0 con asiento en la Ciudad de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N 200 A del 23 de Mayo de 2013.Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní quese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 295 A
Córdoba, 22 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109753/2013
mediante el cual la Entidad Civil denominada ASOCIACION DE CIRUGÍA DE CORDOBA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Extraordinaria con fecha 11 de Diciembre de 2013.Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada con fecha 11 de Diciembre de 2013 por la Entidad Civil denominada ASOCIACION DE CIRUGÍA
DE CORDOBA, CUIT N30-69845660-0, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modificando el artículo N 6, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE
PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General Extraordinaria, celebrada con fecha 11 de Diciembre de 2013, modificando el artículo N
6 de la Entidad Civil denominada ASOCIACION DE CIRUGÍA DE CORDOBA, CUIT N 30-69845660-0, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N 244 A del 16 de Noviembre de 1998..Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní quese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Primera Sección
3

ral del Estatuto Social, sancionada en Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 20 de Diciembre de 2013, de la Entidad Civil denominada CIRCULO CORDOBES DE
PROPIETARIOS DE CABALLOS SANGRE
PURA DE CARRERA, CUIT N 30-709880574, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Decreto N
2195 del 12 de Julio de 1971.Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní quese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

Resolución N 296 A
Córdoba, 22 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109793/2013
mediante el cual la Entidad Civil denominada CIRCULO CORDOBES DE PROPIETARIOS
DE CABALLOS SANGRE PURA DE
CARRERA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma General del Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 20 de Diciembre de 2013.Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 20 de Diciembre de 2013 por la Entidad Civil denominada CIRCULO CORDOBES DE
PROPIETARIOS DE CABALLOS SANGRE
PURA DE CARRERA, CUIT N 30-709880574, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma General del Estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma Gene
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 301 A
Córdoba, 28 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-114096/
2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACION METALURGICA
FUNDA-MET, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION
METALURGICA FUNDA-MET, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2015 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date13/03/2015

Page count7

Edition count4195

Première édition01/02/2006

Dernière édition07/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031